Mediante Resolución 13/2019 la AGIP finalmente adopta el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, aprobado por la RG (CA) 7/2017 para su aplicación respecto de todas las categorías de Contribuyentes del ISIB.
Asimismo se aprueba la tabla de conversiones entre el NAES y el NAECBA.
RESOLUCIÓN N.° 13/AGIP/19
Buenos Aires, 28 de enero de 2019
VISTO:
LA RESOLUCIÓN GENERAL Nº 07/2017 EMANADA DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18 DE AGOSTO DE 1977 (BORA DEL DÍA 29 DE JUNIO DE 2017) Y SU MODIFICATORIA N° 12/2017 (BORA DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2017) Y LA RESOLUCIÓN Nº 4136/SHYF/2003 (BOCBA Nº 1853) Y SUS COMPLEMENTARIAS, Y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución General Nº 07/2017 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977 se ha aprobado el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, el cual ha entrado en vigencia a partir del día 01 de enero de 2018;
Que el artículo 1 de la citada Resolución establece que el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de Convenio Multilateral a los fines de comunicar las actividades que desarrollan y para la presentación de las respectivas declaraciones juradas;
Que asimismo, mediante los artículos 2 y 3 de la Resolución mencionada se fijaron las tablas de correspondencias entre el nuevo nomenclador adoptado y el “CUACM – Código Único de Actividades del Convenio Multilateral” aprobado por la Resolución General Nº 72/1999 de la Comisión Arbitral y el “Nomenclador de Actividades Económicas” establecido por la Resolución General Nº 3537/2013 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, respectivamente;
Que por la Resolución General N° 12/2017 de la citada Comisión Arbitral, se ha procedido a realizar ajustes en el nomenclador oportunamente aprobado, sustituyendo los Anexos I, II y III de la Resolución General N° 7/2017;
Que la Resolución Nº 4136/SHYF/2003 aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA) para su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del año 2004, dejando sin efecto al Nomenclador de Actividades para los Ingresos Brutos (NAPIB);
Que en el transcurso de los últimos años, la evolución en los ámbitos tecnológico, informático y de las telecomunicaciones ha generado la aparición de nuevas modalidades en diversas actividades, siendo necesario proceder a actualizar el Nomenclador de Actividades Económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA);
Que es objetivo de esta Administración Gubernamental promover la facilitación y simplificación administrativa respecto de los contribuyentes, favoreciendo la coordinación y comunicación entre los distintos sectores del Gobierno de la Ciudad y, entre otros, de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral;
Que en consecuencia, resulta oportuno adoptar el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” para su aplicación respecto de todas las categorías de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que complementariamente, deviene necesario aprobar la tabla de conversiones con el Nomenclador de Actividades Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 21) y 22) del artículo 3
del Código Fiscal vigente,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, aprobado por la Resolución General Nº 07/2017 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977 con las modificaciones introducidas por la Resolución General N° 12/2017, que se acompaña
como Anexo I y forma parte integrante de la presente a todos sus efectos, para su aplicación respecto de todas las categorías de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Artículo 2.- Apruébase la tabla de conversiones entre el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” aprobado por la Resolución General Nº 07/2017 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977 y el Nomenclador de Actividades Económicas para la Ciudad de
Buenos Aires (NAECBA) aprobado por la Resolución Nº 4136/SHYF/2003 y sus complementarias, la cual como Anexo II se acompaña y forma parte integrante de la presente a todos sus efectos.
Artículo 3.- La presente Resolución rige a partir del 01 de enero de 2019.
Artículo 4.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal, de Planificación y Control, de Estadística y Censos, todas ellas dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Pase a la Subdirección General
de Sistemas dependiente de la Dirección General de Planificación y Control de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Ballotta
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