Se establecen las fechas de vencimiento general que, para cada una de las normas que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo (IF-2017-00005729-AFIP- DVCOTA#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente:
- Resolución General N° 393 (DGI), Artículos 1° y 2°.
- Resolución General N° 3.638 (DGI), Artículo 5°.
- Resolución General N° 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, sus modificatorias y complementarias, Artículo 15.
- Resolución General N° 4.131 (DGI) y sus modificaciones, Artículo 11.
- Resolución General N° 715 y sus complementarias, Artículo 7°.
- Resolución General N° 975, sus modificatorias y complementarias, Artículo 7°.
- Resolución General N° 1.166, sus modificatorias y sus complementarias, Artículo 8°.
- Resolución General N° 1.307 y sus modificaciones, Artículo 3°.
- Resolución General N° 1.745 y su modificación, Artículo 10.
- Resolución General N° 1.772, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 8°.
- Resolución General N° 2.011, sus modificatorias y complementarias, Artículo 6°.
- Resolución General N° 2.045 y sus complementarias, Artículos 2° y 7°.
- Resolución General N° 2.111, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 11.
- Resolución General N° 2.151, su modificatoria y complementarias. Artículos 6°, 23 y 33.
- Resolución General N° 2.195, su modificatoria y su complementaria, Artículos 4° y 7°.
- Resolución General N° 2.217, sus modificatorias y complementarias, Artículo 32.
- Resolución General N° 2.233, su modificatoria y sus complementarias, Artículo 2°, incisos a) y b).
- Resolución General N° 2.250, su modificatoria y su complementaria, Artículos 5° y 7°.
- Resolución General N° 2.746, sus modificatorias y sus complementarias, Artículos 17, 29 y 40.
- Resolución General N° 2.825, Artículo 6°.
- Resolución General N° 3.018 y su complementaria, Artículo 9°.
- Resolución General N° 3.077, su modificatoria y sus complementarias, Artículo 6°.
- Resolución General N° 3.293, y su complementaria, Artículo 6°.
- Resolución General N° 3.362, Artículos 4° y 7°.
- Resolución General N° 3.693, su modificatoria y complementaria. Artículo 5°, incisos a) y b).
- Resolución General N° 3.726. Artículo 2°, incisos b) y c).
- Resolución General N° 3.873, sus modificatorias y su complementaria. Artículo 28.
- Resolución General N° 3.906 y su complementaria. Artículos 6° y 12.
- Resolución General N° 4.010 – E, Artículo 21.
- Resolución General N° 4.034 – E, su modificatoria y sus complementarias, Artículo 5°.
- Resolución General N° 4.036 – E, Artículo 5°.
Cuando alguna de las fechas de vencimiento general hasta las cuales se deberá cumplir con las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y/o pago previstas en la presente, coincida con un día feriado o inhábil, la misma, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes.
Derógase la Resolución General N° 58 y sus modificaciones desde la vigencia indicada en el artículo anterior.