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AGENDA IMPOSITIVA NOVIEMBRE 2019. NOVEDADES Y VENCIMIENTOS DEL MES.

Entramos en el último bimestre del año, mes de transición, donde las novedades abundan.

La siguiente es una lista control para utilizar como recordatorio de las novedades y vencimientos que tendrá el mes de noviembre 2019, espero les sirva.

AGENDA IMPOSITIVA NOVIEMBRE 2019

📌 7 VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS NOVIEMBRE 2019

▶️ DECLARACIÓN JURADA GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS CIERRE JUNIO 2019. Vto. Presentación del 13/11/2019 al 15/11/2019. 

▶️ IMPUESTO A LAS GANANCIAS INFORME PARA FINES FISCALES PERSONAS JURIDICAS CIERRE MAYO 2019. Vto. 29/11/2019.

▶️ PRESENTACIÓN DE BALANCE EN PDF EN AFIP CIERRE MAYO 2019.  Se debe enviar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor de las personas jurídicas con cierre febrero 2019 en formato ‘.pdf’. A través del servicio de AFIP “Presentación Única de Balances – (PUB)”. Vencimiento 30 de noviembre de 2019 (el último día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial correspondiente. RG 4060-E).

▶️ CERTIFICADO PYME PARA PERSONAS JURÍDICAS CIERRE JULIO 2019Vto. 30/11/2019. Con la publicación de la RG 4568/19  se implementó la caracterización “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa –Tramo I y II”.  La inscripción en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES, implicará el decaimiento de la caracterización como “Potencial”.

▶️ RELEVAMIENTO DE ACTIVOS Y PASIVOS EXTERNOS COM A 6795 DECLARACIÓN ANUAL 2018. Vencimiento Para el resto de declarantes Declaración anual 2018: 14 de noviembre de 2019.

▶️ PAGO BIMESTRAL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS CABA CUOTA N° 5. Vencimiento del 20/11/2019 al 26/11/2019.

 

📛 9 NOVEDADES IMPOSITIVAS DE NOVIEMBRE 2019

✔️ FINAL DE LA SUSPENSIÓN DE TRABA DE MEDIDAS CAUTELARES PYMES RG 4557 TÍTULO III  HASTA 11/11/2019. Excepto una nueva renovación de la suspensión a partir del 12/11/2019 se levantaría la suspensión de la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES”.

✔️ REGÍMENES DE RETENCIÓN DE IVA Y GANANCIAS, APLICABLES A LOS PAGOS CON TARJETAS DE CRÉDITO, COMPRA Y/O DÉBITO  O A TRAVÉS DEL USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES Y/O CUALQUIER OTRO SOPORTE ELECTRÓNICO, COMPRENDIDOS LOS VIRTUALES. RG 4621/19 Y 4622/19.  De aplicación respecto de los pagos de las liquidaciones que se efectúen a partir del 19 de noviembre 2019, inclusive. Recuerden que no resultará de aplicación cuando se trate de sujetos categorizados como Micro Empresas  o de “Potenciales Micro Empresas”. Para obtener el beneficio deberán realizar la caracterización “430 – Beneficio Eximición de Retenciones – Pagos electrónicos”.

✔️ EXPORTADORES DE SERVICIOS FACTURACIÓN A TRAVES DEL MÉTODO DE WEBSERVICES. A partir del lunes 11 de noviembre de 2019 el campo de “Fecha de Pago” al momento de realizar la factura pasará a ser de ingreso obligatorio.

✔️ REGÍMENES DE INFORMACIÓN HERRAMIENTAS Y/O APLICACIONES INFORMÁTICAS RELACIONADAS CON MOVIMIENTOS DE ACTIVOS VIRTUALES Y NO VIRTUALES. RG 4614/2019. A partir del 1 de noviembre de 2019.

✔️ OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR  CADUCIDAD AUTOMÁTICA DE LA SOLVENCIA ACREDITADA. A partir del  1 de noviembre caducará la solvencia acreditada al 31 de julio de 2019. Tendrán tiempo hasta el día de la caducidad para ampliar o sustituir las garantías. RG 4617/19

✔️ PLAN DE FACILIDADES DE PAGO AMPLIO RG 4557/19. Se amplió la fecha límite para adherir al de facilidades hasta el 30 de noviembre de 2019.

✔️ FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA. Según el cronograma de implementación por actividad a partir del 1 de noviembre de 2019 comienza a ser obligatoria para las siguientes actividades:

– A partir de $ 100.000: F – CONSTRUCCIÓN y G- COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS (462; 463; 464; 465; 466; 469)

A partir de $ 1.000.000: y G- COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS (471; 472; 474; 475; 476; 477)

✔️ PAGOS DE IMPORTACIONES Y OTRAS COMPRAS DE BIENES EN EL EXTERIOR. COMUNICACIÓN “A” 6818.  El acceso al mercado de cambios para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior quedarán regulados a partir del 1 de noviembre de 2019 por las disposiciones que se dan a conocer en el anexo de la presente. http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/comytexord/A6818.pdf

✔️ NUEVO SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES (SICORE) VERSIÓN: 8. 0 RELEASE 37

Novedades:

Se incorpora la posibilidad de informar el DNI de los sujetos percibidos no categorizados.

Pueden descargarlo desde ACÁ

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