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Actualizaciones en los contratos de alquiler a partir de julio 2021 ¿Cómo se calculan? ¿Obliga a modificar la información en el RELI?

A un año de entrar en vigencia la Ley 27551 que modificó la ley de alquileres incluyendo entre otras modificaciones que para los inmuebles destinados a uso habitacional:

-El plazo mínimo de locación es de 3 años y los ajustes sólo podrán realizarse en forma anual.

-Dichos ajustes deben efectuarse ajustándose tomando el promedio de las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estatales (RIPTE) publicado mensualmente por el Banco Central.

Para ello el BCRA publica el Índice de Contratos de Locación (ICL) que es el indicador creado con el fin de poder establecer parámetros a la hora de celebrar contratos de alquiler. El índice tiene carácter diario, y se encuentra disponible en la página web del BCRA. ( www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas)

Este indicador está conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

El ICL se utilizará desde el mes de julio de 2021 para los contratos celebrados desde el mes de julio 2020.

¿Cómo se ajusta la cuota con el ICL?

Ejemplo: Contrato firmado el 1-7-2020 por un valor mensual de $ 35.000 el primer año, por aplicación del ICL (1,41/1,00). $ 35.000 x 1,41 = $ 49.350 valor mensual del alquiler para el segundo año.

 

¿Se debe informar en el RELI la actualización del valor del contrato?

Si bien el Art. 10 de la RG 4933/21 establece que las modificaciones de los contratos registrados deberán ser informadas a través del “RELI” dentro de los 15 días corridos posteriores de producidas.

Es importante aclarar que únicamente deberán ser informadas dentro del servicio RELI, las modificaciones de los contratos registrados por rescisiones y extinciones, modificaciones contractuales y bajas.

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