A partir del período devengado enero 2011, con vencimiento en febrero 2011 rige un nuevo valor para los aportes referidos al Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Si la entidad bancaria en la que se pretenda efectuar el pago, no tuviera habilitados en su sistema de cobro los nuevos importes de los aportes al Sistema Nacional del Seguro de Salud, se podrá optar por pagar su valor anterior y la diferencia ingresarla utilizando el formulario y el código que se detallan a continuación:
– Formulario 575/B
– Codigos:
• Impuestos: 302
• Concepto: 895
• Subconcepto: 895
– Diferencias a ingresar:
• Por Titular $ 13,25
• Por integrante de grupo familiar $ 21.-
AUTONOMOS RECATEGORIZACION ANUAL 2012. RG (AFIP) 2217/07
El 30 de junio de 2012 vence el plazo para la Recategorizacion anual de autónomos. La misma se realiza en función a los ingresos brutos ...

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