fbpx

Liquidación de sueldo de empleado jubilado. Excel para su cálculo

27

Los Jubilados, que reingresan a la actividad deben aportar solo el 11% de jubilación, estos trabajadores están exentos de los aportes y contribuciones que se detallan a continuación:
– Ley 19032 (INSSJP),
– Obra social,
– ANSSAL,
– Asignaciones Familiares y
– Fondo Nacional de Empleo

Por lo cual los aportes y contribuciones de un empleado jubilado quedarían así:

CONCEPTO APORTE TRABAJADOR CONTRIBUCIÓN EMPLEADOR
     
Sistema Integrado Previsional Argentino. 11,00% 10,17%
Ley 24241 (Art. 11)    
– Asignaciones familiares. 0,00% 0,00%
Ley 24714 (Art. 15)    
– Fondo Nacional de Empleo 0,00% 0,00%
Ley 24013 (Art. 145 inc. a) y 146)    
– INSSJP 0,00% 0,00%
Ley 19032 (Art. 1 y 9)    
RÉGIMEN NACIONAL DE OBRAS SOCIALES Ley 23660 0,00% 0,00%

Pueden bajar el Excel para su cálculo desde ACA.

27 comments

  1. MARIA JOSE 28 septiembre, 2023 at 13:59 Responder

    Un profesional, responsable inscripto, que se jubila y sigue ejerciendo su profesión. Qué aportes debe realizar? y sobre qué se calculan estos aportes?.

    Muchas gracias.

  2. Graciela 10 mayo, 2022 at 13:20 Responder

    Buen día, quisiera saber de un jubilado que sigue trabajando en la misma empresa y al cual no le están pagando antigüedad y además le descuentan la obra social, contribución solidaria y sindicato. Es jubilado de Ansés. ¿Qué items deben de figurar en el recibo de sueldo del mismo? Su sindicato es SMATA. Muchas gracias.

  3. Nadia 2 mayo, 2022 at 16:06 Responder

    Hola! una pregunta. cuando un empleado se jubila pero continua trabajando para la misma empresa, el salario debe ser el mismo contando la antiguedad del empleado? o no debe abonarse mas la antiguedad anterior a la jubilacion?

  4. c.sidera 7 mayo, 2021 at 20:10 Responder

    Hola la empresa me ha ofrecido jubilarme y volverme a incorporar inmediatamentecomo jubilado activo. El sueldo es el mismo? Se actualiza por paritarias como antes? Puedo pedir que me cubran la obra social que tengo como sucede hasta ahora? Si me despiden quedo inhabilitado para hacer reclamos? muchas gracias

  5. Armando 22 junio, 2020 at 11:17 Responder

    Buen día, Me jubilé hace 1 año. Tengo negocio sigo trabajando, además soy empleador. pago todo lo que corresponde incluso ganancias. Mi pregunta es: Mi jubilación, se suma como ganancias a las del negocio?

  6. Marina 10 enero, 2020 at 13:59 Responder

    Tengo una empleada jubilada que continua trabajando bajo el convenio de empleada de comercio…que aportes tiene ademas del 11%? Aporta FAECYS?

    • JOSEFINA 4 marzo, 2020 at 13:58 Responder

      Tengo la misma duda, si una empelada de comercio esta juilada, pero sigue en actividad corresponde que se le descuente AGEC Y FAECyS?

  7. Humberto Barroni 22 septiembre, 2018 at 18:54 Responder

    Buenas tardes! pregunto, un jubilado puede trabajar con relación de dependencia? o en que sistema le ofrece el estado? mono tributo?..gracias!

  8. karen lou visser 24 julio, 2018 at 19:21 Responder

    buenas noches tengo un cliente que le salio acordada la jubilacion ,trabaja en una fabriaca , tiene que informarle que ya se jubilo o tiene que esperar a cobrar para avisar gracias
    perdon mi cliente se jubilo con los 32 años de aportes de ese establecimiento gracias

  9. Julio 12 mayo, 2017 at 17:05 Responder

    En el convenio de la UOM figura la cuota sindical (2,5 %) y el seguro de sepelio que es una suma fija. Mi pregunta es si una persona que se jubilo y sigue trabajando se le debe retener estos dos items. Desde ya muchas gracias

  10. Daiana 5 abril, 2017 at 10:57 Responder

    Mi cliente insiste en saber en que ley o resolucion dice que el jubilado tiene que aportar el 11% y porque?
    Ya no se como explicarle, alguien que me pueda ayudar?

  11. Anonymous 18 mayo, 2012 at 19:42 Responder

    TENGO UNA EMPLEADA QUE SE ACABA DE JUBILAR EN IPS POR SU TRABAJO EN UN HOSPITAL PUBLICO. EN EL IPS LE PIDEN LA BAJA DE ESTA INSTITUCIÓN (PRIVADA). EXISTE ALGUNA INCOMPATIBILIDAD ENTRE LA PERCEPCION DE LOS HABERES JUBILATORIOS (IPS) Y EL TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA SECTOR PRIVADO??

  12. Carla 7 diciembre, 2011 at 11:55 Responder

    Anonimo,
    Ley 19032 es el aporte al INSSJP, es decir, PAMI, una vez que adquieren la condicion de jubilados dejan de realizar este aporte.
    En el SICOSS tenes que informar:
    – Condicion: 2 Jubilado
    – Obra Social: 0000-Ninguna

Post a new comment

GANANCIAS SIN PRORROGA

Los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales no se moveran este año de los meses de abril y mayo, pero gracias al blanqueo se podra ...