Se establece el reempadronamiento en el “Registro de empleadores on line” para todos los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en CABA.
Cronograma de reempadronamiento:
– Empresas que tengan más de 10 empleados: entre el 1 y el 31 de octubre del 2017.
– Empresas que tengan entre 5 y 10 empleados: entre el 1 y el 30 de noviembre de 2017.
– Empresas que tengan hasta 4 empleados: entre el 1 y el 29 de diciembre de 2017.
¿Cómo reempadronar?
A través de la plataforma de tramitación a distancia (TAD).
Opinión personal: Hace solo 6 meses los empleadores tuvieron que cumplir con el Registro de Empleadores online, como todos los años, por lo cual, los datos de los empleadores los tienen, pero los tienen en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) y ahora decidieron que los quieren tener en la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), así que, qué mejor forma que pedirle directamente al contribuyente (indirectamente al contador) que los vuelva a cargar.
Lamentablemente nos convertimos en la mano de obra más barata a la cual todo organismo de recaudación puede aspirar.
Buenas tardes,
Quisiera saber si sigue vigente la presentacion del REGISTRO DE EMPLEADORES que se hacia del 01/01 al 31/03 de cada año con los datos del año inmediato anterior.
Recordando que en el año 2017 tambien realizamos el reempadronamiento a traves del TAD
Karina,
Envié consulta por mail sobre este tema y no obtuve respuestas hasta el momento.
BUenas tardes ayer hice la presentacion del reempadronamiento y aun figura en curso, nunca recibimos el mail con el nro de expte. llame al 08009992727 y nadie supo explicarme me fueron derivando hasta que se me corto la llamada. A alguien le paso?Saludos
SI SE QUIERE REGISTRAR UNA EMPRESA, QUIEN DEBE HACER EL TRAMITE, DONDE Y QUE DOCUMENTACION PRESENTAR.
SE DEBE INGRESAR EN ALGUNA PAGINA PRIMERO
Debe primero tramitar la clave ciudad, fijate que hay una nota sobre el tema, también podes encontrar los requisitos en la pagina de AGIP.
quisiera saber si una empresa tiene el domicilio legal en el interior del pais y tiene una oficina en CABA, pero la rubrica de TODO su personal esta en provincia. Es necesario hacer el reempadronamiento en el registro de empleadores
Anualmente completabamos el registro de empleadores on line SIN RUBRICA
Patricia,
La Resolución es muy corta y no lo aclara, yo tuve un caso de este tipo y ante la duda lo reempadrone, ya que anualmente también informo al Registro de Empleadores on line.
Buenas tardes Carlos (que escribiste hoy 31/10 preguntando si asignabas apoderado o solicitabas vista. ¿ despues de acá avanzaste con algo más ? porque yo una vez que confirmé el tramite en el 3er paso el sistema tira el sigte mensaje: “Su solicitud está siendo procesada, recibirá un mail con el nro. de expediente una vez Generado “.
Pero no enviaron ese mail y además creo que al igual que a vos tengo el tramite “en CURSO”con la opción de Asignar apoderado (aunque si me meto ahí figura en blanco, sin ninguna opcion de asignar nada)
Gracias
No puedo comunicarme con los internos de la subsecretaría. Les consulto llegue hasta la solapa de en curso. Estado iniciación y luego hay dos posibilidades asignar apoderado y solicitar vista que debo hacer, para presentar el tramite ¿??
Muchas gracias
Estoy totalmente de acuerdo con ustedes, pero los invito a subir todas estas quejas a la pagina del gobierno de la ciudad y a la del consejo de economicas que muy poco nos defiende. No dijo Mauricio, que hay que simplificar el estado. En la ciudad no se enteraron? y en Afip parece que tampoco!! Yo particularmente ya voy a ingresar a la web de rentas ciudad a quejarme. Muchas Gracias. Silvia Graziano
La Asamblea Constituyente de 1813 abolió la esclavitud. La Constitución de 1853 dispone que todos debemos contribuir proporcionalmente con los gastos de la Nación (en dinero no con trabajo). Ley de Contrato de Trabajo considera que todo trabajo debe ser remunerado. Yo entiendo que este trabajo corresponde ser realizado por las personas que perciben sueldo, que se paga con las contribuciones realizadas por los ciudadanos. Caso contrario el Estado debe retribuir a quién realizó el trabajo. Pregunto: ¿ No debería el Estado también pagar por ser agente de retención e información? ¿ No se aplica la Ley 20744 ? ¿ No hay relación coercitiva de dependencia?
VERGONZOSO!!! EN VEZ DE AYUDAR AL CONTRIBUYENTE CADA VEZ LO CARGAN CON MAS OBLIGACIONES Y EL SISTEMA ES MUY MALO !!! PARA ESTO PAGAMOS IMPUESTOS ???
Cecilia . aYER NO ANDABA EL SISTEMA ESTUVE 2 HORAS ESPERANDO.LLAME AL NUMERO QUE MENCIONAN Y ME INFORMARON QUE EL SISTEMA NO ANDABA.
no te dijeron como efectuar el registro?
buenos dias, quisiera consultar si alguien sabe como proceder en el caso de ser adminsitrador de consorcios , el administrador tiene su clave ciudad porque paga
ingresos brutos, pero como hace para cargar en el TAD cada edificio??
muchas gracias.
tambien tengo la duda de otros, si la info es al 31 de dic 2016, o al dia de hoy
tambien me indigna, que siendo la misma reparticion, no importen los datos que ya tienen de las ddjj que se cargaron en marzo de este mismo año!
Buen dia;
Segun el instructivo se ingresa con clave ciudad, muy bien yo ingreso con clave ciudad pero despues en que items ingreso.-
Gracias
tengo la misma duda, no se como seguir y los de rentas no saben responder
Como administrador hay que sacar la clave ciudad para cada consorcio, en un CGP. Hay que llevar F931, Acta de designación, Inscripción del consorcio en AFIP, reglamento de copropiedad y po rlas dudas tu inscripción en el Afip. Suerte y que La Fuerza te conduzca.
Entras con clave ciudad y en Aplicaciones figura Tramites a Distancia(TAD)
No tengo activada la opcion para ir a aplicaciones, como se hace?
COMO ADMINISTRADOR DE CONSORCIO TIENES QUE IR A UN CGP CON EL F931, LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN AFIP DEL CONSORCIO, FOTOCOPIA DEL REGLAMENTO D COPROPIEAD Y EL ACTA DE DESIGNACIÓN COMO ADMINISTRADOR. ALLI ELLOS TE DAN UNA CLAVE CIUDAD PARA CADA CONSORCIO Y E CON ESA CLAVE, DE CADA CONSORCIO, QUE TIENES QUE HACER LA CARGA.EL TRAMITE ES PERSONAL. ESTÁ MUY MAL EXPLICADO, AH Y NO TE ADMITEN APODERADOS. SUERTE Y!! QUE LA FUERZA TE ACOMPAÑE!!
sinceramente es una total verguenza, trabajamos nosotros y uds cuando?????
si los datos ya los tienen porque tuvimos que trabajar en marzo para hacerlos porque no buscan la forma de ingresarlos uds???????????????????????
una verguenza! sinceramente no tienen verguenza!!! que descaro por Dios!
Alguien lo pudo hacer porque ingrese a Tramites a Distancia dentro de la afip, tengo el servicio habilitado, pero no encuentro ningun tramite que se llame reempadronamiento de empleadores o algo relacionado, Gracias.
Es una vergüenza tienen un montón de empleados que gozan de todos los privilegios por ser empleados estatales, y aun asi, nos exigen cada vez mas a nosotros, tenemos que cubrirlos porque en su gran mayoría solo están por acomodo no ingresan por concurso. Harta me tienen.
Resulta obligatorio cumplir el régimen para sociedades con domicilio legal en CABA pero con establecimiento productivo en jurisdicción de Santa Fe? Todo el personal trabaja en Santa Fe y allí se cumple con la documentación laboral.En CABA solamente se encuentra registrada la sociedad y no se tiene personal en relación de dependencia.
INDIGNANTE!
Yo también necesito saber si los datos son al 31/12/2016.
Hola, copio la respuesta que me pasaron por el Registro de empleadores, cuando consulte a que fecha debo tomar la nomina de personal:
Buenas tardes debe hacerlo al 30/09/2017
Gracias por contactarse
Registro de Empleadores
Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Bartolomé Mitre 575 PB – (1036) – CABA
Tel: (+5411) 2822-7200 int 1201/1226
Anabel,
Muchas gracias por compartirlo!
HAY QUE ACHICAR EL ESTADO Y DESPEDIR A TODOS ESTOS PARASITOS!!!!
QUE NO TRABAJAN Y PASAN UNA BUENA VIDA CON TODOS LOS PRIVILEGIOS QUE LOS CIUDADANOS QUE NO DEPENDEMOS DEL ESTADO NO GOZAMOS
Totalmente de acuerdo con Uds.!!!!!!!!!!!
Buenos dias, les consulto si la informacion es la misma a incluir que la informada en marzo 2017 en el registro de empleadores del gobierno de la ciudad autonoma de buenos aires, es decir nomina al 31/12/2016. Espero los comentarios. Saludos cordiales.