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LA MATANZA TASA POR SEGURIDAD E HIGIENE MODIFICACIONES 2012

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Ordenanza tarifaría 2012 Nº 22.032/2011
52) ESCALA ESPECIAL PARA INDUSTRIAS
A los efectos de la aplicación de la escala especial se entenderá por industria todos aquellos establecimientos donde, a través de un proceso de tipo industrial, se produzca la transformación de materias primas en productos manufacturados.
CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL. Base imponible en $

De Hasta Fijo Más el %o S/el exc. de $
$ 0.- $ 126.000.- 5%o
$ 126.001.- $ 420.000.- $ 630.- 6%o $ 126.000.-
$ 420.001.- En adelante $ 2394.- 7%o $ 420.000.-

Mínimo para escala especial para industrias para contribuyentes de pago mensual $ 73

CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL Base imponible en $

De Hasta Fijo Más el %o S/el exc. de $
$ 0.- $ 252.000.- —- 5%o
$ 252.001.- $ 840.000.- $ 1260.- 6%o $ 252.000.-
$ 840.001.- En adelante $ 4788.- 7%o $ 840.000.-

53) Sistema Especial

53) Sistema Especial: Escala Ingresos Brutos Categoría Tasa a pagar ( $ )
1 24000 B 62,00
2 36000 C 70,00
3 48000 D 79,00
4 72000 E 122,00
5 96000 F 162,00
6 120000 G 203,00
7 144000 H 243,00
8 200000 I 348,00
9 235000 J 409,00
10 270000 K 470,00
11 300000 L 522,00

El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Economía y Hacienda, estará autorizado a adecuar la escala precedente cuando se modifique el parámetro Ingresos Brutos establecido por la Ley 25.865 – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – (Monotributo). El importe a tributar por cada uno de los niveles de Ingresos Brutos que se agreguen, deberá guardar una relación similar con la facturación anual, a la que observan los actuales valores de la tasa.
54) Por las actividades que no se hallaren específicamente determinadas en los incisos precedentes, la tasa se calculará aplicando la siguiente escala general sobre el monto de base imponible, y el importe mínimo a tributar será de $ 73 para los contribuyentes de pago mensual y $ 146 para los contribuyentes de pago bimestral

ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL

De $ Hasta Fijo Mas el %o. S/el exc. de $
0 20.384 0 5%o. 0,00
20.385 77.896 101,93 6%o. 20.384,00
77.897 en adelante 446,99 7%o. 77.896,00

Mínimo para escala general para contribuyentes de pago mensual $73

ESCALA GENERAL PARA CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL

De $ Hasta Fijo Mas el %o. S/el exc. de $
0 40.768 0 5%o. 0,00
40.769 155.792 203,85 6%o. 40.768,00
155.793 en adelante 893,98 7%o. s/exc

Mínimo para escala general para contribuyentes de pago bimestral $ 146

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