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ALTA DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO EN AGIP. UNA BUENA, UNA MALA Y UN INTERROGANTE.

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A través de la RESOLUCIÓN 405/2016 AGIP, estableció la obligación de generar un domicilio fiscal electrónico. (Ver mas acá agip-implementa-eldomicilio-fiscal-electronico-r-405-2016/)

 ¿Cual es el problema?

Que para realizar el tramite es necesario contar con Clave Ciudad Nivel 2 y hay miles de contribuyentes que o tiene Nivel 1 o directamente no tienen clave.

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¿Cual es la buena noticia?

Las personas humanas pueden tramitar con la Clave de AFIP, la Clave Ciudad Nivel 1. Y con esa Clave Nivel 1 pueden dar de alta el “Domicilio Fiscal Electrónico”.

Pasos a seguir:

  1. Ingresar a la pagina de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.
  2. Ir a “Administrador de Relaciones”
  3. Seleccionar el Servicio “Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Clave Ciudad Nivel 1”.
  4. Salir y volver a ingresar a la pagina de AFIP.
  5. Seleccionar la opción“Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Clave Ciudad Nivel 1”.
  6. El sistema redirige a la pagina de AGIP para cargar datos y generar la Clave Ciudad
  7. Una vez que tengo la Clave Ciudad entro a la pagina de AGIP
  8. Selecciono la opción que dice “Domicilio Fiscal Electrónico”
  9. Cargo los datos que pide el sistema (Mails y teléfonos)
  10. Va a llegar un mail a la casilla informada, lo confirmo y listo

¿Cual es la mala noticia?

Para las personas jurídicas hay que hacer el tramite presencial, porque el nivel  1 es sólo para personas físicas que operan para sí mismas, por tanto no podrá delegar servicios ni operar para terceros.

Que es lo que hay que hacer según la pagina de AGIP:

A- Representante Legal (único) de Asociaciones y Sociedades de Cualquier Tipo (Incluidas las Sociedades de Hecho y en formación).

A los fines de acreditar su carácter de representante legal, las personas físicas deberán presentar en los CGPC, por cada persona jurídica representada, los elementos que se indican a continuación:

  1. Documento de Identidad del Representante Legal (LE, LC o DNI).
  2. Certificado de domicilio fiscal declarado expedido por la Policía o escritura o boleto de compra venta o contrato de alquiler por vivienda; siempre que no se encuentre actualizado en el DNI y un (1) comprobante de pago actual de un servicio (teléfono, energía eléctrica, tarjeta de pago o crédito, etc.) a nombre del titular que acredite el domicilio fiscal (particular y real según Código Fiscal Vigente), que denuncia. (Original y Fotocopia)
  3. Copia autenticada de las normas que regulan el funcionamiento -contrato social, estatuto, etc.- de la persona jurídica.
  4. Documentación que lo acredite como representante legal de la entidad respectiva -acta de asamblea, sentencia judicial, etc.-. De no figurar en ninguno de estos documentos, adjuntar un poder amplio de administración (original y copia).

En caso de sociedades regulares, la designación del cargo debe estar inscripta ante el Registro Público de Comercio Competente.

B- Representante Legal (Conjunto o Indistinto) de Asociaciones y Sociedades de Cualquier Tipo (Incluidas las Sociedades de Hecho y en formación).

  1. Documento de Identidad del Representante Legal (LE, LC o DNI)
  2. Certificado de domicilio fiscal declarado expedido por la Policía o escritura o boleto de compra venta o contrato de alquiler por vivienda; siempre que no se encuentre actualizado en el DNI y un (1) comprobante de pago actual de un servicio (teléfono, energía eléctrica, tarjeta de pago o crédito, etc.) a nombre del titular que acredite el domicilio fiscal (particular y real según Código Fiscal Vigente), que denuncia (Original y Fotocopia)
  3. Copia autenticada de las normas que regulan el funcionamiento -contrato social, estatuto, etc.- de la persona jurídica.
  4. Documentación que lo acredite como representante legal de la entidad respectiva -acta de asamblea, sentencia judicial, etc.-. En caso de sociedades regulares, la designación del cargo debe estar inscripta ante el Registro Público de Comercio Competente. De no figurar en ninguno de estos documentos, adjuntar un poder amplio de administración (original y copia).
  5. Nota según lo dispuesto en el artículo 2° y Anexo IV de la Resolución General N° 2239 y sus modificatorias.

El sistema también da la opción de generar la clave a través de cajeros Banelco o Red Link.

Comentario Personal: No le encuentro sentido tener que realizar un tramite presencial para crear justamente un domicilio “virtual” de notificación. Creo que aplicaría la frase: “El domicilio electrónico llega a todas partes pero se tramita en Capital”

¿Que queda como interrogante?

Aquellas personas jurídicas contribuyentes de Convenio Multilateral que no posean domicilio en CABA. ¿Que deben presentar ellos?

Sanciones

La registración de este domicilio se considerara efectuada en término hasta el día 30 de setiembre de 2016.

¿Qué pasa si no cumplo?

El Art. 16 de la norma establece que  el incumplimiento de las obligaciones será considerado una infracción a los deberes formales en los términos del artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2016).

Infracción a los deberes formales. Artículo 103.-

Los incumplimientos a los deberes formales establecidos por este Código, así como por las disposiciones que lo complementan son sancionados con multas cuyos límites fijará la Ley Tarifaria, sin perjuicio de aplicar los intereses y las multas por omisión o defraudación.

Ley Tarifaria Artículo 173.

Fíjase en pesos novecientos sesenta y cinco ($ 965,00) a pesos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta ($ 42.250,00) los montos mínimos y máximos respectivamente, a aplicar en caso de infracción a los deberes formales, artículo 103 del Código Fiscal.

Tratándose de contribuyentes organizados conforme la Ley Nacional Nº 19.550, los montos mínimos a aplicar son los siguientes:

  1. a) Sociedades anónimas, en comandita por acciones, uniones transitorias de empresas y

sucursales, agencias y demás representantes de empresas, sociedades o uniones

transitorias de empresas constituidas en el extranjero……………………………………………………..$ 4.800,00

  1. b) Sociedades de responsabilidad limitada y restantes sociedades regulares …………..$ 4.250,00
  2. c) Sociedades irregulares…………………………………………………………………………………………….$ 3.800,00

25 comments

  1. Alejandro 27 junio, 2017 at 18:52 Responder

    Buenas, les dejo chat con AGIP sobre el error al generar clave AGIP desde AFIP / “Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Clave Ciudad Nivel 1”.
    Brenda AGIP: Bienvenido/a a Rentas Chat, buenos días, ¿En qué le puedo ayudar?
    Alejandro: Hola, al intentar ingresar para obtener la clave de AGIP, desde AFIP, tengo este error:
    Error tipo 2:COD: 100 — DESC: NO EXISTE LA CUIT INFORMADA – Codigo Error Funcional: 100 – Componente: CUO000205:58
    Como puedo solucionarlo?
    Brenda AGIP: Eso es porque aún no están cargados los datos en el sistema de AGIP. Para obtener la clave Ciudad, hay dos opciones: ahora se puede generar o recuperar también a través de los Cajeros Automáticos Link/Banelco. Encuentra el instructivo guía para hacer la gestión y toda la información al respecto en los siguientes links https://lb.agip.gob.ar/claveciudad/cajero/publicidad/paso1-pub.html http://www.agip.gob.ar/tramites/242 O El Contribuyente va a tener que generar la Clave Ciudad personalmente en la SEDE COMUNAL del domicilio con los requisitos y documentación que figuran en el siguiente link http://www.agip.gob.ar/clave-ciudad/clave-ciudad-documentacion-nivel-2 .Si tiene alguna duda o consulta de cómo hacer la gestión o la documentación a presentar, debe comunicarse al 147 o 0800-999-2727 (si no llama desde CABA), de lunes a viernes de 8:00 a 19:00hs en la opción 4 deAGIP así un operador le asesora
    Alejandro: Gracias Brenda, entonces desde la web de AFIP no se puede generar más?
    o debo esperar una actualización de datos y podré hacerlo?
    Brenda AGIP: En estos casos, la Clave no se puede generar por AFIP. NO tiene que esperar, sino generar la clave por cualquiera de los otros dos medios habilitados

  2. Alejandro 20 marzo, 2017 at 10:25 Responder

    consulta: estoy tratando de gestionar la clave nivel 1 y me tira el siguiente Error tipo 2:COD: 100 — DESC: NO EXISTE LA CUIT INFORMADA – Codigo Error Funcional: 100 – Componente: CUO0002

  3. Naty 11 octubre, 2016 at 20:31 Responder

    Les comparto, para sacar la clave ciudad nivel 2 de agip cuando no tiene sede en caba, lo puden realizar por mail,primero deben sacar la clave ciudad nivel 2 del representante legal se pude hacer por cajero automatico, luego enviar un mail a ccnosede@agip.gov.ar con la siguiente documentación, DNI del representante legal, constancia de cuit, luego para de la empresa, estatuto o contrato social, constancia de inscripción afip, desginación de cargo si no lo dice en el estatuto, y nada más.
    espero que les sirva saludos!!!!

  4. Evangelina 27 septiembre, 2016 at 10:49 Responder

    Hola, les dejo la respuesta que obtuve desde de Rentas chat de AGIP, si alguien obtiene algo distinto, estaría agradecida que lo comparta!

    “http://www.agip.gob.ar/otros/chat-online#

    CHAT ONLINE
    • Usted está en:

    • otros

    Operador:
    Bienvenido/a a Rentas Chat, buenos días, ¿En qué le puedo ayudar?
    Bienvenido/a a Rentas Chat, buenos días, ¿En qué le puedo ayudar?

    EVANGELINA:
    HOLA BUENOS DÍAS
    Necesitaba consultar respecto al domicilio fiscal electrónico, siendo contribuyente de ingresos brutos por convenio multilateral, sin sede ni oficinas en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se tiene la obligación de cumplir con la Adhesión al Domicilio fiscal electrónico?
    Y en caso que si deba adherirse, cómo una persona Jurídica tramita la Clave ciudad de nivel dos, sino tiene la posibilidad de hacerlo de manera presencial por ser del interior

    Facundo AGIP:
    si tiene que hacerlo
    Para las personas jurídicas (Sociedades, Asociaciones, Fundaciones, Sociedades de Hecho, etc.) se debe tramitar la Clave Ciudad presencialmente, en la Sede Comunal del domicilio de la persona fisica que corresponda hacer la gestión con los requisitos y documentación que figuran en el siguiente link http://www.agip.gob.ar/clave-ciudad/clave-ciudad-documentacion-nivel-2 .Si tiene alguna duda o consulta de cómo hacer la gestión o la documentación a presentar, debe comunicarse al 147 o 0800-999-2727 si llama del interior, de lunes a viernes de 7:30 a 19:30hs en la opción 4 de Rentas así un operador los asesora
    si es contribuyente de convenio sin domicilio en caba debe dirigirse al area de rentas del colegio de graduados de cs economicas de caba
    A VIAMONTE 1592 – SUBSUELO (Colegio de Graduados en Cs.Económicas)
    de 9:30 a 15:30 hs de lunes a viernes

    EVANGELINA:
    Es decir que la persona física representante de la persona jurídica debe trasladarse desde el interior (ya sea de Ushuaia) hasta Capital Federal, como única posibilidad de tramitar la Clave ciudad

    Facundo AGIP:
    asi es

    EVANGELINA:
    Muchas gracias

    Facundo AGIP:
    Gracias por utilizar el Chat de AGIP-Rentas Ciudad, que tenga buenos días.”

    • Carla Lombardi 28 septiembre, 2016 at 08:47 Responder

      Evangelina,
      Muchisimas gracias por compartirlo!
      Realmente es un desproposito lo que esta planteando Rentas y creo que van a tener que proporcionar mecanismos alternativos para poder cumplir con esta obligación.

  5. Antonella 23 septiembre, 2016 at 12:20 Responder

    Carla, una consulta: acerca del punto “B” ultimo párrafo, en donde dice que la clave se puede obtener via cajeros Banelco,la tiene que obtener el representante de la sociedad entrando al cajero con la cuenta de la empresa? Gracias!

  6. Carola 23 septiembre, 2016 at 10:10 Responder

    Interpreto que el DFE Agip no aplica para convenio multilateral. Cómo debería hacer una empresa de Tucumán que opera en CABA x ejemplo para obtenr una clave fiscal Ciudad nivel 2 , por ejemplo?

    • Carla Lombardi 26 septiembre, 2016 at 08:42 Responder

      Carola,
      Desde la logica tu planteo tiene sentido. Lamentablemente AGIP esta respondiendo que hay que tramitarlo cuando se le hace la consulta…

  7. Enrique Oscar Cellerino 22 septiembre, 2016 at 12:07 Responder

    Hola buenos días, interpreto que los contribuyentes que tienen nivel mayor y son representantes de personas jurídicas, si pueden hacer el trámite, ¿es así no? bueno cuando puedan les pido x favor me confirmen, muchas gracias, saludos y deseos de buenos días todos los días!

      • Marina 8 marzo, 2020 at 23:31 Responder

        Yo tengo nivel 2 entro. Agip hacer domicilio fiscal electrónico y no me deja ingresar. Porque motivo puede ser ?
        Tengo la clave ciudad y no me deja hacerlo.necesito hacer el domicilio fiscal electrónico de los consorcios

  8. Graciela 22 septiembre, 2016 at 11:24 Responder

    Segun lo hablado con un empleado de AGIP, todos los contribuyentes de Convenio que tengan como jurisdiccion CABA (aunque esta no sea la sede) debe confeccionar el DFE.

  9. Valeria 22 septiembre, 2016 at 09:14 Responder

    Consulta: a alguien le llegó el mail de confirmación? Porque hace mas de dos semanas que informé el domicilio electrónico en la agip y hasta ahora nunca me llegó el mail para finalizar el trámite

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