Se establecen nuevos mínimos a efectos de recuperar el carácter de parámetro objetivo representativo de la operación económica alcanzada, o por lo menos es lo que se pretende según los considerandos de la RG. Las disposiciones establecidas por esta resolución general entrarán en vigencia el día 1 de julio de 2016.
REGIMENES DE INFORMACIÓN Y REGISTRACION NUEVOS MINIMOS. RG 3904 | A PARTIR 1/7/16 | ANTES |
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COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y/O MOTOVEHÍCULOS USADOS | ||
Vehículos automotores usados | 100.000,00 | 30.000,00 |
Motovehículos usados | 27.000,00 | 8.000,00 |
CÓDIGO DE OFERTA DE TRANSFERENCIA DE INMUEBLES” (COTI) | ||
Transferencia de Bienes Inmuebles COTI | 1.500.000,00 | 600.000,00 |
TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES REGISTRABLES (CETA) | ||
Certificado de Transferencia de Automootres (CETA) | 100.000,00 | 30.000,00 |
TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES REGISTRABLES. EMBARCACIONES, AERONAVES Y MAQUINARIAS | ||
Transferencia de Embarcaciones, Aeronaves y Maquinarias | 100.000,00 | 30.000,00 |
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