Se prorroga a partir del 1 de septiembre de 2012 y por el término de 30 días corridos la vigencia del horario establecido en el artículo 2 de la Disposición (AFIP) 455/11, es decir que el horario de atención al público, para todas las dependencias de la AFIP, durante los períodos comprendidos entre el 1 de mayo y el 30 de setiembre, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00.DECLARACION JURADA DE SALUD MONOTRIBUTISTAS. CIRCULARIZACION A CLIENTES SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE SU PRESENTACION.
Ante la “nueva” obligación de presentar la DJ de Salud, creo que la mejor opción es circularizar a todos los clientes monotributistas para ponerlos en ...
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