ID 17171872 Evento: 3436 – En caso que me hayan efectuado el débito de cuotas con vencimiento en el mes de mayo, correspondientes a planes de pagos que fueran reformulados por la RG 3451, ¿Cuál es el procedimiento a seguir? 16/05/2013 12:00:00 a.m.
Se deberá presentar en la dependencia que le corresponde al contribuyente y/o responsable, un F. 399 solicitando la reimputación del pago en exceso, utilizando los códigos de origen 079/272/272.
Pasos a seguir:
1º Presentar un formulario F. 399 pueden bajarlo desde ACA.
2º Rogar que procesen el F. 399 (yo tengo algunos presentados hace mas de 2 años que nunca los procesaron).
3º Cruzar los dedos para que el 16/6 debiten solo la diferencia entre la 1º cuota según el plan RG 3451 y lo debitado por los planes reformulados.
4º Los obligados según la RG (AFIP) 3487/2013 a utilizar el F. 399 a través del “Sistema de Cuentas Tributarias” asegurarse que se los tomen en papel o controlar previamente si se puede realizar la reimputación online. (Ver los códigos de origen 079/272/272)
Conclusión:
Este “error” que se produjo mas la imposibilidad de reformular los planes incluyendo la cuota de abril me dejan un gusto amargo en la boca y vuelven a confirmarme que en este país el que paga en termino pierde. Porque se vuelve a beneficiar con tasas bajísimas a aquel que no pago nada y se castiga (de manera excesiva y virulenta) al que quiere cumplir y se compromete a pagar sus obligaciones impositivas y previsionales.
Es vergonzoso lo que hicieron, se les retuvo en forma indebida dinero a los contribuyentes después de haberles dado la oportunidad de reformular los planes de pago que tenían vigente y que recién comenzarían a vencer dentro de 1 mes, mientras que aquel que no había pagado nada tiene hasta el 16/6 para empezar a pagar…
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