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Facturación ¿A partir de qué monto se debe identificar al consumidor final en 2026?

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factura electronica plazo para emision y entrega

La RG 5700/2025 redefine el régimen de identificación del consumidor final y simplifica la facturación en operaciones de alto volumen. Desde su vigencia, la identificación del consumidor final solo es obligatoria cuando el importe de la operación es igual o superior a $10.000.000, eliminando los umbrales diferenciados por medio de pago y la actualización automática por IPC establecida en la RG 1415.

La RG 5700/2025 redefine el régimen de identificación del consumidor final y simplifica la facturación en operaciones de alto volumen. Desde su vigencia, la identificación del consumidor final solo es obligatoria cuando el importe de la operación es igual o superior a $10.000.000, eliminando los umbrales diferenciados por medio de pago y la actualización automática por IPC establecida en la RG 1415

El nuevo criterio se aplica de forma uniforme a comprobantes, remitos, guías y documentos equivalentes, alineando todos los soportes documentales bajo un único parámetro objetivo

En materia de controladores fiscales (RG 3561), se elimina la exigencia de emitir comprobantes electrónicos con datos del consumidor por montos bajos: solo corresponde identificar y emitir factura electrónica cuando se supera el umbral de $10.000.000, tanto en equipos tradicionales como de nueva tecnología .

Respecto del “Facturador” (RG 5198), se prohíbe su uso cuando la operación supera los $500.000, fijando un tope reducido de $250.000 para monotributistas sociales. Además, se elimina la obligación de identificar al receptor cuando la operación esté alcanzada por un régimen particular que ya lo exija.

Facturación

¿A partir de qué monto se debe identificar al consumidor final en 2026?

  • Comprobantes Electrónicos
  • Controladores Fiscales
  • Facturador

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