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IGJ. Tasa Anual 2013. Forma exclusiva de cálculo y emisión de boleta. Resolución (IGJ) 1385/13 y Resolución General (IGJ) 2/13

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El día 20 de septiembre de 2013 vence el pago de la tasa anual de IGJ para sociedades por acciones.  El incumplimiento de las obligaciones de pago será sancionado con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
La tasa a ingresar será calculada de acuerdo a la siguiente escala:

El cálculo y emisión de la boleta de la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones se efectuará en forma exclusiva, mediante el sitio Web oficial, a través del servicio de emisión de tasas de la página.

Una vez en el sitio deberán buscar la sociedad (por numero correlativo de sociedad o por razón social), hay dos opciones seleccionar imprimir directamente o seleccionar enviar por mail, previo a completar el dato del mismo.

IGJ

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