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Controladores Fiscales de Nuevas Tecnologías. Requerimientos por falta de presentación.

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controlador fiscal

La semana pasada a través del Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE) AFIP, muchos contribuyentes recibieron una notificación sobre la falta de cumplimiento del régimen de información de Controladores Fiscales.

El “SIACE”, implementa un procedimiento integral destinado a inducir a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones tributarias y a corregir, en forma temprana, los desvíos detectados. El sistema realiza cruces inteligentes de los datos obtenidos a través de los distintos regímenes de información vigentes y de otras fuentes.

Asimismo, prevé sanciones ante incumplimientos, como limitación del estado administrativo de la CUIT y cambio en la categoría asignada en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), entre otras.

La presentación del Reporte de Resumen de Totales (F. 8011) es obligatoria para los sujetos que utilicen el equipamiento electrónico ‘Controladores Fiscales de Nueva Tecnología’, el cual se deberá generar e informar inclusive cuando no hayan tenido movimientos o emitido comprobantes, los siguientes reportes:

a) Reporte Resumen de Totales, por el período correspondiente.

b) Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase ‘A’, ‘A con leyenda’ y ‘M’ emitidos, por el período correspondiente. Sólo deberán presentar este reporte los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.

¿Cómo se debe cumplir con la obligación de presentar los reportes?

A los fines de cumplir con las obligaciones informativas,  los responsables deberán ingresar al servicio de AFIP ‘Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales’.

La periodicidad para la generación y emisión de los reportes será:

  • Mensual para los monotributistas
  • Semanal para los responsables inscriptos y exentos en el IVA.

A su vez deberán generar semanal o, en su caso, mensualmente, el reporte ‘Cinta Testigo Digital’, que responde a los duplicados electrónicos de los comprobantes emitidos, los que quedarán al resguardo de los contribuyentes.

En conclusión los 3 reportes que emiten los Controladores Fiscales de Nueva Tecnología son:

  • F8010: cinta testigo conteniendo todas las operaciones
  • F8011: cierres diarios con numero desde y numero hasta
  • F8012: duplicado electrónico de comprobantes A y M

¿Cómo controlar que Reportes fueron presentados?

A través del de AFIP ‘Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales’ se puede realizar la consulta de que información fue presentada para cotejar con el requerimiento de AFIP de falta de información.

 

¿Por qué los contribuyentes no presentan los reportes de los Controladores Fiscales de Nueva Tecnología?

Hay varios motivos, el principal esta ligado lo engorroso que es y a la poca sensatez que tiene exigirle a un comerciante que en forma semanal informe sus operaciones y no hay mejor prueba de ello que AFIP está intimando los últimos 5 años, es decir que por años no han hecho nada con una información que se exige se presente en forma semanal o mensual si es monotributista.

Otro punto a considerar es que no en todo el país la conexión a internet es la misma ni funciona de la misma manera, con lo cual el cumplimiento semanal se hace imposible.

Estamos atravesando un cambio en el cual supuestamente se busca desburocratizar y sobre todo simplificar las obligaciones de los contribuyentes y esta sería una gran oportunidad para rever la obligación a cumplimentar este régimen de información absurdo.

El contribuyente debería tener la información a disposición del fisco y este requerirla en los casos que lo ameriten, en vez de estar AFIP  acumulando datos y trasladando el trabajo de proveer la información  al contribuyente.

11 comments

  1. Luciana 15 octubre, 2024 at 11:33 Responder

    Tengo varios controladores que lo usamos de Backup, por lo cual al no estar enchufados, no genera los archivos. Alguien sabe si debo presentarlos de igual forma?

  2. Adrian 7 octubre, 2024 at 15:11 Responder

    Tengo un controlador fiscal Hasar SMH/PT-1000F de Nueva Tecnología, hace un para de meses que no se utiliza, o sea que no tengo movimientos. Por tal motivo no genera los archivos para informar a la AFIP. Cómo debo informar los períodos sin movimiento?

  3. mario 7 octubre, 2024 at 11:21 Responder

    si no descarge los reportes en el periodo de un año, se puede dscargar el año completo y no por semana o mes, subirlo a afip?

  4. ARTURO 7 octubre, 2024 at 09:19 Responder

    Buenos días,
    Una consulta! ¿Como veo las faltas de presentación?
    En el requerimiento no me reclama períodos en especial.

    Saludos

    • Adrian 7 octubre, 2024 at 15:21 Responder

      Hola
      Si entrás a gestión de controladores fiscales (en AFIP con clave fiscal), elegí el contribuyente, entrá como contribuyente, arriba donde dice Gestión de controladores fiscales, ABM consultas, hacés click y te salen los controladores fiscales que tiene el contribuyente,. Te posicionás en el controlador fiscal del cual querés verificar qué reportes faltan, hacés click y el último cuadradito dice Ver DDJJ pendientes.
      Ahí se te despliega un archivo donde sale todo lo que para AFIP está como pendiente.

  5. Miriam 4 octubre, 2024 at 16:28 Responder

    Buenas tardes, los consejos profesionales tendrían que ver este tema ya que es una tarea que en la actualidad se hace casi imposible por la gran cantidad de trabajo permanente. Y el cliente también se olvida de enviar los reportes porque está pensando en generar ingresos

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