AFIP publica la tabla de monotributo vigente de enero a julio 2024 la misma contempla las modificaciones introducidas por la Ley 27.743:
- Parámetros de Ingresos Brutos y Alquileres Devengados vigencia retroactiva 1-1-2024
- Montos (“viejos”) a abonar hasta período Julio 2024 inclusive. Vto. 22-7-2024
- Correcta unificación de tabla hasta categoría K para servicios y venta de cosas muebles.
- Eliminación de categorías “A” y “B” exentas.
buenas tardes. Los agentes de retencion deben tomar la nueva escala que va de enero a julio 2024? Caso puntual un contribuyente que superó el tope de la escala vieja y el agente de retención le retuvo iva y ganancias en la facturación que realizo en el mes de julio sobre la fecha de publicación en boletin oficial
Siguen siendo unos inútiles en imponer un tope de venta! Hay actividades como ebanistas, lutiers, modistas de trajes de novia, artistas plásticos, restauradores de muebles, artesanos etc, cuyos trabajos superan ese tope pero sus ventas son esporádicas y no llegan a la suma el total anual de la categoría ni tampoco están en condiciones de ser autónomos. Los empujan a vender en negro.
Es mi duda también, pero las fechas dice de 1/1 a 31/7.
Puedo hacer una factura hoy que por el monto se pasa del límite anual de monotributo para las escalas anteriores?
tengo la misma duda, en realidad como en la descripcion dice valores desde el 01/01/2024 pareceria qeu si, pero no queiro cometer un error.
La tabla es de aplicación retroactiva o rige a partir del 1 de agosto???