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Impuesto Inmobiliario ARBA Exención para Jubilados y Pensionados

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Las personas jubiladas y pensionadas pueden solicitar en ARBA la exención en el impuesto Inmobiliario Básico, los cuales deben ser propietarios, usufructuarios o poseedores de un solo inmueble.

Impuesto Inmobiliario ARBA Exención para Jubilados y Pensionados – Requisitos

  • Ser el jubilado/a o pensionado/a y/o su cónyuge o pareja conviviente: titular, usufructuario/a o poseedor/a de un único inmueble (vivienda) destinado a uso familiar.
  • El inmueble debe ser planta urbana edificada.
  • La valuación fiscal del Inmueble NO debe superar el monto que establezca las Leyes Impositivas de cada año:

Periodos

Valuación Fiscal

Importes Brutos

Desde enero del 2024
hasta la última fecha de actualización*
$6.000.000 $211.426
2023 $6.000.000 $132.034
2022 $6.000.000 $76.652
2021 $6.000.000 $50.400
2020 $6.000.000 $36.100
2019 $5.000.000 $25.000

Los Jubilados y Pensionados que con anterioridad al ejercicio fiscal 2018, hubieran obtenido la exención, mantendrán la misma en el año 2024 aunque la valuación fiscal del inmueble supere el importe de $ 6.000.000, en la medida que conserven la misma propiedad y cumplan con las demás condiciones requeridas para acceder al beneficio.


* Última actualización: 01/03/2024.

  • El único ingreso de los/las beneficiarios/as  deberá estar constituido por haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto equivalente a 2 haberes mínimos mensuales de jubilación ordinaria.
  • Poseer Clave de Identificación Tributaria (CIT) u obtenerla (Ver trámite de “Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)“).
  • El objeto por el cual se requiere la exención esté vinculado tributariamente a la CUIT/CUIL/CDI de el/la beneficiario/a.
  • Identificación del objeto: número de Partido/Partida.
  • Poseer correo electrónico.
  • La partida debe encontrarse totalmente certificada en el Índice de titulares, independientemente del vínculo que posea en el Padrón de Responsables.
    En caso de no encontrarse certificada: se generará un reclamo en el Sistema de Reclamos y Consultas dirigido al Registro de la Propiedad, en forma automática, arrojando una leyenda que le indicará si cumple con las condiciones, ingresar nuevamente el trámite pasados los 15 días.

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano Público. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.

En el caso de MATRIMONIOS o PAREJAS CONVIVIENTES, los 3 primeros items de la documentación solicitada, deben ser de ambas personas.

  • Documento Único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
  • Comprobante de cobro de jubilación y/o pensión del ANSES / IPS / Caja Profesional. Aclaración: de percibirse jubilación personal y pensión por cónyuge fallecido/a, es requisito presentar ambos comprobantes de cobro.
  • Histórico haberes Anses y/o histórico haberes IPS.
  • Si no es beneficiario/a de alguno de los organismos de Seguridad Social: negativa del organismo al cual no posea jubilación.
  • En caso de ser titular registral deberás presentar la escritura traslativa de dominio.
  • En caso de ser persona extranjera, comprobante de cobro de jubilación y/o pensión, y su conversión a moneda nacional al tipo de cambio oficial. En su defecto, negativa de percepción de beneficio por el consulado o embajada correspondiente.
  • En caso de la solicitante ser persona casada : Certificado de Matrimonio (Actualizado).
  • En caso de la solicitante ser persona viuda: Certificado de defunción del cónyuge.
  • En caso de parejas convivientes deberá acreditarse un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales.
  • Formulario “Solicitud de Exención” (CF05) – otorgado por el sistema al momento de la carga.
  • Declaración Jurada de Solicitud/Afectación (R-999 v5).

 

42 comments

  1. ROSA GRACIELA GHIORSSI 23 abril, 2024 at 16:05 Responder

    BUENAS TARDES EL DIA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2024 PRESENTE TODOS LOS PAPELES PARA SER EXIMIDA DE PAGAR EL IMPUESTO DE ARBA DESPUES DE MUCHO CAMINAR Y MAL INFORMADA ME SENTE PORQUE TENGO DISCAPACIDAD DE MUERTE SUBVITA CON UNA PENSION DE 89 MIL PESOS AHORA QUIZAS CON EL AUMENTO SEA MAS ES LA PUAN Y MI ESPOSO JUBILADO CON UN POCO MAS DE LA MINIMA Y SEGUN LA EMPLEADA QUE SACO LOS CALCULOS VASADA EN DOS JUBILACIONES DEL MES DE ENERO ME NEGO EL TRAMITE PORQUE ME PASO EN 14 MIL PESOS HAY ALGUN LUGAR O CORREO DONDE ME PUEDAN EXPLICAR PORQUE TOMAN LO DE ENERO CUANDO ESTOY INICIANDO EL TRAMITE EN ABRIL QUIERO SABERLO YA NO QUIERO PAGAR MAS NADA PREFIERO GASTAR EN REMEDIOS APARTE LA JUBILACION DE LA MINIMA ES DE MUCHO MAS AHORA

  2. Liliana 20 marzo, 2024 at 12:40 Responder

    Hola, en mi intento por completar el formulario CF05, me fue imposible “adivinar” como completar donde dice “escritura/posesión” así como “fecha desde / hasta”. Soy propietaria jubilada y no encontré alguien que sepa o pueda ayudarme a finalizar el trámite de Exención del impuesto inmobiliario.

    • Gladys 21 noviembre, 2024 at 19:58 Responder

      Hace mucho que hiciste esta consulta y quizás ya lo solucionaste, pero alguien más vea este post y le sirva, donde dice escritura/posesión hay que poner la fecha en la que se hizo la escritura, donde dice fecha desde va la fecha desde la cual solicitas que se te compute el descuento y en la columna donde dice hasta no hay que poner nada te posicionas en el lugar , le das enter y te emite el formulario CF 05

  3. Graciela 15 marzo, 2024 at 11:45 Responder

    lo que deberían Hacer es ver los importes porque teniendo la misma superficie cubierta y el mismo no cubierto yo y muchos pagamos 5 cuotas de $ 22000 a 33.000.- cada una y otros y muchos $6000 por cuotas .Investiguen. lo mismo ocurre con ARQUI .- Soy jubilada casi 40 años de aportes. ssaludos Cordiales . y sobretodo Justicia y Seguridad

    • Ana 15 marzo, 2024 at 17:22 Responder

      soy jubilada con la minima y tengo una casa propia y no quiero hacer tramites…me niego hacerlos.
      con solo ver lo q gano ya esta…no se porque tanto tramite.y me queda pagar luz gas agua municipal ..para comer con solo 160.000 pesos vergonsozo.
      basta de tramites señores no estamos para pedir limozna

      • Ramon 16 marzo, 2024 at 12:14 Responder

        Arba es una máquina de impedir. ni te cuento la exencion de patentes por discapacidad. a mi me tardaron un año y medio rn devolverme unos pagos de patente. por otro lado tenés a los chocolates y los grandes como barrios cerrados q no pagan y no los controlan. Realmente los jubilados no tendrían q pagar por la vivienda única.

  4. Dardo Garcia 15 marzo, 2024 at 10:11 Responder

    te cuento Axel.Si queres ser presidente dentro de 4 años,hace las cosas rapidas y sin vueltas.DNI,escritura o justificativo a nombre de nuestros padres o abuelos,sin tanta vuelta.LOS datos de los jubilados y pensionados lo tienen ustedes.Y NO SE HAGAN MAS LOS RULOS

  5. Javier 15 marzo, 2024 at 10:00 Responder

    hola pregunta y si la hacen más fácil no es mejor.SI EN LA BOLETA ESTAN TODOS LOS DATOS.CON PRESENTAR EL CARNET DE JUBILADO YA ESTÁ Y DE HAY SACAN LOS DATOS QUE LE FALTAN . CUÁNTO COBRAS EXCETERA 2024 G AXCEL POR QUE TAN COMPLICADO TODO PARA NOSOTROS ESPERO CAMBIE SI REALMENTE ES UN BENEFICIO PARA NOSOTROS SALUDOS Y BENDICIONES 🙏🏻🙏🏻🙏🏻

    • Paniagua Marta 15 marzo, 2024 at 08:06 Responder

      La verdad no tienen vergüenza, tendría que ser automático para todas las personas de la jubilación y pensiones mínimas.Si tienen todos los datos.Te lo hacen difícil para qué te cansen y muchas personas no saben tanto de la tecnología,son unos miserables

      • roberto 15 marzo, 2024 at 10:22 Responder

        Sencillisimo, no entendí nada no se sí hay que ir en ayunas. Porque hacerlo tan difícil creo que con la escritura los pagos en orden, documento y recibo de jubilado suficiente.

    • Magdalena Lopez 15 marzo, 2024 at 14:58 Responder

      Tienen todos los datos super claros.
      Pasa q te sacan a relucir como deudas raras desde 2015 antes q se cumplan los 10 años, y q tenes q ir a buscar para defenderte. Horas y horas gastadas de nuestros pocos años por delante.
      Por suerte nuestras generaciones guardaban todo y curiosamente, después, estan reclaras y a tu favor. Ya no saben como seguir exprimiendo a los mismos viejos clase media q empobrecieron. Sin alma. Des almados. Todo tendria q ser automatico ya

      • Maria esther 16 marzo, 2024 at 13:51 Responder

        ESTOY DE ACUERDO.TIENEN TODOS NUESTROS DATOS…Y TECNOLOGIA PARA BUSCARLOS…ESTE GOBERNADOR ES UN INUTIL MARIONETA DE SU JEFA..

  6. Marisa 15 marzo, 2024 at 00:46 Responder

    De cuánto hablamos exactamente cuando se refieren a 2 jubilaciones ordinarias mínimas? A las de ANSES o las de la provincia de Bs. As?

  7. Patricia Agnelli 15 marzo, 2024 at 00:06 Responder

    Para los jubilados, la extensión debería ser automática. Ahora q pueden entrecruzar datos, no tendrían q dar tantas vueltas pidiendo tanta papeleria

      • Ana Maria 15 marzo, 2024 at 19:06 Responder

        Tantos requisitos cuando saben perfectamente lo que ganamos los jubilados y lo que cuesta nuestra vivienda. cuando necesitan los votos consiguen rápido los datos. manga de impresentables.

    • Viviana 15 marzo, 2024 at 05:18 Responder

      En cada dependencia del estado hay un trámite del arbolito. El lema es” si te la puedo complicar, para qué te lo voy a hacer fácil “.
      Estamos hartos de tanta burocracia. Tienen todos los recursos para obtener la información sin tanto papeleo. Trabajen! Entiendan de una vez que brindan un servicio y sus salarios salen de nuestros bolsillos.

  8. Marcelo 14 marzo, 2024 at 16:23 Responder

    lo q no se entiende es dos cosas importantes
    1) q piden sucesión cuando es una fortuna y hay dinero para eso muchas veces, tendria w ser suficiente la documentacion q acredite q el el conyuge fallecido es marido o esposa de wuien solicita el beneficio.
    2) poner un valor determinado de la propiedad cuando la mayoría o gran parte tienen el inmueble desde hace años cuando se podia construir algo importante, osea q vivir mejor ahora les es un i
    medimento

  9. María susana galbiati 14 marzo, 2024 at 15:00 Responder

    yo no lo puedo solicitar porque el garage no está inscripto dentro de la escritura de la casa pago arba por el garage 1 vez al año pero como tiene otra partida o sea figura 2 propiedades no me exceptúan del impuesto una verguenza porque si fuera una casa no pagaría el impuesto e vez al año y cobro la mínima

    • Hector 14 marzo, 2024 at 16:59 Responder

      Ellos ganan fortuna y sin lagurar y a nosotros que nos rompimos el cupo, pagando para no tener problemas, que grado de estupidez tenemos. NO HAY QUE PAGAR MAS NADA!
      Mantenemos parásitos sin escrúpulos, mentirosos y millonarios gracias a cagarnos la vida a todos. HDP

  10. Graciela riffo 14 marzo, 2024 at 12:52 Responder

    es una cargada ..yo no pude hacer el trámite x pasarme x 30 mil..cómo si eso fuera mucho..alos jubilados y pensionados x viudes No..c nos tienen en cuenta…ni bonos ni caja alimentaria ni Nada….

    • Noemi 15 marzo, 2024 at 17:14 Responder

      A los que tenemos todos los impuestos al día, Arba y Municipal, el gobierno nunca hizo un descuento, beneficio, regalo o atención. Algo????

      • LILIANA 15 marzo, 2024 at 23:23 Responder

        En quilmes, si uno está al día con el municipal hasta el mes de octubre, te bonifican el mes de diciembre.O Sea no tenes que pagarlo.
        Con ARBA ningún descuento.Ya es insostenible está situación.
        TODO EL PUEBLO A LA CALLE.
        NO HAY PLATA. SEÑORES!!!!..
        MALANDRASSSSSS!!!!!!.

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