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Monotributo suspensión de la exclusión y baja automática. RG 5421/2023

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Mediante la RG 5421/2023 se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Monotributo.

Asimismo se suspende transitoriamente, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, la consideración de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.

Vigencia: 25-9-2023.

Monotributo suspensión de la exclusión y baja automática – Resolución General 5421/2023

RESOG-2023-5421-E-AFIP-AFIP – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Resolución N° 1.416/23 (MECON). Suspensión de la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago.

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02331349- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1.416 del 21 de septiembre de 2023, el Ministerio de Economía encomienda a esta Administración Federal de Ingresos Públicos, entre otras medidas, a suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el mecanismo de baja automática previsto en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios.

Que, en virtud de la intervención encomendada a este Organismo, corresponde reglamentar el aludido beneficio.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, sus modificatorias y sus complementarias.

ARTÍCULO 2°.- Suspender transitoriamente, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios, la consideración de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.

ARTÍCULO 3°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

RG 5421/2023 e. 25/09/2023 N° 77011/23 v. 25/09/2023

Fecha de publicación 25/09/2023

4 comments

  1. LUCIA GRACIELA HASHIGUCHI 27 septiembre, 2023 at 11:42 Responder

    BUEN DIA TENGO UN CLIENTE CON EL MISMO CASO DE ANALIA , PORFA CUANDO CONTESTE AFIP NECESITO QUE ME HAGAN CONOCER. AYER HICE UNA CONSULTA TELEFONICA Y ME DIJERON QUE EN ESE CASO DE BAJA DE OFICIO ANTERIOR A LA PUBLICACION NO ES APLICABLE LA RESOLUCION. SALUDOS GRACIAS

  2. Analia 25 septiembre, 2023 at 12:04 Responder

    Buen día. Si fui dada de baja en julio 2023 por exclusión de oficio, esto aplica en mi caso???? Dado que hice una apelación fuera de termino ya hace un mes y aun no obtuve respuesta.
    Gracias Analía

    • Alejandra 26 septiembre, 2023 at 17:25 Responder

      Tengo el mismo caso. Aun no me respondieron. Ademas la cliente me pregunta si puede facturar un poco mas que la escala de monotributo por que en el anuncio se dijo que se va a tomar en cuenta la nueva tabla 2024. Gracias!

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