Un contribuyente que no realizó la recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA ¿Puede modificar su categoría en una fecha posterior al vencimiento de la recategorización?
Recordemos que la recategorización es cuatrimestral, debiendo realizarse hasta el último día en los meses de enero, mayo y septiembre de cada año siempre que el contribuyente haya tenido cambios en su nivel de facturación, superficie y energía eléctrica consumida que modifiquen su categoría.
El Régimen Simplificado cuenta con recategorizaciones cuatrimestrales, la próxima será en mayo del corriente año.
En el caso de querer modificar dicha categoría -fuera del plazo para la recategorización-, deberá acreditarlo mediante expediente electronico adjuntando la siguiente documentación:
-DNI
-Sistema Registral de AFIP (lo obtiene con su clave FISCAL- en Datos Registrales)
-Listado de ingresos obtenidos por los periodos que deberían haberse tenido en cuenta para la recategorización. (Ejemplo: Recategorización enero se listarán los períordos 01/2021 a 12/2021), acompañado de las facturas correlativas y legibles por los mismos periodos.
-Nota en carácter de Declaración Jurada realizando su solicitud.
El Expediente Electrónico se realiza a través de la web www.agip.gob.ar con Clave Ciudad y deberá adjuntar dicha documentación.
Pasos para realizar el tramite de cambio de categoría
Ingrese con su CLAVE CIUDAD y seleccione el servicio TAD (Tramite a Distancia)
Una vez que ingrese a TAD puede realizar el trámite seleccionado en sólo tres pasos:
1-Ingrese tus datos
2-Adjunte la documentación y/o complete los formularios
3-Confirme el trámite.
Cabe señalar que la documentación solicitada es excluyente. En el caso de no estar, o de ser incompleta no se procederá a modificar la categoría actual.
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