La RG 4855/20 establece los requisitos y condiciones para que los monotributistas y los sujetos incriptos en el Impuesto a la Ganancia puedan acceder a los beneficios establecidos en el Art. 17 de la Ley 27541:
- Exención de Monotributo.
- Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias.
- Micro y Pequeñas Empresas – Amortización acelerada.
Entre los requisitos para poder acceder el contribuyente no debe poseer deudas líquidas y exigibles a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 27562 (26/8/20) correspondientes a las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, relativas a los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2017, inclusive.
Si bien esta condición deja afuera a muchos contribuyentes que poseen deuda a esa fecha, aquellos que posean Saldos a favor con fecha anterior al 26/8/20 tienen la posibilidad de realizar una reimputación de esos saldos y cancelar esas deudas, cuya cancelación impactará en el sistema con la fecha de origen de ese saldo a favor y en estos casos podría permitirle al contribuyente (si salda toda la deuda existente ente el 1/1/2017 y el 26/8/2020) acceder a los beneficios de contribuyentes cumplidores.
Otro problema que esta surgiendo al momento de solicitar el beneficio, es para aquellos contribuyentes que poseen deuda que si bien está prescripta el sistema la toma como un incumplimiento de las condiciones y no permite solicitarlo. Para estos casos esta la opción de solicitar revisión a través de Presentacione Digitales.
Buenos dias, desde que accedi al beneficio para contribuyentes cumplidores, excento del pago del componenten monotributo impositivo, swiss medical me empezo a cobrar con el iba por que dice que no “sucede que hasta abril le estaban facturando sin el 10.5% de IVA pero a no ingresar aportes se factura como socio directo y en mayo tiene aplicado el IVA, de ahí surge la diferencia.”
alguien me puede ayudar?
Buen día, como están.. alguien sabría explicarme por que en el portal de monotributo me figura como saldo impago el mes de Enero 2021 a pesar de tener el Beneficio por Contribuyente cumplidor?? De hecho en una línea figura Saldo a pagar (la cuota de enero) y en la línea siguiente de Próximo Vencimiento aparece el cartel recordando que estoy exceptuado del pago. Un poquito contradictorio el portal..
Agradeceré cualquier aclaración, saludos..
Estoy igual que vos … me figura como que debo el componente impositivo de Enero y Febero y ahora parte de Marzo. El tope del beneficio es 17500…. beneficio no se para quien porque los de la AFIP siguen mostrando como adeudado…. y devengando los punitorios…
Lo pudieron solucionar, me empezó a pasar este mes
Buen dia!
Pudieron resolver esto? a mi me figura igual que a vos!! saludos
Me sucedió lo mismo, ¿pudiste solucionarlo?
saben que formulario hay que descargar para pagar jubilación y obra social una vez que obtuvimos el beneficio?
gracias y saludos
HOLA POR ERROR HICE UN PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL ART Y TODOS LOS ITEM DEL FORMULARIO 931 A MI CUIT PERSONAL DONDE NO ESTOY INSCRIPTOS EN ESOS IMPUESTOS ME INFORMA LA AFIP DEL ERROR INVOLUNTARIO ME PIDEN QUE ENVIE UNA REIMPUTACION DE PAGO YO LA REALIZO Y AHORA LA ART ME RECLAMA EL PAGO DE ESE ITEM Y VUELVO A PEDIR QUE LE REIMPUTEN Y ME DICEN QUE LOS SOLICITANTES NO ESTAN INSCRIPTOS A PESAR QUE LES MANDO MUMERO DE CUIT DE LA ASEGURADORA NO SE COMO RESOLVER ESTO AYUDENME
Buen día. Una persona que desarrolla una actividad por la que está inscripta en ganancias, también es empleado en relación de dependencia. ¿ Puede pedir el beneficio?. Gracias por la ayuda
Buenas tardes, alguno me podría indicar como solucionar un error involuntario que no es de este tema.
Por error se pago el concepto 351-369 No Sipa cuando en realidad correspondía el 351-368 Sipa.
Alguien sabe como puedo hacer para reimputar ese pago mal hecho.
Gracias
Hola, mediante 399 solicita la re imputación, y adjuntando multinota, con la explicación del error al momento del pago. Todo por Presentaciones Digitales
No me permite reimputar pagos de obra social monotributo código 24. Se puede solucionar? gracias
La de Obra Social va por Presentaciones Digitales la solicitud
tenes que hacer el F 399 y presentarlo junto al comprobante de pago mediante presentaciones digitales
Coincido con Enrique
Mi marido tiene un restorante
Acá en futaleufú
Hasta el día de hoy no podemos abrir por falta de recursos de eso vivimos ,sufrimos un incendio en la casa y ahí está forrado con zig y unas planchas .
Yo con una patología que no tiene cura esclerodermia y me influye más desde que empezó la pandemia a la fecha no hemos podido abrir para poder cumplir las reglas de sanidad y para eso se necesita hacer algunos cambios empieza la temporada y nosotros no tenemos recursos hemos hecho todo lo posible para hacer los proyectos que han salido
Pero es como el kino
Ya estoy en crisis con mi patologia
Hay día que no hay que comer
Tengo fe en Dios
Hola colegas. a un cliente inscripto en Ganancias le pedí el Beneficio de la deducción especial.
Pero luego me llama y me dice que quiere el otro Beneficio de la amortización acelerada, pues había comprado un Bien de uso.
Mi pregunta es: se puede desistir y luego volver a pedir el Beneficio de la Amortización.
Muchas gracias.
pudiste resolverlo, tengo el mismo caso!!
La denegación del beneficio por deuda prescripta (último párrafo del artículo) no puede darse porque se valida libre deuda desde 2017 en adelante.
Me paso con un cliente que tenia deuda de 5 pesos de un interés anterior al 26/08/20 y un saldo a favor de 200 pesos del 2019. Se lo compense y realice una presentación para que se lo habilite a pedir el beneficio. Me contestaron que no se lo daban porque a la fecha de corte tenia deuda….. 5 pesos… daleeeee!!
Lucila,
Está funcionando para reimputación, al parecer para compensación no… el problema sería la fecha que informa en el sistema en la compensación es la actual y en la reimputación sería la del pago original.
Todo esto que te cuento, basado en experiencias de distintos colegas…
Excelente Carla, muy buena tu nota. Exitos
Carla,
Capaz me exprese mal. Tenia SAF y deuda en el CCAM, los reimpute ahí mismo y las cancelaciones pasaron a tener las fechas del SAF que traía del 2019. Por ende, y lo que entiendo, quedo todo pagado al 26/08. Luego espere 24 hs para “que les impacte en el sistema” y realice la solicitud de revisión de la denegatoria. Así y todo, me contestaron que no la iban a modificar 🙁
Pienso probar de nuevo antes del vencimiento. Si conocen otra opción, por favor, es bienvenida.
Recién probé reimputar unos saldos a favor por importes menores a los mensuales a dos periodos 07 y 08/2020 y cancele los saldos por Vep. Espero a mañana que impacten y recién voy a hacer la solicitud a ver como se comporta el sistema con em mix de reimputación y pagos por vep
estimados, saben si esto que me sucede es un error de AFIP? el primer mes de mi prestamo tasa 0 fue el mes 5. Ese mes pague el monotributo mediante el prestamo, pero me sale impago en AFIP sumando intereses, y por otro lado, me figura el valor del monotributo como saldo a favor, por lo cual no puedo acceder a los beneficios de esta ley
Caro,
Coincido, lo que comenta Enrique, como él mismo aclara no está en la norma… Se empezó a hacer una bola de dudas con este tema y de para que el botón de desistir, etc y la verdad que por el momento no hay nada en la norma.
Ahora de seriedad ya no nos queda nada…
Tal cual! El marco jurídico del país, cada vez más, es menos confiable 😂
Buenos días, hay que tener en cuenta que este beneficio pueda restringir la compra de divisas, no esta especificado pero es una probabilidad,.
Saludos,
Nrike
Entiendo que deberíamos proceder de acuerdo a la Ley que tenemos. No podrían existir modificaciones retroactivas. O no tenemos normas tributarias serias???
Juaaaaaaaaaa