El Decreto 522/20 establece para los contribuyentes y/o responsables encuadrados en el Régimen General del ISIB de Córdoba la no exigibilidad de la obligación de pago del importe mínimo mensual correspondientes a las mensualidades de julio a diciembre del año 2020.
Decreto (PE) Nº 522/2020 Artículo 10°.- ESTABLÉCESE para los contribuyentes y/o responsables encuadrados en el Régimen General del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la no exigibilidad de la obligación de pago del importe mínimo mensual establecido por el Código Tributario Provincial (Ley N° 6006 to. 2015 y sus modificatorias) correspondientes a las mensualidades de julio a diciembre del año 2020.
Esto Sigue vigente para 2021?? el SIfere no calcula el minimo. gracias