Mediante la RG 2592 la AFIP legalizó, la noticia que venía circulando hace ya un tiempo. Estableciendo un plazo especial para la presentacion de las DJ de Ganancias y Bienes personales del periodo 2008, para personas fisicas.
C.U.I.T.——VENCIMIENTO
0 ó 1————Hasta el día 11, inclusive
2 ó 3————Hasta el día 12, inclusive
4 ó 5————Hasta el día 13, inclusive
6 ó 7————Hasta el día 14, inclusive
8 ó 9————Hasta el día 15, inclusive
La prorroga es solo para la presentacion de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes personales, el ingreso del saldo de las mismas debe cumplirse en los plazos que establece la RG 2530.
Prorroga Ganancias
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