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10 Preguntas sobre como cargar la información que solicita el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)

Les comparto este material subido hoy al mediodía originalmente en la página para los  suscriptores de contadoresenred.forumjuridicofiscal.com.ar .

Ya que la cantidad de consultas recibidas por este tema fueron muchísimas y mañana sería el último día para poder cargar la información. Esperamos que sirva.

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10 Preguntas sobre como cargar la información que solicita el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)

1. ¿La actividad del Empleador no figura en los listados, puedo inscribirlo en el programa ATP?

Sí, la AFIP aclaró en su página web “Todos los empleadores, sin importar la actividad que desarrollan ni la cantidad de trabajadores que se desempeñan en su firma, pueden anotarse en el Programa”. La inscripción al programa es posible incluso para aquellas actividades consideradas esenciales. Al inscribirse los empleadores no renuncian a ningún beneficio previsto en el programa.

2. ¿El sistema pide el monto total nominal de todas las ventas, debe ingresarse el total de ventas neto (sin impuestos) o el total de los comprobantes (con impuestos incluidos)?

Este punto ha generado distintas posturas, creo que lo importante es que en la información que se suministre en el sistema se visualice la disminución entre ambos períodos (12-3-2019 a 12-4-2019 y 12-3-2020 a 12-4-2020).
Y si bien el sistema pide el monto total de las ventas, es decir con impuestos incluidos, esto puede a veces generar distorsiones que no permitan la comparación. Asimismo AFIP informó que las ventas a informar son las ventas netas.
Ejemplos de distorsión: El caso de un contribuyente que en 2020 paso a ser agente de recaudación, es evidente que las ventas del 2020 contendrán un factor que no permitiría compararlas con las del 2019. Caso de empresas exportadoras que en 2019 exportó mucho más que en 2020 en este caso el IVA cambia la proporción y afecta también la comparación. Las notas de debito por cheque rechazado, que tiene gravado solo los gastos bancarios del rechazo, si tomamos las ventas totales, el valor de los cheques rechazados sumados en el total también afectaría la comparación.
La decisión quedará en función al criterio profesional de cada uno y quizás sea necesario evaluar los casos de algunos clientes en particular.

3. ¿Tengo que usar el formato de la Planilla de Referencia?

No es obligatorio, justamente el sistema informa que es un archivo modelo, es decir para usar como guía, por lo cual podrán utilizarse los archivos que generen los sistemas contables propios y hasta la información que surge de “Mis Comprobantes Emitidos”.
El problema más grave a resolver es para aquellos contribuyentes que utilizan controladores de vieja tecnología y que al no poder circular no tiene acceso a esa información. Para ellos debería haber algún tipo de contemplación.
Formatos permitidos: .xls., .xlxs, .ods, .csv, o .pdf.

4. ¿El tipo de comprobante no aparece en el listado de AFIP?

En la Planilla de Referencia que se puede descargar de la página, se remite a una listado de códigos de AFIP, que no contempla todas las situaciones actuales pero volvemos a insistir esa planilla es un modelo, por lo cual si hay códigos que allí no figuran podrían usarse otros. Una opción es utilizar los códigos que su utilizan para el Régimen de Información de la RG 3685 (Se adjunta como Anexo).

5. ¿Descargue la información de “Mis Comprobantes Emitidos” la envío así como esta?

Recordemos que de la información que se descarga de “Mis Comprobantes” hay que tener en cuenta que la Notas de Crédito las informa en positivo, por lo cual sin van a sumar los totales desde esta planilla la Nota de Crédito debería ir restando, sino el importe no les va a coincidir con lo informado a AFIP oportunamente.
Lo mismo pasa con las facturas que están en moneda extranjera, que el sistema las informa en la moneda de origen, habría que modificar el listado y utilizar el Tipo de Cambio que se informó (figura en la planilla de “Mis Comprobantes Emitidos”).
Yo opté por además sumar los totales de la columna, para control y para que a simple vista también se pueda ver que coincide con el importe informado.

6. ¿Las ventas son la única información a presentar?

No, los empleadores con nóminas mayores a 100 trabajadores, deberán informar otros datos adicionales.

7. Cuando descargo el certificado de cumplimiento de la información económica los números se muestran sin puntos ni comas. ¿Debo rectificar y volver a cargar la información?

No, es un problema del sistema, la primera vez que se descarga el certificado (al momento de realizar la presentación) lo hace con los valores correctos, pero si se vuelve a descargar nuevamente el certificado los valores aparecen sin puntos ni comas.

8. Una vez presentada la información ¿Debo realizar alguna otra tarea?

Una vez presentada la información el sistema alerta que es imprescindible haber declarado el CCT, dato que es necesario ingresar para poder dar un alta y también que se deberá disponer del CBU de los empleados. Esto se debe a que la Asignación Complementaria será abonada en forma directa por ANSES a los empleados y para poder hacerlo deberá tener un CBU donde depositar el dinero.

9. ¿Dónde informo el CBU de los empleados?

En principio la página advierte que el empleador debe contar con los datos del CBU de sus empleados y si bien dentro del servicio “Simplificación Registral – Empleadores” existe una opción para cargar el CBU por empleado, todavía no hay confirmaciones si deberá realizarse la carga a través de este servicio.
Pero para ir adelantando tareas, deberíamos pedirles a los clientes el listado de los CBU de los empleados para ya contar con la información.

10. ¿Qué pasa si el empleado cobra su sueldo en efectivo?

Esta es una situación bastante común, en estos casos primero le consultaría al empleado si posee una cuenta en algún banco como para que pueda cobrar a través de ese CBU. En caso que no tenga, habría que evaluar opciones de cuentas virtuales como “Cuenta DNI” del Banco Provincia o similar.

 

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