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Solicitud de Exención de I. Brutos CABA de pleno derecho para evitar retenciones y percepciones

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Los contribuyente que sean sujetos exentos de pleno derecho en el impuesto sobre los Ingresos Brutos CABA podrán a través de esta herramienta de carácter voluntario solicitar la inscripción en el “Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”, con el fin de no ser alcanzados por retenciones y/o percepciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El presente Registro está dirigido a quien ejerce su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa en esa jurisdicción y que se encuentra exento de pleno derecho al pago del impuesto sobre los ingresos Brutos en virtud de lo establecido en el Art. 179 inc. 7 del Código Fiscal (T.O.2015) y
Decreto Reglamentario Nº 2033-GCBA-2003.-

Pasos a seguir:

1º Iniciar el tramite a través de la Consulta sobre exenciones ISIB de pleno derecho.
Este trámite permite clarificar dudas acerca de profesiones o actividades que se encuentren exentas de pleno derecho y no requieran inscripción en el impuesto.
¿Qué información se requiere para realizar este trámite por mail?
• N° de CUIT/CUIL
• Correo Electrónico
• Sobre qué profesión y/o actividad debe consultar si está exento de pleno derecho
¿Cómo se realiza el trámite?
1. Complete y envíe el formulario de Trámites por Mail.
2. A continuación recibirá un correo electrónico con un link al que deberá acceder para validar su casilla de correo electrónico dentro de las 72 hs.
3. Luego, recibirá un mail de confirmación indicando que su ticket ha sido creado y número para seguimiento.
Pueden realizar el tramite desde ACA.

2º Una vez realizada la consulta AGIP enviara un mail del cual podrá descargarse la respuesta a la consulta a través de un link, en el mail también figura el numero de tramite.

3º Si se desea exteriorizar la exención de pleno derecho frente a terceros, podrá hacerlo registrándose a través de la página Web de AGIP.

¿Cómo registrarse como exento de pleno derecho?
– Tramitar la clave Ciudad Nivel “1”
– Una vez obtenida la clave Ciudad, ingresar al link https://clusterapw.agip.gob.ar/claveciudad/?s=agip_exen
– Asignar el servicio denominado “Registro de Profesionales Exentos”.
– Completar los datos requeridos, enviar la solicitud e imprimirla.

56 comments

  1. Hidla 18 septiembre, 2023 at 14:56 Responder

    Buenas tardes, Consulto si para gestionar el certificado de profesionales exentos en AGIP, se debe estar inscripto solo en la actividad profesional? o por ejemplo si desarrollo la actividad de Contador, pero además estoy inscripta como locación de inmuebles con destino a casa habitación, esta segunda actividad seria una limitante la realizar el registro de exento?
    gracias.

  2. Celina 7 abril, 2022 at 18:09 Responder

    Buenas tardes, realice los tramites para ser exenta de ingresos brutos ta que tengo domicilio en CABA. La consulta es, donde presento mi titulo universitario?

  3. Susana Espil 27 mayo, 2021 at 19:37 Responder

    Buen dia.
    Presenté la solicitud de inclusión en el registro de profesionales exentos en AGIP. Pasados varios meses recibí un mail en el que me indican que la solicitud fue rechazada. Me pueden decir qué trámite debo hacer para saber el por qué del rechazo y cómo seguir para que reconozcan la exención?
    Muchas gracias

  4. ContadoraMartaR 18 mayo, 2021 at 18:15 Responder

    Hola! Una persona exenta y reconocida como tal, igual debe inscribirse para obtener un número para colocar en las facturas? Afip lo requiere para facturar en l´nea y la imprenta también lo solicita. Gracias!

  5. Laura Paniagua 17 mayo, 2021 at 10:16 Responder

    Buen dia. La solicitud que presentó una cliente para la exención de AGIP como profesional fue rechazada. Me pueden decir qué trámite debo hacer para saber el por qué del rechazo y cómo seguir para que reconozcan la exención?
    Muchas gracias

  6. Josefina Fernández 7 enero, 2019 at 19:59 Responder

    Tengo un cliente para inscribirse en CM por empezar a ejercer tmb en pcia de Bs As. estos tramites siguen siendo como dicen en estos post? Sé que con Sircreb hay temas de retenciones que hacen y dps hay que reclamar. Alguna rwecomendacion para evitar eso??? Gracias!!!

  7. jacqueline 10 mayo, 2018 at 21:31 Responder

    Buenas noches, tramité el certificado de exentos para profesionales en CABA, me lo otorgaron pero siguen reteniendome en la cuenta bancaria. Basta con solo presentarlo en la entidad bancaria o debo hacer otro trámite ? Gracias !!

  8. Giselle P 6 marzo, 2018 at 16:49 Responder

    Estimados,
    Me pasa lo que a un par en los comentarios. Soy socióloga y (doy fe) hasta tener que solicitar la exención ni me había enterado de que era necesario tener matrícula.
    Hay un Colegio, una ley que supuestamente nos obliga a matricularnos (Ley 23553 en Infoleg) pero en la práctica nadie jamás lo hace ni se lo piden. Si mirás el listado de matriculados del Colegio son 100 con toda la furia!
    Sin embargo en AGIP me lo piden como condición, agarrándose de esa normativa que nadie cumple ni es requerida nunca. ¿Se puede hacer algo? ¿Una declaración jurada? ¿Me puedo dar de baja de IIBB directamente o me van a complicar la vida después?
    Si alguien puede ayudarme se lo súper agradezco. Saludos y muy buen sitio!

    • Melisa 4 junio, 2018 at 20:42 Responder

      Giselle estoy en la misma. Tambien soy sociologa. No me parece que nos obliguen a matricularnos. Pudiste averiguar algo mas sobre este tema?

  9. javier 9 octubre, 2017 at 23:39 Responder

    hola, estaba intentando completar el formulario para la excencion de IIBB, pero cuando intento enviar el formulario me salta un error que dice “debe ingresar un informe”. saben a que se refiere? gracias!

    • Paz 1 febrero, 2018 at 12:52 Responder

      Hola Javier, me pasa lo mismo cuando quiero generar la exencion por un profesional. Sabes porque salta ese error? Lo pudiste soluciona?
      Gracias!

    • Emilia 4 abril, 2018 at 21:50 Responder

      Hola Javier. A mí me sucede lo mismo. Me da error inesperado intente nuevamente. A ésto he intentado más de 10 veces y sale el mismo mensaje. Ni idea porque no me permite hacer inicio a dicho trámite.

  10. Fernando 8 octubre, 2017 at 18:39 Responder

    Hola, soy CP domiciliado y matriculado en CABA y como tal estoy exento de IIBB. Ahora di de alta una sociedad monotributista junto con otro colega domciliado y matriculado en CABA, la sociedad monotributista tambien la inscribi en el Consejo y tiene Tomo y Folio asignado. Mi pregunta es si esta sociedad monotributista también esta exenta de IIBB o debe tributar IIBB en CABA (mis clientes son todos de CABA). Gracias!

  11. lorena 24 agosto, 2017 at 17:40 Responder

    MUCHAS GRACIAS ESTIMADOS EXCELENTE INFORMACION…recordar ahora mismo 2017 no estan respondiendo mails de hormail, solo puede ser gmail o yahoo detalle que nadie dice…

  12. Barbara 18 abril, 2017 at 15:17 Responder

    Buenas tardes,
    Soy profesional y tengo domicilio en provincia pero brindo mis servicios en capital . Puedo tramitar la excención de IIBB

  13. Mariana Salomon 20 marzo, 2017 at 18:36 Responder

    Hola soy abogada con matricula en Capital y Pcia. Estoy inscripta al convenio multilateral. Estoy inscripta al IVA y tengo una empleada. Realice el tramite de inscripción al padron y cuando ingreso a ver el estado me dice “su tramite ha sido rechazado”. No solo eso sino que el SICREB debido a esto me esta reteniendo el 7% de todos los ingresos.
    Que debo hacer.

    • Carla Lombardi 21 marzo, 2017 at 09:02 Responder

      Mariana,
      Esta es una pagina para contadores, no realizamos asesoramiento a particulares.
      Lo que podrias hacer es buscar un profesional por tu zona para que te asesore correctamente.

  14. Pedro Valenzuela 7 febrero, 2017 at 18:04 Responder

    Estoy exento de ingresos brutos, y exento de retenciones en la Provincia de Buenos Aires y estamos inscriptos solamente en Provincia, no tenemos inscripción en el sistema multilateral ¿corresponde que me hagan retenciones de ingresos brutos en CABA? En el caso que no corresponda ¿que formularios tengo que aplicar, o tengo que pedir la exención en CABA aunque no esté inscripto?

  15. Laura 20 enero, 2017 at 10:21 Responder

    hola, estaba intentando completar el formulario para la excencion de IIBB, pero cuando intento enviar el formulario me salta un error que dice “debe ingresar un informe”. saben a que se refiere? gracias!

  16. Carolina 26 diciembre, 2016 at 16:09 Responder

    Hola! seguí los pasos vía web como indica, me anoté en el “Registro de Profesionales Exentos”, tengo que esperar una confirmación? saben cuanto demora? muchas gracias!

  17. Carolina 22 noviembre, 2016 at 16:53 Responder

    Buenas tardes. Soy ingeniera en informática de la UBA. Al realizar el tramite, seleccione la opción de no poseer matricula ya que no la poseo ni la requiero para el ejercicio de mi profesión actualmente. Al reclamar el estado del tramite me pidieron que ingrese los datos de la matricula, ¿lo pueden exigir para declarme exenta?
    Muchas gracias. Saludos.

    • Adrian 18 octubre, 2017 at 15:20 Responder

      Hola. Hablé con AGIP y me dijeron que los profesionales de carreras con matrícula, deben matricularse para obtener la exención. Aunque la norma no lo pida, AGIP lo exige.
      Saludos

    • Gustavo 9 marzo, 2018 at 19:44 Responder

      Son unos delincuentes, me pasa lo mismo. Soy ingeniero en informática, pero al realizar el trámite,te exigenuna matrícula que por supuesto no es necesaria para ejercer la profesión, contradiciendo la ley y la reglamentación. La matrícula se supone que se obtiene de un consejo desconocido que debe tener 200 afiliados. Una verguenza.

  18. silvia 18 noviembre, 2016 at 16:48 Responder

    Buenas tardes. Me pueden ayudar? Me están pidiendo una nota con carácter de declaración jurada donde se deja constancia de la condición de exento de un profesional ( médico). No me queda claro si hay algún modelo existente o basta con el trámite realizado en le padrón de profesionales autodeclarados exentos. Gracias!

  19. Nancy 8 noviembre, 2016 at 16:27 Responder

    Hola a todos!! tengo una consulta para hacer!, Realice todos los pasos para obtener el certificado de exencion al impuesto, sin embargo cuando tengo que cargar mis datos y seleccionar algunas opciones obligatorias no lo puedo hacer porque no encuentrola opcion asociada a mis condiciones. Por ejemplo: mi carrera fue de menos de 4 años, solo 3 y esta opcion no esta incluida. Lo mismo me pasa con el lugar donde estudié, tampoco esta en el listado.
    En fin, no puedo imprimir el comprobante, a alguien le ha pasado esto¨alguien tiene una solucion?? Gracias!!

    • walter 15 noviembre, 2016 at 10:54 Responder

      hola Nancy el ariticulo 179 inc 7 del codigo fical habla de profesiones liberales universitarios con 4 o mas años de carrea,
      7. Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales
      universitarias de grado oficialmente reconocidas, cuya carrera tenga una
      duración no inferior a cuatro (4) años y no se encuentre organizada en forma
      de empresa.
      saludos

    • Aquiles 16 noviembre, 2016 at 12:16 Responder

      La excención es sólo para profesionales universitarios con carreas cuya duración sea de 4 años o más. Lamentablemente, entiengo que no contás con el beneficio de la exención.

  20. Mercedes 5 noviembre, 2016 at 07:19 Responder

    Hola. Quería saber si el empadronamiento en prof. Autedeclarados exentopuede ser “obligatorio”. Estoy excenta de iibb desde siempre por mi título, pero soy monotributista y trabajo en GCBA, me piden que me inscriba en el padrón para poder cobrar. Sin embargo, veo que es voluntaria la inscripcion. Entonces.. ?
    A su vez.. suponinendo que por mi lugar de trabajo me lo pueden empezar a exigir.. me puede restar ennalgo inscribirme?

  21. Daniel 27 octubre, 2016 at 21:00 Responder

    Muy bueno el comentario, pero me surge una duda al respecto.

    Es el caso de un licenciado en ciencias políticas, es un título de grado y la duración no es inferior a 4 cuatro años.
    El mismo no esta matriculado porque no tiene cologio que los agrupe. ¿ Igual esta exento de II.BB. ?
    Muchas gracias. Daniel.

    • Claudi 2 noviembre, 2016 at 21:52 Responder

      Lo podés solicitar igual, y cuando estás completando el formulario te da la opción a qué indiques la entidad que te matricula y aparece algo así como “no corresponde” Saludos.

  22. Rocío 24 agosto, 2016 at 15:27 Responder

    Miles de toneladas de gracias por la info clara y precisa.
    Soy profesional IIBB exenta pero me faltaba data de cómo obtener comprobante para mostrar a terceros esa condición.
    La AGIP dice que no es necesario el empadronamiento pero me faltaba saber lo que detallan en el punto 3.
    Genios.

    • Claudia 2 noviembre, 2016 at 22:07 Responder

      Tenés dos instancias, la primera es aquella en que solicitás integrar un listado y le otorgás información al ente para que acepte tu condición de exento del impuesto. Esa respuesta te la envían al e.mail que indicaste. En segundo lugar si vos querés que te emitan un comprobante debés ingresar a la página de AGIP y en trámites on-line de Ingresos Brutos, otras trámites o más trámites o directamente digitás el link http://www.agip.gob.ar/tramites/253/online., dato que también te va a indicar el famoso e-mail anterior; y vas a dar a una página en donde te pedirá tu CUIT y Clave Ciudad -la cual podés sacar desde la página de AFIP, o definir a través del Cajero Automático de tu banco, o en forma presencial en Rentas de la Ciudad – Viamonte y Suipacha – se despliega el formulario en donde te piden la fecha de graduación, la fecha de matriculación si corresponde, el lugar que te matricula, los años que dura la cursada de tu carrera desde cuatro en adelante, la Universidad que te gradua, el la dirección de e-mail . Pasados un par de días te llega el certificado para que imprimas y presentes en donde te lo requieran, seguramente aquel que te vaya a pagar y posea la condición fiscal de Agente de Percepción o Retención s IIBB. Saludos, Claudia.

  23. juan 1 julio, 2016 at 15:40 Responder

    Buenas tardes
    Tengo una agencia de publicidad y tenemos un saldo a favor de retenciones y percepciones de IIBB que se acumula y al final del periodo representa mas que el impuesto a pagar anualmente, puedo soliciar una excencion en la retencion y/o percepcion del impuesto?

  24. Mauro Collia 24 noviembre, 2015 at 08:30 Responder

    Estimado buenos días, el mes de noviembre me inscribí como responsable monotributo y mi actividad esta exenta de ingresos brutos ( Edición editorial/folleteria/etc )
    En algunos casos mis clientes debido a que son del interior me depositan el trabajo realizado mediante mi caja de ahorro personal, es ahi donde me debitan el 5% con el concepto de SIRCREB

    La consulta concreta es:

    ¿ Donde y como reclamo esta retención indebida?

    ¿ La facturacion para reflejar ese deposito tiene que ser exacta ? ( muchas veces me depositan un 60% en concepto de adelanto y el saldo cuando entrego)

    Desde ya, muchas gracias

    Saludos,

  25. Daniel 1 octubre, 2015 at 02:48 Responder

    Muchas gracias por la información. Una coop de trabajo que también está exenta de pleno derecho en IIBB CABA, como puede obtener algún certificado de exención?

  26. JORGE MANUEL DIAZ 29 septiembre, 2015 at 18:24 Responder

    Excelente lo de Uds. en lo que a comunicación “just in time” se refiere. Clara, completa, con ayudas y mucho más. Realmente los felicito.
    Por otra parte era hora que algún fisco reconociera formalmente lo que todos sabíamos. Yo una vez hice una gestión en la DGR y después de mucho machacar y visitar oficinas, conseguí lo que buscaba, el reconocimiento de mi exención, aunque con algunas reservas, pero la conseguí.
    Gracias de nuevo.

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