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NUEVO PORTAL PARA MONOTRIBUTISTAS Y APLICACIÓN MÓVIL MONOTRIBUTO. RG 4063-E

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Se aprueba el “Nuevo Portal para Monotributistas”, que tiene por objeto que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) accedan, de forma simple e integrada, a través de un único sitio, a los recursos y servicios requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Los contribuyentes que opten por la adhesión o se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) deberán acceder al “Nuevo Portal para Monotributistas”, a los efectos de la adhesión, recategorización y demás trámites relacionados con su condición de pequeño contribuyente, ingresando a las opciones que, entre otras, se indican seguidamente:

 

  1. a) Adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): “Alta Monotributo”.
  2. b) Acreditación de la condición de pequeño contribuyente: “Constancias/Constancia de CUIT”.
  3. c) Cambio de domicilio fiscal: “Datos personales/Domicilios”.
  4. d) Modificaciones de datos (de actividad, altas o bajas de integrantes del grupo familiar primario, etc.): “Datos del Monotributo/Modificar datos del Monotributo”.
  5. e) Recategorización cuatrimestral o confirmación de datos, según corresponda: “Datos del Monotributo/Recategorización”.
  6. f) Cancelación de inscripción: “Datos del Monotributo/Darse de baja del Monotributo”.
  7. g) Obtención de credencial para el pago: “Constancias/Credencial de pago”.
  8. h) Visualizar cuantía y estado de cumplimiento de obligaciones mensuales (pagos, saldos y cálculo de deuda): “Inicio/Estado de cuenta”.
  9. i) Constitución del domicilio fiscal electrónico: “Inicio/Domicilio Fiscal Electrónico”.
  10. j) Emisión de factura electrónica: “Facturación/Factura Electrónica”.
  11. k) Inscripción como empleador: “Empleador/Voy a tener empleados”.

 

También  podrán acceder, con Clave Fiscal, a la opción “Mi Monotributo” desde la aplicación móvil denominada “Monotributo” que se aprueba por la presente y que permite ingresar mediante el uso de un dispositivo móvil.

Se encuentran exceptuados de cumplir dicha obligación, los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.

8 comments

  1. Jorge Paez 6 julio, 2017 at 15:23 Responder

    Puede un monotributista desmpeñarse como profesional independiente, y ser afiliado a una cooperativa de trabajo a la vez ?
    Porque el portal permite elegir una sola opción, a alguien le pasó ?

    Muchas gracias

  2. cecilia marta salem 10 junio, 2017 at 11:57 Responder

    ante las dificultades que hay con los aplicativos hay muchos colegas, que opinan que hay que postergar el plazo de presentacion de las declaraciones juradas, por favor se amplien los plazos.

  3. Pablo Matias 8 junio, 2017 at 20:59 Responder

    En mis navegadores no puedo inscribir a un futuro contribuyente en el Monotributo es General o me pasa a mi solo, 8/6/2017, como siempre lanzan sistemas sin probar, cada día se mofan más de nosotros los Cdores

  4. Carlos Ogara 7 junio, 2017 at 19:33 Responder

    Pregunta: Que pasa con los contribuyentes que liquidaron el impuesto sobre los bienes personales acciones y participaciones societarias por el período 2016 con la versión anterior 3 rel 2 , antes que saliera la nueva versión 4.0 – rel 0. y hubieran pagado el impuesto determinado al 0.50% en lugar de la nueva tasa del 0.25% ?

  5. cecilia marta salem 7 junio, 2017 at 15:29 Responder

    es una opiniòn de una lectora.hay lectores que opinan distinto que tienen tiempo y elementos de trabajo a su disposiciòn, entonces opinan distinto. Esbozè mi criterio.nada màs que agregar.

  6. cecilia marta salem 7 junio, 2017 at 15:10 Responder

    lo importante es el cumplimiento de las pagos al fisco, hay contribuyentes que tienen que ir a un locutorio porque no tienen una computadora o porque no se puede pagar mensualmente el internet.

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