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MONOTRIBUTO ¿QUE VALOR DEBERÍA ABONAR EN ENERO 2017?

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MONOTRIBUTO ¿QUE VALOR DEBO ABONAR EN ENERO 2017? – REIMPRESION DE CREDENCIAL, MODIFICACION DE DATOS Y RECATEGORIZACION.

 

La pagina de la AFIP ya esta funcionando para poder realizar la Recategorizacion, lamentablemente siguen sin solucionar el problema que tiene hace ya varios años este servicio y solo funciona correctamente utilizando Internet Explorer. Actualización 11:00 am:  el sistema ya no esta funcionando, tira error al querer realizar una modificación de datos. En muchos casos tampoco coincide la categoría de la Constancia de Inscripción con la de la opción “Reimprimir Credencial”.

Con las modificaciones introducidas por la Ley 27346, surgen algunas confusiones con respecto a cual es el valor de la cuota de monotributo que debería abonar en Enero 2017.

¿Qué valor debería abonar?

Considero que el valor a abonar es el que corresponde a la misma categoría que el contribuyente tenía vigente en diciembre de 2016, pero con los valores actualizados a Enero 2017.

 Ejemplo:

Contribuyente que se encontraba en la categoría H de servicios en diciembre 2016 (según Recategorizacion hecha en septiembre 2016, con ingresos anuales a esa fecha de $ 284.985)

Este contribuyente debería en enero 2017 abonar la categoría que le corresponda por esa facturación, en este caso sería la nueva categoría E y debería abonar $ 1.558.-

 

PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN EN LA PRACTICA.

OPCION REIMPRIMIR CREDENCIALES

La opción mas lógica y que esta disponible es “Reimprimir la Credencial”, sin embargo esta opción no sirve, ya que la AFIP, lo único que hizo fue modificar de oficio la categoría en función del siguiente cuadro, pero no tuvo en cuenta la facturación del contribuyente.

Actual Categoría Nueva Categoría
según conversión
Presunción Anual
Parámetro
“Ingresos Brutos”
B A Hasta $ 84.000
C B Hasta $ 126.000
D C Hasta $ 168.000
E D Hasta $ 252.000
F E Hasta $ 336.000
G F Hasta $ 420.000
H G Hasta $ 504.000
I H Hasta $ 700.000
J I Hasta $ 822.500
K J Hasta $ 945.000
L K Hasta $ 1.050.000

 

Siguiendo con el ejemplo

Al intentar “Reimprimir la Credencial” de este contribuyente y su “Constancia de Inscripción”, el valor a pagar que arroja es el de la categorización de oficio (Nueva Categoría G) que hizo la AFIP, por lo cual la credencial indica un valor de $ 2.175.-, valor que supera ampliamente el valor correcto.

 

OPCION RECATEGORIZACION

La opción Recategorizacion, no sirve para obtener la credencial de monotributo del periodo 1-2017 con el valor correcto, ya que la Recategorizacion recién tiene efectos a partir del periodo 2-2017 y si bien, seguramente muchos contribuyentes deban realizarla, hay tiempo hasta el 31-1-2017 para hacerla y la credencial que emite el sistema recién será utilizada para el pago del próximo mes.

 

OPCION MODIFICACION DE DATOS

La única opción correcta para abonar el periodo 1-2017 del monotributo con el valor que realmente corresponde es entrar al sistema por modificación de datos, el sistema permite en este caso realizar la modificación a partir del periodo 1-2017.

Tener en cuenta en la modificación de datos:

Al ingresar al sistema, el mismo debería mostrar los valores informados en la ultima Recategorizacion, pero es posible que muestre otros mas antiguos. Controlar que el valor corresponda a la facturación de los últimos 12 meses correspondientes al período 1-9-2015 al 31-8-2016. Ya que esta fue la ultima Recategorizacion y es la que estableció la categoría vigente hasta 1-2017 inclusive.

 

Conclusiones preliminares:

  1. No apurarse, hay tiempo hasta el 20/1/2017 para modificar los datos en función a la categoría que realmente corresponde. Y considero que si los debitos del pago de monotributo se realizarán el 31/1/2017 también hay tiempo hasta esa fecha para realizar el pago mensual en efectivo. (Ojo, es mi opinión).
  2. El sistema de AFIP no permite realizar la modificación de datos y la Recategorizacion el mismo día, pero para realizar la Recategorizacion hay tiempo hasta el 31/1/2017, por lo cual primero aconsejo realizar la modificación de datos.
  3. No abonar la cuota de monotributo del periodo 1-2017 con la credencial vieja, porque si el Banco/Pago Fácil, etc. tiene ya actualizados los valores, el monto a pagar va a ser superior al que deberían abonar. ¿Por qué?, Porque la “Recategorizacion de oficio” que hizo AFIP también incluyo la Recategorizacion del CUR (Código único de Revista). Según el ejemplo que les comentaba para el contribuyente que hasta 12-2016 estaba en la vieja categoría H, el CUR era 420101-8, a partir de la Recategorizacion de Oficio ese CUR corresponde a la categoría G.

218 comments

  1. Alberto 7 marzo, 2017 at 13:33 Responder

    Buenas tardes.

    Tengo un cliente que fue pasado de oficio a RI desde el mes de agosto de 2016. Se dio cuenta en Diciembre de 2016 y recién en ese momento empezó a pedir facturas A por sus compras pero nunca factura A por sus ventas. Mi cliente siguió facturando C hasta el día de la fecha que me vino a ver.

    Consulta: Como hago para hacer las ddjj de iva de agosto 2016 hasta febrero 2017???

    Presento todo en cero?

    Muchas gracias.

    • Carla Lombardi 8 marzo, 2017 at 08:43 Responder

      Alberto,
      Busca en la pagina en la opcion monotributo, que hay una serie de nota de los pasos que hay que ir dando.

    • Celia callorda 14 julio, 2022 at 10:22 Responder

      Hola buen día.
      Mi nombre es Celia callorda
      Mi consulta es portque pagué el monotributo desde hace años con el codigo único de revista
      130202-7. Ahora me dijeron q tenia q reempadronarme y al hacerlo no me reconocen estos pagos
      Cómo puedo hacer. Donde encuentro un listado d estos pagos d monotributo ya q perdi y o se borraron los tikets…

  2. Cristian 28 febrero, 2017 at 14:16 Responder

    Estimados, leí todos los comentarios pero no encontré ninguna solución para esto que por lo visto, le paso a muchos usuarios.

    El pasado 19/01/2017 realicé el pago de Monotributo correspondiente al período 01/2017 por un importe de $ 651,00, tal como venia pagando por una categoría B.

    Monotributo 75,00
    Autónomo 157,00
    Obra Social 419,00

    Cuando fui a verificar mi estado de deuda en la página de AFIP, noté que me figuraba un saldo deudor.

    Ingresé a la AFIP y noté que había un error en la página. En 01/2017 se duplicaron los conceptos de la categoría B más la nueva categoría A que tendría que empezar a pagar desde Febrero.

    Monotributo 75,00 (B) + 68,00 (Cat. A que tendría que pagar a partir de Febrero)
    Autónomo 157,00 (B) + 300 (Cat. A que tendría que pagar a partir de Febrero)
    Obra Social 419,00 (B) + 419,00 (Cat. A que tendría que pagar a partir de Febrero)

    Por lo que pude leer y averiguar, mi principal error estuvo en recategorizarme en lugar de modificar datos. En la cuota 1/2017 en AFIP, figuran los conceptos de la categoría B + la nueva categoría A que tendría que pagar a partir de Febrero.

    A alguien le pasó esto? me podrían decir que tengo que hacer para solucionar este problema?

    Espero sus comentarios y gracias por tu ayuda

    Saludos

    Cristian

    • Pedro 9 marzo, 2017 at 20:45 Responder

      Es un lio todo esto…

      Deberian haber aumentado los montos SIN CAMBIAR LAS LETRAS de las categorías. Así nadie hubiera tenido problemas. Pero bueno, acá siempre quieren reinventar la rueda!!! (y lo peor es que les sale cuadrada!!!)

      Tendrias que ir a la agencia y hacer el reclamo por multinota. Suerte!

  3. Pedro 27 febrero, 2017 at 12:24 Responder

    Estimados colegas,
    Hago esta consulta: Tengo un cliente que debe pagar Bs. Personales 2014 y 2015 (nunca se inscribió). Puede darse de alta ahora e incluirlo en la moratoria? Luego pagaria el 2016 como corresponde antes del 30/04.
    Alguien tuvo un caso similar?
    Desde ya, muchas gracias.

  4. Leandro 24 febrero, 2017 at 13:49 Responder

    Hola gente! Me habia pasado que me figuraba mal en la CCMA el valor deudor de Enero ya que me cobraron ese mes la categoria de oficio que me asigno AFIP, ayer presente una multinota impositiva y hoy ya me figura arreglado. Sino hacia esto iba a pagar mas del doble. Saludos!

  5. Natalia 16 febrero, 2017 at 02:32 Responder

    Buenas encontre esto, quizas habría que intentarlo. Saludos!

    Yo también había recategorizado en vez de modificar; fui a AFIP, expliqué la situación y me indicaron que ingresara una multinota impositiva (formulario que te dan ahí mismo), explicando el caso y SOLICITANDO a AFIP que me categorizaran F desde Enero 2017 INCLUSIVE. En 1 hora lo resolvieron. La fecha límite entiendo que era 31/01, pero igual te sugiero que vayas y expongas el tema. Espero te sirva, después contanos cómo te fue. Mucha suerte.

  6. Pedro 15 febrero, 2017 at 12:00 Responder

    En febrero pagando con la credencial nueva sigue cobrando los importes de 2016, con lo cual hay que pagar la diferencia con el formulario 155. ¿Tanto les cuesta actualizar los valores en los sistemas?
    No se puede creer que sean taaaan inútiles…

  7. Lorena 11 febrero, 2017 at 09:02 Responder

    Buenos días, di de baja a un monotribustista porque pasaba como integrante de la vieja sociedad de hecho. Realizé los pasos que decia la afip.
    Primero dar de baja a la persona física en monotributo y luego dar de alta como integrante de una sociedad de monotributo.
    Cuando intento dar de alta me dice:
    ERROR – 4 – Contribuyente dado de baja en impuesto 020 (MONOTRIBUTO) Código de Error 99999
    Alguien me puede ayudar que estoy haciendo mal
    Gracias!

  8. Alejandro Musso 10 febrero, 2017 at 16:41 Responder

    Hola, para el período 01/2017 tuve el mismo problema detallado más arriba, es decir, de mi Cat. H me correspondía pasar a la E, pero para la AFIP debo la diferencia a la Cat. de Monotributo “de Oficio”, que sería la Cat. G, a pesar de que el Sistema mismo generó un VEP por la Cat E (saldo deudor $ 617,24 …). Reclamé en reiteradas ocasiones y formas por “Consultas WEB” pero no admiten – por escrito – que por el período 01/2017 se debe pagar el Monotributo de Oficio por “Decreto”, como en la mejores épocas. En fin … no soy Contador pero rescato que, según el Servicio CCMA, ese saldo deudor vence el día 31/05/17, por lo cual espero que se materialice una solución equitativa. Si esto no sucede, por mi experiencia, he logrado la atención de Organismos Públicos a través del “Defensor del Pueblo de la Nación”. En otro orden y en alusión a los conflictos informáticos con el Internet Explorer, el día 10/01 surgió un Twitt que explicaba la instalación y utilización de la Extensión “IE TAB” o sus variantes, para unificar todo en el Navegador Chrome. Saludos.

  9. Soledad 8 febrero, 2017 at 11:55 Responder

    Hola, yo hice modificiacion de datos como decia y me cobro el banco (debito automatico) tal como me encuadro afip. lo raro es que en mi cc de afip me dice que tengo saldo a favor y no me deja reafectarlo. Alguien sabe como se resuelve? por lo que veo no fue el unico caso. gracias.

  10. Nicolás 7 febrero, 2017 at 18:33 Responder

    Ayer fui a la delegación correspondiente a mi domicilio (Capital Federal), y después de mucho explicarla situación dí con el responsable de temas de monotributo. El señor, muy amable él, me explicó que EL PERÍODO ENERO SE ABONA DE ACUERDO A LA RECATEGORIZACION DE OFICIO DE LA AFIP. Ni RECATEGORIZACIÓN ni MODIFICACIÓN DE DATOS eximía de pagar la categoría de oficio. Le dije que tenía muchos conocidos que pudieron hacerlo, incluso que la resolución lo decía, y que a mí no me había dejado el sistema. Incluso me denegó la posibilidad de poder presentar una multinota por el caso. Me dijo que lleve algún caso de monotributista que le hayan respetado la categoría que eligió por modificación de datos en el periodo 01-17 y con eso podía él empezar a evaluar mi situación, que consideró “aislada”. Tengo mucha bronca e impotencia porque pagué 2 mil pesos de más.

  11. Diego 7 febrero, 2017 at 17:59 Responder

    Hola, en el mes de enero hice la recategorizacion de un cliente quien era cat I y paso a G, ahora la CCMA me marca una diferencia a favor de la afip, y por lo que estuve viendo mi error fue no haber hecho la modificacion de datos en vez de la recategorizacion. Alquien sabe si se puede solucionar via multinota u otro mecanismo?

    • Nicolás 8 febrero, 2017 at 16:36 Responder

      Me pasó exactamente lo mismo, lo expuse en un comentario recién. Fui a la Afip y me dijeron cualquier cosa. Yo reconocí el error de haber hecho recategorización en vez de modificación de datos, pero ellos insisten en que aún con ambos mecanismos, la actuación de oficio de Afip impactó si o si en Enero para todos los contribuyentes. No me fui nada contento de la delegación, intentare recabar mas información y volver a presentar una multinota.

  12. Ro 5 febrero, 2017 at 23:04 Responder

    Buenas noches, en mi caso no llegué a recategorizarme al 31/01. Hoy hice una modificación de datos: pasé de la categoría F -en la cual me había ubicado de oficio AFIP- a la categoría C, que sería la que realmente me corresponde de acuerdo a la nueva tabla. La pregunta es si a partir de Marzo podré abonar el importe correcto sin que me aparezca deuda en CCMA o recién a partir de Mayo, con la nueva recategorización impactará la modificación. Es mucha diferencia de dinero!!.

    Muchas gracias!

    Saludos!

  13. Yesica 1 febrero, 2017 at 18:25 Responder

    Buenas tardes, no pude solucionar el inconveniente que surge al querer hacer modificaciones de datos para integrantes de sociedad(el sistema no me permite cargar el parámetro ingresos), intentaron ayudarme desde una dependencia de Afip, con idénticos resultados.
    Hice una consulta web explicando la solución, y esto es lo que me contestaron:
    “Le informamos que se trató de un inconveniente temporario quese encontraría solucionado por el área correspondiente.
    Le sugerimos la utilización del navegador Google Chrome. Asimismo le solicitamos que elimine cookies y archivos temporales. Para hacerlo proceda de la siguiente manera: vaya al ícono superior derecho que tiene 3 renglones >> Seleccione “Más herramientas” >> Borrar datos de navegación. Allí seleccione “Cookies y otros datos de sitios y de complementos” y “Archivos e imágenes almacenados en caché”. ”
    Seguí los pasos ahí indicados,pero no solucionó el problema.
    Hay algún colega con una situación similar?
    Agradezco la información.
    Gracias!

  14. Gustavo 1 febrero, 2017 at 17:16 Responder

    Hola les queria avisar que “EN ENERO EL QUE SE RECATERORIZO A UNA CATEGORIA MAS BAJA DE LA DETERMINADA POR AFIP REVISE LA CUENTA CORRIENTE DE AUTONOMOS Y MONOTRIBUTISTA”. A mi me cobraron la categoria de oficio de afip y no en la que me recategoricé que eran dos categorias menores.
    Gracias.

    • Monica 2 febrero, 2017 at 14:03 Responder

      Hola, a mí me pasó lo mismo que a Gustavo y a mucha otra gente, según estuve averiguando. Hay que quejarse a AFIP, porque nosotros no debemos pagar de más por errores de programación o situaciones no contempladas en el CCMA. Soy programadora y a mí nadie me deja pasar ese tipo de errores. Tienen que solucionarlo debitando los montos de acuerdo a la categoría que estableció el contribuyente.

      • Natalia 3 febrero, 2017 at 17:08 Responder

        Yo fui por el mismo problema en afip y me dijieron que tengo que pagar eso, no me dieron bolilla. Es muy injusto porque si te pasa al revés seguro hay un formulario o algo para pagar lo que debes. Yo tengo que pagar este mes $3920 cuando según mi facturación debería pagar $980.
        Espero que haya alguna solución, pagarlo obviamente no puedo y es una lastima porque venia pagando todo religiosamente.

    • Yesica 6 febrero, 2017 at 20:35 Responder

      Gustavo, el problema fue si hiciste recategorización, porque empieza a valer la nueva categoría desde febrero. Para enero, si no hiciste modificación de datos, el valor a pagar que va a figurarte es el de la categoría asignada de oficio por Afip. Nosé si por multinota,contemplarán la situación.
      Saludos

  15. Sergio 28 enero, 2017 at 12:09 Responder

    Hola! ayer fui a pagar el mes de enero con la credencial nueva (habiendo hecho la recategorización), y en la cual para mi nueva categoria “C” debia abonar $1006. SIN EMBARGO, el sistema me cobró $1186,30, es decir que $180 más de lo que publica la tabla de AFIP. Alguien me sabria decir POR QUE?

  16. Juan Carlos 27 enero, 2017 at 17:02 Responder

    Tengo el mismo problema que Liliana, por problemas particulares hice la recategorización el día 11 pensando que eso era lo correcto y lo que surgía de interpretar el artículo 5to. de la Resolución 3982. En ningún momento el texto hablaba de modificación de datos. Luego surgieron otras interpretaciones. En todos los casos la categoría que quedó vigente para el período 01/2017 es la asignada de oficio por la AFIP. También intenté con la modificación de datos pero no surte efectos. En consecuencia las cuentas corrientes de cada cliente muestran los importes asignados por AFIP. El art- 3º habla de modificación de datos para aquellos sujetos que abonen sus obligaciones mensuales a través de débito en cuenta, tarjeta, etc., que debía hacerse antes del 20. La resolución no es clara. Se dan estas modificaciones en el mes de enero, que generan un mar de dudas y un sinnúmero de interpretaciones. Espero que AFIP tenga en cuenta estas cuestiones. Otro tema es los que pueden volver al Monotributo, tampoco el sistema lo permite a partir de Enero. En mi delegación (Rafaela) me dijeron que era asi y no tuve opcion ni aún presentando Multinota.

    • Julian 3 febrero, 2017 at 17:22 Responder

      Hola, tuve el mismo problema, hoy estuve en Afip agencia 14 de Moron y me dijeron que debia realizar un reclamo en la pagina a traves de “Reclamos y Sugerencias” explicando el caso y que si luego de 48 hs no tenia una solucion, con ese numero de transaccion me dirija a la agencia en el sector de defensoria del ciudadano para continuar el reclamo… Si somos muchos los que reclamamos lo mismo, seguramente Afip debera contemplar este injusto error de interpretacion y retrotraerse.

    • Julian 3 febrero, 2017 at 17:39 Responder

      Hola, tuve el mismo problema, hoy estuve en Afip agencia 14 de Moron y me dijeron que debia realizar un reclamo en la pagina a traves de “Reclamos y Sugerencias” explicando el caso y que si luego de 48 hs no tenia una solucion, con ese numero de transaccion me dirija a la agencia en el sector de defensoria del ciudadano para continuar el reclamo… Si somos muchos los que reclamamos lo mismo, seguramente Afip debera contemplar este injusto error de interpretacion y retrotraerse… les dejo el texto que puse en el reclamo, espero les sirva, saludos;

      Realizé la recategorizacion de monotributo el dia 14/01/2017 para corregir la categoria asignada de oficio por AFIP, de igual forma que se debe realizar desde hace muchos años en cada cuatrimestre correspondiente y de igual forma que debió realizarze en las actualizaciones de la ley de Monotributo del año 2013 y 2010 respectivamente. Luego realizé la modificacion de datos el dia 17/01/2017 para que la nueva categoria comience a regir desde el 01/01/2017 pero el sistema no me computó la modificacion y solo contempló la recategorizacion, por ende la modificacion de categoria se hizo efectiva recien a partir del 01/02/2017. Por consiguiente, y en virtud de la falta de claridad de la norma RG 3982/17 en su art.3 donde solicita una modificacion (que yo realizé) pero no aclara nada sobre una recategorizacion, solicito tengan a bien modificar mi categoria retroactivamente, a la categoria “F” desde el 01/01/2017 como lo solicité en la modificacion de datos segun transaccion Nro …………………..

  17. LILIANA 27 enero, 2017 at 11:11 Responder

    Buen día. Les comento lo que me pasó.- Lamentablemente realicé primero la recategorización del monotributo el 12 de enero del 2017en el convencimiento que la vigencia en esta oportunidad sería desde el periodo de enero del 2017.- Allí me di cuenta que no era así, por lo tanto hice una modificación de datos para el mes de enero del 2017, siguiendo la rutina por ustedes indicada.- Pues resulta que ahora el sistema no me tomó ni la modificación y tampoco por ahora no veo que haya impactado la recategorización.- En la afip no me dan una solución y las diferencias a pagar en algunos casos es muy grande.- alguien sabe si esto podría tener solución.- Ejemplo:
    un cliente que estaba en categoría I (venta de cosas muebles) al 31/12/2016, pagaba 1.816,00 – La afip lo recategorizó de oficio (esa es la palabra que utilizaron ellos) a una categoria menos o sea : H , debiendo pagar 3.173,61, con vigencia desde Enero del 2017.- Lo recategoricé a la categoria que le correspondía según recategorización anual a la catego ría F: debiendo pagar 1.611,15.- Posteriormente me di cuenta que el sistema no tomó la recategorización, o no por lo menos para el mes de enero (pensé que la recategorización que efectuó la afip tendria vigencia desde Enero/2017) , entonces hice una modificación de datos, guiandome por folletos y no por la norma de aplicación.- Y alli me di cuenta que no me tomó nada de nada y que seguía firme la recategorización de la afip.- alguien sabe como puedo solucionar esta situación? gracias
    Todo a ultimo momento y apurada porque mis clientes se iban de vacaciones y querían tener su nueva credencial para el pago de enero.-

    • Amalia 31 enero, 2017 at 19:56 Responder

      Hola, es exactamente este mi caso! Enterandome de casualidad al 31/01 al hacer el recalculo de deuda. Como lo solucionaste?

  18. Carlos 27 enero, 2017 at 09:07 Responder

    Hola tengo un problema. Pague el periodo de enero en un rapipago con la credencial vieja y me cobraron lo mismo que venia pagando el año pasado.
    Luego me entere que habia que hacer la credencial nueva con el valor actualizado, lo hice y ahora me aparece que tengo que pagar el periodo de enero con el valor nuevo. Que debo hacer con esa diferencia? Gracias

    • charly 1 febrero, 2017 at 08:48 Responder

      con un volante de pago , el “F-155” completas codigo 20 – 019 – 078 calculas la diferencia y pagas junto al proximo pago hay tiempo hasta el 31/05/17, mas abajo una tal carla tambien lo explica suerte

  19. Yesica 27 enero, 2017 at 08:37 Responder

    Buenos días, tengo la siguiente consulta, si se realiza la recategorización, y al confirmarla según lo que surge del formulario, no es correcta, se puede hacer una segunda recategorización? El sistema lo permite?
    Tengo casos de Socios de SH y de actividad primaria, que al hacer modificación de datos o recategorización, los datos resultantes son erróneos, y por eso no confirmo. Pero se acerca el 31, y estos problemas siguen sin solución.
    Ya llamé a Afip, mande mails… pero no hay soluciones por el momento. Piden esperar, ya que el sistema está en constantes adecuaciones. Prorrogarán el plazo?
    Si alguien sabe del tema, o tiene casos de este tipo, por favor que comente sus experiencias y posibles soluciones.
    Gracias!

  20. gloria 26 enero, 2017 at 10:07 Responder

    Conforme a lo estipulado en la RG 3982 ART. 5ª :Un monotributista para el pago de enero 2017 debio modificar su categoria segun los parametros de Set-15 a ago-16 y las nuevas categorias.Si luego del analisis de ene-16 a dic-16, le corresponde esa misma categoria ¿ TIENE QUE RECATEGORIZARSE IGUAL?.

    • Yesica 27 enero, 2017 at 08:29 Responder

      Buenos días, en estos casos no es necesario realizar la recategorización, sigue con la misma categoría de enero.
      Saludos

  21. Nicolas 25 enero, 2017 at 14:10 Responder

    Buenas tardes.
    Estaba en la categoría H, AFIP me recategorizó a la G, fui a una terminal de autoservicio de AFIP en mi ciudad, y me recategoricé a la E.
    Luego a traves de pagomiscuentas.com, aboné el monto correspondiente a la categoría E(previamente generé un VEP para el pago de Monotributo en la página de AFIP).
    Hasta ahí todo perfecto, pero ahora cuando voy al re cálculo de deuda de mi Cuenta Corriente de AFIP me figura un saldo deudor.
    A alguno de ustedes les sucedió? Saben como puedo solucionarlo?

    • Carla Lombardi 25 enero, 2017 at 18:16 Responder

      Si recategorizaste el cambio es recien a partir del 2/2017, el periodo 1/2017 te debe haber quedado con categoria G de AFIP.

  22. Carla 25 enero, 2017 at 08:31 Responder

    ID 17520202 Evento 3524 – Presiono las opciones del servicio en el navegador y no avanza de pantalla, ¿cómo debo proceder? 03/02/2016 12:00:00 a.m.

    Para operar correctamente los servicios deberá utilizar el programa navegador “Internet Explorer” versión 6.0 ó posterior. Para conocer la versión de su navegador seleccione desde el menú principal las siguientes opciones: “ayuda” -> “Acerca de Internet Explorer” ó simplemente la tecla F1, de este modo el sistema abrirá una nueva pantalla indicando la versión del navegador instalada en su Pc.

    En caso de utilizar la versión 10 o superior deberá de tener en consideración los siguientes puntos según corresponda:

    1.- En caso de utilizar la versión 10 o superior: podrá configurar la “Vista de Compatibilidad” desde la barra de herramientas de Internet Explorer accediendo del siguiente modo: Herramientas >> Configuración de Vista de Compatibilidad >> Agregar este sitio Web.(agregar los sitios http://www.afip.gob.ar y “www.afip.gov.ar”)

    2.- En caso de utilizar la versión 10: el inconveniente también se podrá solucionar presionando el botón que se encuentra al lado de la barra de dirección de Internet Explorer que muestra la “Vista de Compatibilidad” (botón con dibujo de hoja partida) y reintentando la operación.

    3.- En caso de utilizar la versión 11: el inconveniente también se podrá solucionar presionando el botón que se encuentra en el margen superior derecho de la pantalla (botón con forma de tuerca).

    4.- Otra posible solución consistirá en seleccionar el botón F12 de su teclado, de este modo el sistema abrirá una nueva pantalla en la que se visualizarán las herramientas de desarrollo, seleccione del menú la opción “Emulación”, luego “Modo de documento” y la versión 7 para emular la misma y operar correctamente con los servicios.

    Aclaración:
    En caso de persistir con el inconveniente, ingrese en la opción “Herramientas” del citado navegador y verifique que el “Bloqueador de Elementos Emergentes” se encuentre “Desactivado”.

    Fuente: CIT AFIP

  23. Willy 23 enero, 2017 at 16:49 Responder

    Buenas tardes estimados, según lo que estuve leyendo en el blog he interpretado mal la RG. y recategorice un contribuyente en lugar de modificar los datos. Por lo cual tengo la nueva credencial a partir de febrero. Que pasa con enero? deberia modificar los datos a partir de enero/2017? como quedaria la recategoriazacion realizada? Espero sus comentarios. Muchas Gracias.

    • Gaston 24 enero, 2017 at 17:57 Responder

      Mi cliente abono correctamente el mes de Enero segun lo decia el simulador pero ahora quiero recategorizarlo (hacer la modificacion de datos segun indica la AFIP) y me tira el codigo de error 20031 como que ya esta realizado, a todo el mundo le sucede esto? Espero sus comentarios. Muchas Gracias.

  24. Miriam 23 enero, 2017 at 16:07 Responder

    Estimado tengo un cliente que quise hacer el tramite con tiempo y ahora no se como proceder estaba en categoría F hasta diciembre mi error fue que hice primero la recategorizacion la cual me la tomo correcta por su facturación y la credencial aparece E pero en su historial figura categoría G no se si ahora proceder a la modificación de datos después de haber hecho ya la recategorizacion y no se si me va a permitir hacerla.

    • Laura 23 enero, 2017 at 23:11 Responder

      Me paso con un cliente. En 12/2016 estaba en categoría I. AFIP lo categoriza a H. Primero hice la recategorización a la E y me tomó desde 02/2017. Luego hice la modificación desde 01/2017, pero no impacta ni en sistema registral, ni en CCMA. En CCMA me figura que debe abonar según la categoría asignada por AFIP H. Hoy fui a la dependencia, y me dicen que aguarde hasta febrero, para ver si impacta la categoría mas baja asignada por modificación de datos.

  25. Mariela 20 enero, 2017 at 11:13 Responder

    Estimado, buenos días. Hasta el día de hoy inclusive, no pude realizar ninguna recategorizacion ni modificación de datos de ningún contribuyente.
    Me pasa con 2 contribuyentes que con la recategorizacion de oficio le han sacado los adherentes y no me permite agregarlos, ya probé con explore, grome… y nada. A alguno de ustedes les sucedió? Saben como puedo solucionarlo?

  26. Luciana 19 enero, 2017 at 20:48 Responder

    Hola, recategorcé a un contribuyente que estaba en cat D y ahora pasó a E. La diferencia que me dice el simulador de AFIP que tiene que pagar es inferior a la que correspondería segun lo que pagó (con credencial vieja) y la nueva.
    A alguno le pasó?

    • Yesica 20 enero, 2017 at 16:34 Responder

      Buenas tardes, yo traté de utilizar el simulador y tampoco me coincidían los montos de las diferencias. Opté por entrar en el servicio CCMA, en los casos que ya pagaron, me figuran los pagos y el monto de la categoría por la que se optó, y así pude ver las diferencias o lo que pagaron de más.

  27. Mauro 19 enero, 2017 at 12:05 Responder

    me pasa con mis clientes lo que comentan arriba, varios bancos y rapipago no pueden cobrarles aun con la credencial nueva…respecto a eso ¿que opinan? ¿el pago de la diferencia de impuesto se debe realizar mediante un volante de pago F. 155? ¿¿¿con los siguientes códigos: 20, 019 y 078 Ajuste.??? >

  28. Estela Rut Badouh 19 enero, 2017 at 09:54 Responder

    Gracias Carla. Consulta: Adherí a un contribuyente en monotributo que estaba excluido del mismo. Cuando quiero abrir un nuevo Punto de Venta , no solo no lo permite sino que subsiste el mismo PV y numeración de factura electrónica que tenía antes de la exclusión. Entonces, ¿puedo seguir utilizando dicho PV que había sido inutilizado por la AFIP por la exclusión?

    • HERNAN 26 enero, 2017 at 11:08 Responder

      Buen día, quería hacerte una consulta. Tengo el caso de un contribuyente que lo excluyeron del RS por lo tanto lo inscribieron de oficio como RI, retroactivo a noviembre 2015. Quiero volver a encuadrarlo como monotributista pero el sistema de afip no me permite indicándome que debo esperar a que transcurra el tiempo correspondiente. Al mismo tiempo leí por todos lados de que si permite el reingreso. Como hiciste vos para reincorporarlo?? Hay que dar de bajas los impuestos relacionados a RI??? Si alguien sabe por favor ayuda!!

  29. Juan 17 enero, 2017 at 19:46 Responder

    Bueno, les cuento que después de haber realizado la recategorización, me dispuse a pagar el mes de enero mediante la generación del VEP desde “Presentación de DDJJ y pagos”. Para mi sorpresa, al cargar el CUIT del contribuyente y el CUR y seleccionar el mes de enero de 2017, AUTOMÁTICAMENTE ME GENERA EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA NUEVA CATEGORÍA CONFORME A MI RECATEGORIZACIÓN (NO LA DE OFICIO DE AFIP).

    Creo que lo más práctico es que las diferencias que puedan existir surgirán en la CCMA y podremos generar un VEP o reimputar la parte pagada de más al período de febrero.

  30. Nora 17 enero, 2017 at 17:45 Responder

    Buenas tardes, soy Monotributista Categoria B , segun el simulador de la AFIP consultado a partid de la modificación paso a ser Categoria A. Cuanto pago en Enero 2017, ya que siempre lo hice via Pago Facil ? imprimi los F155 correspondientes a Enero y Febrero. Debo usarlos con la credencial vieja para el pago de Enero 2017 ?

    • Carla Lombardi 18 enero, 2017 at 09:14 Responder

      Esta es una pagina para contadores publicos, no respondemos consultas a particulares, te sugiero que busques un profesional por tu zona para que te asesore correctamente.

      • Carlos 20 enero, 2017 at 10:29 Responder

        Lo que comenta Carla es correcto.
        Agrego que la AFIP no obstante, está comenzando a poner los nuevos valores en la Cuenta Corriente de los Monotributistas. En otras palabras, lo que la Afip dice que el contribuyente debe según los registros. Además se viene una movida con los importes correctos o incorrectos que el organismo dice que se debe, Estimados, Ojo, depende de cada caso en particular.

  31. Brenda 17 enero, 2017 at 12:14 Responder

    Perdón, pero no me permite formular la adhesión de un RI que fue excluido la pantalla, no avanza, como lo resolvieron? Y en motivo de baja de iva, autónomo y ganancias, que pongo? Gracias.

    • Jorge Garcia 19 enero, 2017 at 10:30 Responder

      Hola Brenda, buen día,

      Tuve el mismo problema hasta que encontré una PC en el estudio con el Explorer viejo y así pude realizar la adhesión. Olvidate del Crome, Mozzila, etc. El motivo de la baja que informé fue cese de actividad. Saludos.-

  32. Estela Rut Badouh 17 enero, 2017 at 11:45 Responder

    Buenos días, Hice la modificación para que pague el mes de enero-2017 como corresponde, es decir con los parámetros a Agosto de 2016 y no como lo toma la AFIP por oficio. Ahora bien, sigue teniendo la misma categoría de la modificación. Entonces ¿hace falta realizar la recategorización a Diciembre-16 ya que tiene la misma categoría que la modificada?
    Gracias.

  33. Marisol 16 enero, 2017 at 21:52 Responder

    buenas noches, quería hacerles una consulta… Mi cliente abonó la cuota del monotributo el día 09/01/2017 con la credencial vieja (categoría C). Con las modificaciones recientes del monotributo yo modifique los datas como ustedes indican (sin saber que ya lo había abonado) y según sus ingresos brutos quedaba incluída en la categoría A. Al día siguiente hice la recategorización correspondiente. Pregunto: ¿que diferencia le corresponde abonar?
    Desde ya muchas gracias

  34. Rosana 16 enero, 2017 at 15:21 Responder

    Hola, después de leer y tratar de interpretar me vuelven a surgir dudas a los efectos del pago de enero:
    1) Para pagar enero, primero, entré a modificación de datos que me trae el monto de la última recategorización, hecha en este caso en enero 2016, por ingresos 01/2015-12/2015. (después, durante el 2016, no tuve necesidad de cambiarlo porque por el monto facturado seguia en esa categoria -I-). Acá me surge la duda: oportunamente (recat,01/2016 el total de ingresos era 298000-categoria I), ingresos 09/2015-08/2016: 350000). Son dos montos que antes encuadraban en la I, ahora son dos montos para categorias distintas según RG 3982 E(298000) o F (350000). Entonces que monto se tomaría, porque a diciembre los ingresos a considerar entiendo que seguían siendo los 298000.

    • Sandra Robustelli 18 enero, 2017 at 02:17 Responder

      Rosana para pagar 01/2017 tenés que efectuar modificación de datos tomando en cuenta la facturación 09/2015-08/2016 por lo cual pagaría el importe de la categoría F. Luego para pagar desde 02/2017 hacés la recategorización y lo bajás a categoría E tomando en cuenta lo facturado durante el 2016.
      Espero que sea de tu ayuda.

  35. Leandro 16 enero, 2017 at 14:38 Responder

    Estimados:
    Hay que abonar el importe que corresponda habiéndose recategorizado. Si me recategorizo a una categoría menor tengo que pagar ese importe en enero. O sea, hay que hacer la recategorización, sacar la nueva credencial y pagar ese monto con ese cur. Ejemplo: facturación anual 299.000 x locaciones de servicios. Estaba en categoría “H” que pagaba $ 1.276.- Recategorizaron de oficio a la “G” por Afip. Pero hay que modificarlo a la categorización “E” y luego pagar $ 1.558,23.- Lo que están haciendo es por excepción que se pague en enero el importe de la nueva categoria. A diferencia de siempre que el importe nuevo se pagaba a partir de febrero.

    Lo dice la norma (R.G. 3982): “ARTÍCULO 1° — Esta Administración Federal efectuará la conversión de oficio de las categorías de revista de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (RS) al día 31 de diciembre de 2016, a las nuevas categorías previstas en el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, modificado por la Ley N° 27.346”;
    “ARTÍCULO 2° — Los sujetos que adhieran al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a partir del mes de enero de 2017 deberán considerar los nuevos parámetros (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados) establecidos por la Ley N° 27.346.”
    Y acá lo mas importe:
    “ARTÍCULO 3° […]
    Aquellos sujetos que abonen sus obligaciones mensuales a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito y que con motivo de la conversión de oficio de las categorías consideren necesario efectuar una modificación de datos que implique la rectificación de la categoría asignada, la citada modificación se deberá efectuar hasta el día 20 de enero de 2017 inclusive, a fin que le sean debitadas por los importes correspondientes.
    Los débitos de las obligaciones del mes de enero de 2017, se efectuarán, excepcionalmente, el día 31 de enero de 2017.

    • Carla Lombardi 17 enero, 2017 at 09:31 Responder

      Leandro,
      Desde mi punto de vista estas confundiendo “conversion de oficio de categoria” que hace AFIP por un lado y modificar datos con recategorizacion por el otro. Son cosas distintas, en ninguno de los Art. que mencionas se modifica el periodo a partir del cual corre la recategorizacion que es 2-2017.

  36. marta 16 enero, 2017 at 14:18 Responder

    Yo pagué monotributo el 9/1 pero resulta q ahora cambió el importe como hago para pagar la diferencia? alguien me puede decir?

  37. Sebastián Fathallah Sleiman 16 enero, 2017 at 12:54 Responder

    Buen día,
    Acabo de ir a la AFIP (Agencia Nº 63 Adrogué) y me aseguran que el período de Enero 2017 se abona con el importe de la categoría de oficio que estableció la AFIP sin importar los parámetros que tenía el contribuyente en los períodos 09/15 – 08/16 o 01/16 – 12/16
    A alguien le dijeron lo mismo? me parece muy raro.
    Gracias

    • Carla Lombardi 17 enero, 2017 at 09:32 Responder

      En las agencias estan dando todo tipo de respuestas.
      Si la respuesta no esta por escrito y justificada con la normativa, no tiene validez desde mi punto de vista.

  38. ANA MARIA 16 enero, 2017 at 10:57 Responder

    ¿Alguien intentó modificar datos de una Sociedad de Hecho para obtener la credencial para pagar correctamente enero/17?
    Lamentablemente no se ve hasta haber terminado con la modificación, pero el sistema LE AGREGA OBRA SOCIAL A LA SOCIEDAD!!!!!!

    Por otro lado, la credencial de los socios, que solo pagan componente previsional, si la saco por reimpresión, sale con 46$ (¡¡¡???) y si intento hacer modificación de datos, informando los ingresos a considerar para que paguen el aporte previsional según la escala, al confirmar el trámite, LE AGREGA COMPONENTE IMPOSITIVO!!!!!! a pesar de que en la credencial sigue saliendo “Componente de sociedad”

    Por favor, si alguien tiene la solución se agradece información…

    • Yesica 17 enero, 2017 at 21:10 Responder

      Hola, yo también tengo el caso de tener que hacer modificación de datos para socios y no me deja, directamente no me deja poner ingresos, aparece todo en cero, sin posibilidad de modificar, y si reimprimo me sale con ese importe de 46$. En afip todavía no me pueden dar respuestas a este problema…

    • Fernanda Pereyra 20 enero, 2017 at 11:02 Responder

      Buenos días Ana, encontraste una solución para este error que tenes con los socios? Es que tengo el mismo error y si lo trato de adherir nuevamente me lo pone como categoría C y debería ser una categoría B, a parte que me dice lo del componente impositivo que no debería tener el socio sino la sociedad.

      Muchas gracia

      • Yesica 24 enero, 2017 at 20:20 Responder

        Buenas tardes, sigo sin poder hacer modificación de datos de socios de SH, ya que no me deja poner ingresos y aparece todo en 0, si le doy confirmar, me pone categoría C, y yo necesito A.
        LLamé y mandé mails a Afip..por ahora sigo sin solución, por favor si alguien sabe como se soluciona, informe. Gracias!

  39. gloria 16 enero, 2017 at 09:59 Responder

    Mi duda aun es que implica legalmente UNA CATEGORIZACION DE OFICIO…que de modificarse habria que demostrar algo???
    Descargue la publicacion MONOTRIBUTO NUEVOS CAMBIOS de la pagina de AFIP y en la Nª 4 dice ” AFIP realizara una RECATEGORIZACION de oficio……y debajo Los Monotributistas deberan confirmar esta CATEGORIZACION de oficio hasta el 30/04/2017….¿Que significa este plazo? y en la misma pagina 4 mencionada emplea los dos terminos RECATEGORIZACION Y CATEGORIZACION???

    Desde ya muchas gracias.
    Gloria.

  40. Marcelo 15 enero, 2017 at 23:02 Responder

    Gracias Carla Lombardi. Muy claros tus conceptos. Me aclaraste todas las dudas que tenía con respecto a la categoría a abonar en enero 2017.

  41. Claudia 15 enero, 2017 at 18:34 Responder

    Hola, buenas tardes, quise dar de baja hoy a un monotributista a partir 12-2016 por cese de actividad y no pude pues AFIP dice : “el impuesto 20 es dado de baja y tiene categoria activa en un periodo mayor”, ¿como lo solucionaron? ¿es un error del sistema? Gracias por compartir

    • Paola Leiva 26 enero, 2017 at 18:13 Responder

      Tengo el mismo problema hoy 26/01 que quiero dar de baja a diciembre a un contribuyente por cese y me dice esto mismo, no se como solucionarlo ya que quiero llevar esta baja a los otros organismos, alguien sabe como se soluciona por favor, gracias.-

      • Sergio Garegnan 27 enero, 2017 at 15:53 Responder

        Tengo el mismo problema. Por la web y por telefono no contestan. Fue a la agencia 46 y la que orienta estaba mas desorientada que yo. Le preguntó a otro y le dijo que no puede dar de baja hasta marzo 2017. Tiene el impuesto activo hasta esa fecha. No entiendo nada.!!!

  42. silvina 15 enero, 2017 at 17:53 Responder

    Hola. No puedo modificar datos. No se puede tampoco en explorer modificando la vista de compatibilidad. Alguien sabe cómo modificar?? Gracias

    • Carla Resanovich 17 enero, 2017 at 15:09 Responder

      Hola Silvina, desde ayer estoy intentando realizar Modificación de Datos, tanto por IExplorer como por Chrome (habilitado por AFIP FIXER) y no llega al paso de confirmación, sino que luego de ingresar los datos de IB anuales, Sup. Energia eléct., alquileres, etc…se queda allí. Estoy buscando en los foros contables a ver si alguien obtuvo alguna forma distinta para llegar a confirmar la modificación de datos. En caso de obtener alguna solución la compartiré aquí.
      Saludos!

  43. Sandra 15 enero, 2017 at 10:27 Responder

    Qué sucede si ya recategoricé pero no hice modificacion de datos cuando la categorizacion por oficio es incorrecta.
    ¿Debere pagar enero con la categorizacion de oficio? Considerando que en la modificacion de datos puede llegar a no requerir recategorizacion.

      • Leonardo 23 enero, 2017 at 08:29 Responder

        Estimado Gerardo, buen día. Por favor, tendrás alguna respuesta útil de AFIP sobre este caso? A mí me pasó lo mismo: recategoricé según las nuevas escalas el 9/1, a cat F. DESPUES la AFIP puso en su página que no hay que hacer recat sino Modificación de Datos. La hice el 19/1, misma cat F. Pagué Enero con credencial nueva. Pero en CCMA sigo figurando para Enero como H (lo cual es una fortuna de diferencia $). Cuando entro al simulador me indica que para Enero ya soy cat F. Cómo se puede resolver? Todo muy confuso. Gracias…

        • Gerardo 23 enero, 2017 at 21:34 Responder

          No, aún no tengo respuesta oficial. Al parecer varios caímos en la misma, me refiero a haber recategorizado y no modificado.

          Por otro lado que todos hayamos bajado por oficio de categoría se puede ver como “un regalo”, ya que, de no haber sido así, hablo particularmente en mi caso, enero lo hubiese pagado como $224 con el nuevo importe de la categoría “C”.
          En cambio, al haber sido categorizado de oficio una menos, pago solo $131 de la “B”, y recién en febrero, que entra en vigencia el pago de mi correspondiente categoría “A”, voy a pagar los $68.

          En mi caso como siempre opero con VEPs (app. DDJJs) no tuve problema alguno de “ajustes”, simplemente y ante la duda de principio, antes de que surgieran el tema de fechas de vencimiento, hice dos pagos imputados a enero, uno de $131 y otro de $68. El sistema ya tomo el de $131 y ahora en febrero tendré que hacer reafectar los $68 de enero a febrero vía CCMA.

          PS: No soy contador.

          • Gerardo 24 enero, 2017 at 17:25

            Acaban de contestarme, luego de 12 días. Lo que era de esperar un copy& paste de una pregunta/respuesta del ABC del año 2010.
            Totalmente fuera de la consulta puntual realizada.

            En fin…

          • Carla Lombardi 24 enero, 2017 at 17:43

            Triste, al principio funcionó bien el sistema de consultas Web, ahora es lento y poco confiable en las respuestas.

        • Noelia 24 enero, 2017 at 08:51 Responder

          A mi me paso exactamente lo mismo con un cliente..Como se soluciona?? Primero recategorice y luego modifique los datos a partir de Enero pero evidentemente no tomo la modificación a partir de ese Periodo.. Muchas Gracias..

  44. Paola 13 enero, 2017 at 15:35 Responder

    Carla te consulto, tengo dos casos de productores primarios:
    Uno estaba en la categoría E , (FACTURACION 9/2015 A 8/2016) $ 113000 Y LO PASARON A LA CATEGORIA B, sin pagar el componente impositivo.
    El otro, estaba en la categoría C (Facturación 9/2015 a 8/2016) $ 63000, lo pasaron también a la categoría B ( y le cobran el componente impositivo, ya que aparece venta de cosas muebles y no actividad primaria como en el primero). Modifico los datos me lo vuelve a poner en categoría B, en vez de la A.
    Los dos tienen actividad 12311.
    saludos.

    • Yesica 17 enero, 2017 at 21:17 Responder

      Yo también tengo 2 casos de actividad primaria que antes estaban en categoría B, no les hicieron categorización de oficio, pues siguen en B. Hice modificación para ponerlos en A, pero los formularios y credencial dicen categoría B, la credencial con los valores de A(300+419). En Afip no saben cual es el problema, me dijeron que entregue la credncial porque los valores están correctos y que espere a ver sis se soluciona que hay tiempo hasta el 31 para hacer modificaciones/ recateg…

      • Silvina 18 enero, 2017 at 15:49 Responder

        Hola Jesica, me sucedió igual. De oficio fue colocado en categoría B. Al intentar modificar o categorizar me surge categoría B cuando corresponde A para un productor primario. Esperamos a que el sistema se corrija?. Saludos

        • Yesica 20 enero, 2017 at 16:43 Responder

          Todavía sigo sin poder modificar datos en este caso, también me dijeron que imprima la credencial como sale, ya que el valores son los correctos para categoría A, y que hiciera recategorización, que así se solucionaba el problema, pero pasa exactamente lo mismo, sigue diciendo categoría B, no confirmé la recategorización, asique nosé como queda la credencial. Mandé un mail explicando la situación, y no me contestaron todavía. Paciencia…

  45. María Virginia 13 enero, 2017 at 14:10 Responder

    Me pasó que me recategoricé, voy a pagar y me cobran un monto diferente, incluso más bajo, al que figura en la categoría…
    A alguien le paso igual??..
    Es un desastre ese sistema..

    • Leonardo 23 enero, 2017 at 08:31 Responder

      Hola María, a mí me pasó. Recategoricé a F (en vez de Modificar Datos), días después modifiqué datos y fui a pagar a Rapipago. Ahí me cobraron con valores de cat F viejos. Luego en el simulador de AFIP te indican cuánta diferencia pagar para Enero y Febrero, con los formularios F155.

  46. Osvaldo 13 enero, 2017 at 13:42 Responder

    Gracias a todo este berenjenal tengo la excusa perfecta para deshacerme de todos mis clientes monotributistas (cono quería hace rato) Pérdida de tiemnpo infernal y 0 pesos.

  47. Andrea 13 enero, 2017 at 04:33 Responder

    Hola gente: me paso con dos clientes que primero le salia la parte de obra social en cero; despues de ir a modificacion de datos se corrigió pero sin el grupo familiar, voy a adherir integrante y nada….como agrego a los integrantes?

  48. Hugo 12 enero, 2017 at 17:47 Responder

    A alguien le están saliendo algunas credenciales con centavos, a mi algunas si y otras no, por ejemplo alguien en la Categoría “E” me da a pagar $ 1558,23 y otra que seria en la F de da $ 2828, sin centavos…

  49. Víctor 12 enero, 2017 at 15:58 Responder

    Todavía los sistemas de cobro no están actualizados. Si se va a abonar con la nueva credencial, a través del CUR te cobran el valor de diciembre. Hasta que se actualicen los sistemas hay que confeccionar un Formulario 155 por la diferencia de cada concepto con los códigos 20 ó 21-019-078.

  50. Gerardo 12 enero, 2017 at 15:19 Responder

    Una lastima que no hayan modernizado el sistema en estos días. Por otro lado sufrí los errores 99999 de las primeras horas del sistema y valores erróneos en la generación de VEPs vía CCMA o DDJJ.

    En sep-2016 pasé a cat “C” y en enero me correspondía bajar a “B” (con las viejas escalas de IB), pero finalmente a “A” con las nuevas escalas. Pero al igual que todos, se me bajo una categoría por oficio a “B”.

    Creo que me mandé la macana, de no hacer primero la modificación de datos para rectificar la categoría de oficio de “B” (01/2017) e hice directamente la recategorización a “A” (02/2017). Ahora por lo visto modificar no tiene sentido, porque es rectificar esta última recategorización y no la de sep-2016.

    Supongo de acuerdo a lo que me da a entender el sistema, ene-2017 pagaré como “B” (según el historial del CCMA) y de feb-2017 en adelante como “A” (que figura en “datos del contribuyente” del sistema registral)

    De lo que me queda la duda es si de haber hecho de primera movida la modificación de datos, la categoría de oficio se hubiese pasado de “B” a “A”.

    De cualquier manera, como siempre pago por VEPs generados vía el sistema de DDJJ/CCMA por home-banking, en enero hice dos pagos uno por el código de “B” $131 y otro por el de “A” $68 (estoy además en relación de dependencia). Por lo que para febrero deberé hacer una reafectación de lo que sobre, más que seguro esos $68 que me van a servir para feb-2017.

  51. Santiago 12 enero, 2017 at 14:40 Responder

    Se que este es un espacio dedicado a profesionales de la contaduría, en el que no se trata de “selfies” ni de 140 caracteres. Pero, desearía vivir en un país que no me complique pagar lo que indique la norma, que lo que indique la norma sea ético y moral, que de la recaudación consecuente me sean brindados todos los beneficios y obligaciones que surjan del deber del Estado. A mis 57 años ya me siento viejo para fantasear con esto.

    En cuanto a las modificaciones en el monotributo al que muchos fuimos tentados a inscribirnos -en su momento- para incluirnos en la blanca economía (y en consecuencia de mi comentario anterior hace unos días) comparto que lo que recibí como respuesta de la AFIP (vía web) al respecto de ciertas inconsistencias en lo referente a las modificaciones en el Monotributo fue un “copy-paste” de la normativa que supongo todos ya hemos leído.

    Solo puedo agregar que la “credencial de pago” ya fue actualizada, que la CCMA ya funciona y que en mi caso (siendo recategorizado de oficio de “B” a “A” efectivicé el pago del período 01-2017 en Rapipago con la credencial que conserva el mismo CUR (no hice ninguna modificación) a los valores del período 12/2016.
    El día 20 supongo que aparecerán en la CCMA las diferencias que deberé abonar con el F. 155 en calidad de ajustes.

    Es evidente que no haber tomado la “facturación” declarada por los contribuyentes como eje de la recategorización de oficio puede perjudicar a los monotributistas de categorías “C” (2016) y superiores. Todo indica que es probable que en el período 01/2017 deban abonar el valor de la recategorización de oficio y recién en febrero (previa recategorización del contribuyente) puedan abonar el valor que por ética y derecho les correspondería.

    Cerrando mi comentario y a modo de ejemplo, tampoco la Tarifa Social de Electricidad es efectiva. Todo monotributista que facture un importe anual mensualizado inferior a dos sueldos mínimos fue incluido en una ampliación de la normativa (Resolución 219 – E/2016 – Anexo I del 11/10/2016)
    https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/152123/20161012

    En mi caso lo tramité en el sitio del Ministerio de Energía y etcéteras; y EDESUR me comunicó por escrito que no se ajustaba a los parámetros. Lo re tramité vía telefónica en el mismo ministerio y fui rechazado nuevamente, lo apelé por escrito (en un formulario que me proporcionó el ENRE) y lo presenté en ese organismo que es el responsable de aplicar, aceptar o rechazar el subsidio. Conclusión no tengo tarifa social mas allá que la ley determina que debería tenerla.

    Segundo ejemplo: Obra Social (obligatoria) no aumentó (en esta oportunidad la cuota sigue siendo $419). No obstante, en el caso de la O. Social por la que opté aumentaron los bonos de $5 a $40 y/o $50 según consulta médica estudio. ¿900% de aumento?. SI.

  52. Melina de la Vega 12 enero, 2017 at 13:47 Responder

    Estimados: en mesa de ayuda de Afip sostenían que la cuota de enero de 2017 se paga de acuerdo a los ingresos acumulados a diciembre de 2016 (argumentaban que si la categorización de oficio arrojaba categoría superior, debiamos modificar datos con año ingresos calendario 2016). No estoy de acuerdo con esto, y estuve 45 minutos al TE discutiendo con el operador. Al cabo de 15 minutos más, en que me dejaron en espera, me atiende nuevamente y me dice que es correcta mi postura (1º modificar datos con ingresos sep/15-ago/16 a fin de pagar bien enero y luego, de corresponder recategorizar con año calendario 2016 a fin de que pague su nueva categoría desde 02/2017.

    Habrá alguna aclaración oficial de Afip? es todo muy confuso y por ende, riesgoso para el contribuyente.

  53. Mariano 12 enero, 2017 at 11:23 Responder

    Buen día. Me surgió un problema con una SH de 2 socios. La SH permanece, como corresponde, en la categoría D. Quise hacer la modificación de uno de los socios para que se encuadre en la categoría A (solo para la parte de autónomos y obra social) pero solo me permite ir a la categoría C ya que no puede modificar ningún parámetro. Para colmo al confirmar la operación quedó en esa categoría pero sumando los 3 componentes (impositivo, autónomos y obra social) cuando la parte impositiva la paga a través de la sociedad. Alguien sabe como volver atrás la operación? Le doy de baja al 12/2016 y luego hago el alta al 01/2017? Saben por qué no pude categorizarlo en alguna más baja que la C? Muchas gracias.

    • Cecilia 13 enero, 2017 at 17:21 Responder

      A mi me paso algo similar, con la diferencia que vi que me estaba tomando incorrectamente la categoria y no la confirme. Pero tene en cuenta que lo que dice la resolucion es que debes dividir el monto de ingresos brutos anuales para la categoria de la sociedad por la cantidad de socios (en este caso 252000 / 2 =126000) y luego encuadrar al socio en la categoria que corresponde como integrante de sociedad (en este caso la B)… Yo interpreto que esta todo grisado porque el sistema luego de procesado la categorizacion de la sociedad recategoriza al socio.. Estoy esperando que asi sea…
      Quizas lo que te conviene es esperar 8 hs e intentar hacer una modificacion de datos nuevamente consignando “integrante de sociedad”

  54. Mariana 12 enero, 2017 at 11:02 Responder

    Buenos días, recién vengo del Consejo (CABA) nuevamente. Esta vez me explicaron más en detalle y me quedo más claro lo que ellos plantean. Me dijeron que modifique los datos de todos los contribuyentes e informe lo facturado en 2016, y que utilice esa credencial a partir de enero inclusive. Le plantee que yo consideraba que enero no correspondía, pero me explicaron que sí, porque la ley dice que a partir de enero se deben abonar los nuevos valores (entiéndase los importes nuevos que surgen de la recategorización de oficio que hizo afip o de la modificación de datos que hacemos nosotros). Yo lo había interpretado de otra manera. Me comentó que ya no regía, como antes, lo de pagar enero diferente (con la de diciembre) y recién en febrero lo que surge de la recategorización. Que la nueva ley establecía que ahora el cambio era a partir de enero inclusive. Me sugirió también que siga realizando este procedimiento (modificación de datos a todos) al menos hasta terminar de informar todo 2017 ya que así también se podía justificar los gastos que tienen los contribuyentes (principalmente los que facturan de manera manual, ya que de los otros afip ve la facturación). Me cerró un poco más con toda la explicación que me dieron hoy. De todas maneras, voy a seguir consultando y si me informan algo distinto, lo estaré compartiendo.
    Saludos.

    • Carla Lombardi 12 enero, 2017 at 16:37 Responder

      Gracias Mariana, la verdad que a mi no me cierra para nada la explicacion que te dieron.
      1º por que AFIP hizo Categorizacion de Oficio, no Recategorizacion.
      2º Por que la ley modifica valores desde enero, si, pero no modifica la ley original donde se establecen las recategorizaciones cuatrimestrales, ni los períodos que abarcan cada una.
      3º Porque si modificas datos en enero 2017 con facturacion y demas paramentros de 1-16 a 12-16, entonces en febrero 2017 no es necesario hacer recategorizacion.
      4º El servicio de modificacion de datos, segun el manual de monotributo que figura en la pagina de AFIP es para modificar datos de Obra Social, adherentes, etc. no le veo logica alguna a utilizar este servicio durante todo el 2017.
      Pero lamentablemente aca, como siempre termina valiendo el criterio profesional de cada uno, por lo menos hasta que se aclare el tema. Yo no tengo la verdad sobre el tema, solo comparto mi opinion de como lo hice yo y porque.

  55. Natalia 11 enero, 2017 at 23:16 Responder

    Estimados, tengo el caso de una sociedad de hecho que se encontraba en categoría J y tiene un solo empleado. De acuerdo a lo facturado en el 2016 podría estar en la H. Incluso no podría continuar en J por no cumplir con la cantidad minima de empleados, que actualmente es de 2 para esa categoría.
    En mesa de ayuda telefónica de Afip me confirmaron que se puede realizar, también para el caso de sociedades, la modificación de datos a partir de Enero.
    Sin embargo, cuando hacemos la modificación, confirmando en la pantalla que indica que se pasa a la categoría H, luego al reimprimir la credencial sigue apareciendo la J al igual que en la constancia de inscripción.
    Alguien sabe si es un simple error del sistema o puede deberse a otro motivo? Muchas gracias

  56. Silvia Susana 11 enero, 2017 at 20:55 Responder

    Hola! yo pagué monotributo a principios de enero sin la recategorización. Ahora la he hecho y es otro el valor. Cómo hago para equiparar los valores actuales?

  57. Maria José 11 enero, 2017 at 16:49 Responder

    Quise inscribir un monotributo Que se hania hecho inscrito por los montos y me sale ettor # 20040. alguien sabe que es

    • Javier 12 enero, 2017 at 10:11 Responder

      María José, me paso lo mismo, hoy me aparece arriba del error #20040 la siguiente leyenda. “Sr. Contribuyente Ud. ha renunciado al Monotributo. Para poder reingresar al regimen deben transcurrir tres años calendarios de su renuncia”. No se si es un error del sistema, porque no es claro si los autoexcuidos pueden reingresar a monotributo. La resolucion no lo especifica.

      • Ariel 12 enero, 2017 at 22:13 Responder

        Aparentemente aquellos que al darse de baja en el Monotributo informando como motivo “Renuncia” y no “Exclusion” no podrian volver al monotributo, al menos el sistema no lo permite y la RG habla de excluidos de oficio y autoexcluidos, no de quienes hayan renunciado.

      • ANA MARIA 16 enero, 2017 at 10:53 Responder

        Hola!!
        el problema se soluciona presentando una multinota en la agencia y solicitando que cambien la marca de “renuncia” por la de “exclusión”
        Lo hacen en el momento y luego se puede volver al monotributo.
        Es muy común que para hacer las cosas “prolijas” uno le haya huido a la palabra “exclusión”, pero bueno, es así no más…
        No se angustien, que se puede

        • Cecilia 17 enero, 2017 at 11:07 Responder

          Gracias Ana Maria, estoy peleando por eso en la agencia de Concepcion del Uruguay, en que agencia te aceptaron hacer esa modificacion?
          Desde ya muchas gracias

        • Graciela 17 enero, 2017 at 11:08 Responder

          Hola, Ana María quisiera saber cual es la agencia que te permitió hacer el cambio de la marca de “renuncia” por la “exclusion”, (para solucionar el error 20040) así puedo mencionarlo en mi agencia para que se comuniquen con ellos, ya que aquí no me dan la solución.
          Desde ya muchas gracias.

          • Javier 27 enero, 2017 at 17:37

            Estimados, hoy fui a la agencia 14 por este tema, me dijeron que por el momento ellos no tienen posibilidad de cambiar el motivo de la baja del monotributo. Entendían la situación, habían recibido varios reclamos iguales pero segun me dijeron, asi hubiera superado los limites para pertenecer a monotributo si el motivo fue “renuncia” no lo podían modificar. Es ridiculo ya que si uno puede demostrar que se dio de baja por estar excedido y hoy encuadra nuevamente en el regimen, lo que hubiere marcado como motivo de baja debiera quedar en segundo plano… y eventualmente deberian darte la posibilidad de rectificarlo, pero que tal vez de aca a mayo lo revisen si hay varios reclamos en este sentido. Esta situacion ya sucedió en 2013 y lo que hacian en ese momento era una verificación si el contribuyente podía volver a ingresar y les daban el alta, no se porque ahora no usan un poco la logica…

    • C 13 enero, 2017 at 17:32 Responder

      Hola a mi me paso lo mismo.. y creo que Ariel tiene razon, el problema es haber consignado “renuncia” en lugar de “exclusion” al momento de dar la baja en monotributo… El sistema ahora no los deja volver lo cual es muy injusto, el excluido de oficio puede volver pero el que se fue del regimen ahora no puede!!!
      Estoy peleando con la agencia de Concepcion del Uruguay para que ellos por sistema me hagan el alta, ya que si leen la ley 27346 cuando habla de quienes pueden volver menciona unicamente a los excluidos de pleno derecho, pero tambien menciona que no tienen que esperar el plazo establecido en el art 19 de la ley 24977, y ese art es el que habla de “renuncia”, y el art 20 es el que habla de exclusion… con lo cual hay una inconsistencia en la ley… Es mas si ingresan en infoleg y colocan Ley 24977 debajo del art 19 de renuncia infoleg copia la modificacion de la ley 27346… vamos a ver como termina esta cuestion

  58. Mariana 11 enero, 2017 at 15:28 Responder

    Buenas tardes, recién vengo del Consejo de Económicas de CABA y les comento lo que me dijeron (y con lo cual no estoy de acuerdo). Me dijeron que realice una modificación de datos ahora en enero teniendo en cuenta la facturación del año 2016 (año calendario) y no haga la recategorización este cuatrimestre (la primera recategorización del año 2017 sería la de mayo). O sea, utilizar la credencial que siempre empezamos a utilizar en febrero a partir de enero inclusive. Por mi parte estoy de acuerdo de Carla, realizar la modificación de datos con la información 09/15-08/16 para poder pagar en enero lo que correspondería (según nuevos parámetros) y luego realizar la recategorización con la información del año 2016 y utilizar esa credencial a partir de febrero inclusive.
    Espero haber podido transmitir bien lo que me informaron. En el día de mañana voy a volver a ir al Consejo para consultar con otra persona y les comento lo que me informan.
    Saludos.

    • Carla Lombardi 11 enero, 2017 at 18:42 Responder

      Mariana,
      Mil gracias por el aporte, si lei que algunos colegas estan optando por esta metodologia. Quizas porque es mas facil modificar los datos en enero y listo y no tener que hacer despues la recategorizacion.
      A mi no me cierra esa opcion, no solo porque yo no le voy a hacer pagar al contribuyente ni mas ni menos que lo que le correspondía por su categoria, sino porque ademas cuando modificas los datos para el período enero 2017, e informas una facturacion que no se corresponde con la informada anteriormente para ese periodo (en 9-2016), me parece desprolijo y sujeto a malos entendidos con el fisco.
      Ojo, es mi opinión y es lo que yo hice con mis clientes, yo no tengo la verdad absoluta sobre el tema, pero me parece lo mas razonable.

      • Hernán 11 enero, 2017 at 19:18 Responder

        Cuando hacés la modificación de datos es para no pagar en Enero un valor superior al que corresponde. La AFIP al recategorizar de oficio colocó a todos 2 categorías arriba. Más allá que pudiese corresponder según parámetros recategorizarse en Enero con efectos a partir de Febrero (ya sea en la que ubicó la AFIP por defecto u otra), lo correcto para abonar Enero es tomar el parámetro de facturación de Sept 15 – Agost 16 y en base a ese abonar (en la práctica TODOS los contribuyentes en Enero deberían hacer eso porque se supone venían pagando bien)

    • Hugo 11 enero, 2017 at 20:29 Responder

      Me parece que habría que adecuar las categorías con los nuevos parámetros con los datos 09/2015-08/2016 para pagar enero 2017 y recategorizar por el año calendario para pagar a partir de febrero 2017. Hay que hacer el trabajo 2 veces. Pero que le vamos a hacer, para eso estamos.

    • Silvana 12 enero, 2017 at 14:28 Responder

      Llame afip bs as casa central me dijeron lo mismo q cpce bs as …analizen ya recatehorizaron en enero de oficio…si esta mal hay q modificar …se vueelve a recategorizar een mayo …se entiene …entiendan esto ya hicieron la recatehorizacion de oficio …lo q se hace es modificar si mo coincide …

      • Carla Lombardi 12 enero, 2017 at 16:26 Responder

        Silvana,
        La AFIP “Categorizo” de oficio, que no es lo mismo que recategorizar, en la practica lo unico que hizo fue una conversion de categoria de los contribuyentes.

  59. Nicolas 11 enero, 2017 at 15:15 Responder

    Buenas tardes.
    Yo estaba en la categoría H, cuando voy a reimpresión de credenciales veo que AFIP me recategorizó de oficio a la G. Haciendo cálculos de mis IIBB entre Enero’16 y Diciembre’16, me debería recategorizar a la E.
    Ahora bien, tildo en “Recategorización”, selecciono mi CUIT y cuando presiono el botón “Generar Declaración Jurada” no pasa nada, no se me abre el formulario para completar los datos. Lo probé eh Chrome y también en Internet Explorer y no anduvo en ninguno. A alguien más le paso?
    Saludos.

    • Rodrigo 11 enero, 2017 at 19:41 Responder

      yo estoy queriendo hacer una ADHESION y no me deja, con el mismo problema que a vos al intentar generar la DJ, tanto en chrome, mozilla como explorer.

      si sabes de algo por favor avisame.

      Saludos

        • Monica Fernández Legrand 14 enero, 2017 at 19:25 Responder

          En mi experiencia todo lo relativo al módulo monotributo lo manejo con internet explorer, chrome no funciona.

      • Alfredo 14 enero, 2017 at 01:17 Responder

        Debes entrar en Iexplorer, y tildar en vista de compatibilidad, en las herramientas de opciones del explorador. Te agrega la pág de AFIP a un campo de texto y luego podrás tanto enviar ddjj para hacer la adhesión, modif. O recat.
        Saludos

        Alfredo

    • Ricardo 12 enero, 2017 at 21:00 Responder

      Me pasó en chrome que tuve que descargar una extensión de Afip. A partir de ahí pude entrar en generar declaración jurada y modificar el ingreso anual, pero no hay forma de enviar el formulario

  60. Diana 11 enero, 2017 at 14:55 Responder

    Hoy hasta las 13 hs. el Banco Provincia ni Bapro tenìa actualizados los valores. Uno va con la credencial correcta de Enero 2017 y sale para pagar los montos antiguos.

    Esperemos que se solucione pronto.

    • Carlos 12 enero, 2017 at 09:26 Responder

      La nueva credencial se puede obtener ingresando en Monotributo, confección o impresión de credenciales. Siempre utilizando Internet Explorer, el Google C. no va, porque es incompleto . Esta credencial tiene los nuevos valores para pagar, si hablamos por ej. de categ. B $ 880,-La misma surge de la última recategorización que tiene el sistema. Los datos de CUR salen bien. El problema es que no están actualizados los nuevos datos en el Agente Cobrador, (llámese pago fácil, rapi-pago, Santa fe servicios, etc.) Estoy hablando como dice Diana —PARA PAGAR el mes de ENERO 2017. Si esto se soluciona bien, el asunto es, sino se corrige. En este caso se podría quizás utilizar datos anteriores de sistema de cobro, y con un 155 para ajuste.-……..

    • Enrique 23 enero, 2017 at 16:30 Responder

      A mi me pasa lo mismo hoy día 23/01/17 no están los valores cargados.si continua tendremos que pagar con el valor viejo y la diferencia con form.155.colocando los conceptos que correspondan

  61. Javier 11 enero, 2017 at 12:06 Responder

    Quise reincorporar un RI autoexcluído de MT en diciembre por superar la facturación. Pude dar de baja IVA y ganancias al 12/2016 pero cuando quiero adherirlo a monotributo me da un cartel de error con un Mensaje Informativo # 20040. A alguien le pasó?

  62. Víctor 11 enero, 2017 at 11:01 Responder

    El sistema de AFIP el día 10 estuvo muy inestable. A algunos contribuyentes les aparecieron valores totalmente distorsionados para cada categoría. Por ejemplo en las credenciales de pago los valores de obra social aparecían en blanco, inclusive por momentos desaparecieron los familiares a cargo.
    Una solución al tema de pagar “Enero” para aquellos a los que el reempadronamiento de oficio de la AFIP los aleja de la realidad es “modificación de datos”. Ubicar al contribuyente en la categoría que le correspondería pagar una vez hecho el análisis de la facturación entre enero y diciembre/2016 y omitir cualquier reempadronamiento. En definitiva paga desde enero 2017, fecha de vigencia de la nueva escala, el valor que le corresponde de acuerdo a los parámetros vigentes.
    Para aquellos casos en que AFIP hizo el reempadronamiento (bajó una categoría) y el contribuyente está de acuerdo con el mismo, el C.U.R. no varía con referencia a la categoría de diciembre. Por lo tanto se puede ir a pagar enero con la credencial (o ticket) anterior y le van a cobrar el valor actual.

    • Sofía 11 enero, 2017 at 12:19 Responder

      Estoy de acuerdo Victor, creo que lo mas viable es directamente hacer la modificación de datos con lo facturado en 01-16 a 12-16 y que la categoría que quede sea la que se pague a partir de Enero. Sino vamos a tener que hacer doble trabajo, modificar datos y despues recategorizar a cada uno. En ningún lugar hay precisiones sobre esto y se está dificultando el trabajo, más cuando hay otros vencimientos con los que cumplir.

      • Carla Lombardi 11 enero, 2017 at 18:49 Responder

        Sofia,
        Claro, es mas trabajo, pero desde mi punto de vista, es lo que corresponde hacer.
        La decisión en definitiva debría ser del contribuyente, creo como profesional podes plantearle costo beneficio de ambas opciones y que él decida, aunque no creo que nadie quiera abonar algo que no le corresponde y tampoco aconsejaría abonar menos si es que baja de categoria por la facturacion 1-16 a 12-16.

        • Sofia 12 enero, 2017 at 07:51 Responder

          Buenos días Carla, si, coincido con vos y entiendo tu punto de vista. Espero que haya comunicación de parte de Afip y que se solucionen estos inconvenientes para poder hacer el mejor trabajo posible.

  63. Raúl García 11 enero, 2017 at 10:40 Responder

    En realidad lo único que hizo AFIP fue correr las categorias hacia la “A”. Una consecuencia de esto es que la última categoria para Servicios ahora es la “H” que va de 504.001 a 700.000, con estos valores TODOS los Monotributistas que estaban bien encuadrados (no quedaron excluidos en diciembre) por no pasar los antiguos 400.000 dejan de estar abligados a Factura Electónica….Prodrá ser así???

  64. Enrique Cellerino 11 enero, 2017 at 10:36 Responder

    Hola, buenos días a todos y muy buen año, para recategorizar también se puede instalar el ieTab (https://www.ietab.net/) que permite correr el Internet Explorer en el Chrome, y ya está solucionado lo de la Credencial, que tengan un muy buen día!
    NRIKE

  65. Gisela 11 enero, 2017 at 10:29 Responder

    Con respecto a las declaracion jurada informativa. Dice que se les declara a las personas que ya se encuadraban en la categoria F antes de la recategorizacion de oficio y ahora que es apartir de la E. QUE TENEMOS EN CUENTA LOS QUE YA SE ENCUADRABAN ANTES DE LA RECATEG.DE OFICIO EN LA E? GRACIAS!

  66. MONICA 11 enero, 2017 at 09:57 Responder

    Yo me encontré con los mismos inconvenientes que comentan al principio no coinciden la categoría de la credencial con la de la Constancia de Inscripción, en otro caso en ves de convertir la categoría I en la H, mantuvo la misma letra, y en otros directamente me faltaban complementos previsional y de obra social cuando no correspondía, yo por las dudas esperare unos días mas para ver como se resuelve estos inconvenientes.

  67. Macarena Garcia 11 enero, 2017 at 09:22 Responder

    Buenos dias. Configurando la vista de compatibilidad se puede hacer desde explorer la modificacion de datos que tiene fecha de inicio enero 2017 con los valores de la ultima categorizacion de 09-2016. Luego deberia hacerce, en caso de corresponder, el 20/01/2017 la recategorizacion que tiene efectos desde 02-2017 segun lo facturado en todo 2016. Saludos

  68. rocio eliana 11 enero, 2017 at 09:18 Responder

    buen dia, alguien sabe por que afip le saco el aporte de obra social a todos los monotributistas recategorizados x ellos??

  69. Yesica 11 enero, 2017 at 09:04 Responder

    Buen dia, tengo un problema con un cliente monotributista, le estan reteniendo iva ya que argumentan que supera el limite, lo supero en los ultimos meses, pero no en el año; que puedo hacer?

  70. Claudia 11 enero, 2017 at 08:28 Responder

    No solo hay que usar el internet explorer sino que también hay que usarlo en vista de compatibilidad, sino hay ciertas cosas de la página que no funcionan.
    Saludos

  71. carlos 11 enero, 2017 at 07:53 Responder

    Hola martin me paso lo mismo t no se que hacer y cuando quiero presentar el recurso de de consideración el sistema no me lo toma

  72. Hugo 11 enero, 2017 at 07:47 Responder

    Hola. Les recomiendo instalar las extensiones ” AFIP 1.0″ y “AFIP fixer”para utilizar a full Monotributo en CHrome. Funciona perfecto: Saludos.

  73. Franco 11 enero, 2017 at 00:07 Responder

    Muy buena la nota
    Una consulta con respecto a la opcion “modificacion de datos”
    Que consideracion debemos tomar con relacion a que el sistema actualice a tiempo la categoria modificada?
    Si lo hacemos muy sobre la fecha, por ejemplo el 19 o el mismo 20, el sistema actualiza sin problemas la categoria?
    Si lo hacemos entre el 20 y el 31, el sistema igualmente actualiza a la categoria modificada?

  74. Mariano 10 enero, 2017 at 23:55 Responder

    Hola. Hoy intenté reimprimir las credenciales nuevas y en todos los casos el valor de la Obra Social sale “No aporta” y obviamente no suma al total a pagar. Esto es un error o se resuelve cuando se modifican los datos? Gracias.

  75. Patricia Santi 10 enero, 2017 at 20:48 Responder

    no deja dar de baja al monotributista en dic-2016 porque dice que tiene alta en 01-2017 como consecuencia de las “adaptaciones” de AFIP. Cómo proceder????

  76. SILVANA 10 enero, 2017 at 20:22 Responder

    HOLA, CUANDO INGRESO A REIMPRESION DE COMPROBANTES ME APARECE EN OBRA SOCIAL “NO APORTANTE” SIN ADHERENTES. TENDRE QUE ESPERAR QUE SE NORMALIZE EL SISTEMA? ME PASO EN DOS CASOS CATEGORIA B, EN LAS DEMAS CATEGORIAS MAS ALTAS NO.

  77. Fernando 10 enero, 2017 at 17:23 Responder

    En dos casos que vi, esta recategorizando sin el aporte a o.social. Figura no aportante al regimen, cuando antes si lo eran????

        • Carla Lombardi 11 enero, 2017 at 18:26 Responder

          En realidad no debes modificar nada, yo considero que se deben ratificar los datos de la ultima recategorizacion para obtener la categoria que corresponde y que la credencial de pago se imprima correctamente.
          Y posteriormente si corresponde hacer recategorizacion a partir de 2-2017.

          • Alejandro Brito 12 enero, 2017 at 15:42

            Se ve que ya corrigieron el error – o con tantos botones que toqué lo resolví…- porque hoy imprime la credencial correctamente, Saludso y muchas gracias por tu respuesta.

  78. Daiana 10 enero, 2017 at 16:42 Responder

    Les comento mi caso, tengo que dar de Baja un contribuyente al 31/12/2016 y el sistema NO me permite, porque dice que “Tiene categoría activa posterior a la fecha de Cese”
    Hasta el momento no confirme ni la categorización de Oficio ni realicé recategorización, como puede ser que no me permitan dar el Cese, otra falencia grave.
    Hice consulta a AFIP, pero aún no me contestaron.

  79. Alejo 10 enero, 2017 at 16:12 Responder

    Hola, a mi me está pasando con varios clientes que cuando voy a reimprimir la credencial me sale la Obra Social en 0. En realidad la credencial dice “Obra Social: Sin Adherentes. No Aporta”. A alguien le pasó? Saludos!

  80. Romina 10 enero, 2017 at 15:07 Responder

    Carla
    Me comunique con la mesa de ayuda de afip y me dijeron que si hay que modificar la categorizacion de oficio que hizo Afip, para que surja efecto a partir de Enero 2017, se debe ingresar por modificacion de datos y poner la facturacion de enero a diciembre de 2016.

    • Carla Lombardi 11 enero, 2017 at 12:02 Responder

      Romina,
      Si pones la facturacion de enero a diciembre 2016, estas haciendo recategorización y la misma tiene validez a partir del período 2-2017.
      Para el periodo 1-2017 corresponde categoria segun monto de la ultima recategorización, hecha en 9-2016, período 9-2015 a 8-2016.
      Los períodos en los cuales se recategoriza no fueron modificados por ley, por lo que considero que no sería correcto informar ese período de facturacion en modificación de datos, si en Recategorizacion con efectos a partir de 2-2017.

      • Andrea 11 enero, 2017 at 16:21 Responder

        Me fui voluntariamente del monotributo ( presionado por Mercadolibre) el 1/12 /16 y se que puedo volver. Cuáles son los pasos? Adhesión en monotributo como inicio actividad? Y baja de ganancias ?

        • MARIA JOSE 11 enero, 2017 at 21:08 Responder

          ANDREA TENGO EL MISMO PROBLEMA SI ENCONTRAS LA SOLUCION TE PIDO LA PUBLIQUES, YO HICE CONSULTA WEB Y NO TENGO RESPUESTA,Ç.

      • Laura 12 enero, 2017 at 09:29 Responder

        Carla a mi entender corresponde recategorizacion(modificac de datos) a partir de ENERO 2017 (con los parametros de ene-dic 2016, como informaron a Romina en AFIP ) Porque en la ley 27346 establece que el titulo II entra en vigencia a partir 1/1/17.
        Justamente se habla de una categorizacion de oficio. con lo cual este cuatrimestre es excepcional.
        lamentablemente no esta claro en la RG .(como es habitual) y tenemos que hacer lo que el sistema deja….

        • Carla Lombardi 12 enero, 2017 at 10:08 Responder

          Laura,
          Si la RG no es clara, pero la ley de monotributo no se modifico, para mi recategorizacion y modificacion de datos no son sinonimos.
          Si buscas en el manual de monotributo que esta en la pagina de AFIP, la modificación de datos esta destinada a cambios del tipo obras social, adherentes, etc.
          Es un tema que genera muchas dudas y quizas este equivocada, pero yo para el periodo 1-2017 no informaría una facturacion distinta a la ya informada en la recategorización del 9-16, porque lo que estarias modificando como dato es la facturación ya informada al 9-16.
          En muchos casos, el resultado final no varía ya los contribuyentes continuan en la misma categoria, pero en el resto de los casos se pueden generar diferencias tanto a favor como en contra del fisco.

          • SANDRA RUIZ 12 enero, 2017 at 11:49

            Carla te consulto. si yo modifique datos para estar en enero 2017 en la categoría correcta según equivalente a diciembre 2016 ejemplo D y luego teniendo en cuenta los ingresos de todo el año 2016 tengo que continuar en esa que modifique, siguiendo el ejemplo la D, no hago recategorizacion porque continuo en la misma que modifique o igual tengo que recategorizar y poner los ingresos del 2016 para que estos queden asentados en afip, considerando digo que la ley dice que si continuas en la misma categoría no haces nada pero ahora es confuso. gracias por estar siempre cuando te necesitamos..

          • Carla Lombardi 12 enero, 2017 at 16:28

            Si modificaste en Enero 2017 la categoria segun facturacion 1-16 a 12-16, entonces no es necesario hacer recategorizacion, excepto que alguno de los otros parametros te cambie la categoria y no lo hayas informado cuando hiciste la modificacion de datos.

      • Paola 12 enero, 2017 at 11:54 Responder

        Buen dia Carla, cuando realizas la modificacion pones periodo 01/2017 ( con valores 09/2015-08/2016) y cuando haces la recategorizacion pones en periodo 02/207 con valores 01/2016 – 12/2016?

        • Carla Lombardi 12 enero, 2017 at 16:24 Responder

          Si, esa es mi postura, hay colegas que decidieron hacer modificacion en 1-2017 con facturacion 1-16 a 12-16, pero a mi no me cierra.

          • SANDRA RUIZ 12 enero, 2017 at 19:28

            Coincido con vos Carla …para enero tomar valores 9/2015-08/2016 para modificar enero-17 que es lo que hice en el ejemplo que te di….. modifique en enero con esos valores quedando en D, pero luego al tomar 1-16 a 12-16 determina que continuo en esa categoría D. a eso me referia si en este caso no hago nada y sigue en la D. o como te preguntaba igual recategorizo aunque de D para que afip tome en cuenta los valores del 2016.

  81. Andrea 10 enero, 2017 at 14:27 Responder

    Me fui voluntariamente del monotributo ( presionado por Mercadolibre) el 1/12 /16 y se que puedo volver. Cuáles son los pasos? Adhesión en monotributo como inicio actividad? Y baja de ganancias ?

  82. santiago 10 enero, 2017 at 13:47 Responder

    Estimados: intente adherir a un contribuyente que había sido excluido y cuando se ingresa a la adhesión, permite incorporar únicamente desde 02/2017.
    Tengamos cuidado por que si damos la baja 12/2016, el mes de enero nos queda en el limbo

    • Mario 11 enero, 2017 at 12:58 Responder

      Buen día Santiago,

      Se debería a un error de sistema, pues ni la Ley ni la RG dispone los efectos desde el mes siguiente; caso contrario, subsistiría la condición anterior y debe presentar y pagar, en su caso, IVA por Enero y Ganancias año 2017.

      Saludos

  83. Santiago 10 enero, 2017 at 12:28 Responder

    Era de esperar. Me sucedió exactamente lo mismo. 2016 Categoría B. 2017: Constancia Categoría A, Form 960 Categoría A, Credencial de pago (F152) Categoría B con valores de la nueva tabla (superiores a los que me corresponden)Envié consulta a la AFIP vía web. Si me responden lo compartiré.

  84. Marua 10 enero, 2017 at 12:21 Responder

    Alguna novedad sobre la actualización del monto unitario de venta?? Es inconcebible que permanezca en 2500 $. Muchos monotributistas quedarán excluidos !!! No pueden no vender por esa ridicula limitación.

  85. Daniel 10 enero, 2017 at 11:46 Responder

    En mi caso la Constancia los pasaron a la categoría inmediatamente inferior, pero en la credencial (donde esta el CUR) quedaron con la categoría original y los importes actualizados…

  86. PAOLA 10 enero, 2017 at 11:41 Responder

    Perfecto, funcionó con la modificación de datos, y el procedimiento descripto. Para un contribuyente encuadrado anteriormente en categoría F, hice la modificación con los ingresos anuales al 31/08/16, y quedó en categoría D actual para el período 01/17

  87. Sofia 10 enero, 2017 at 11:05 Responder

    Buenos días,
    En los casos que yo vi la AFIP recategorizó para abajo una categoría, se ve en la constancia de inscripción, pero cuando quiero reimprimir la credencial para abonar el mes de enero 2017 dejo la misma categoría que tenía antes de la recategorizacion automática pero con los nuevos valores. Por ejemplo, en 12/2016 estaba en la categoría B y ahora en la constancia de inscripción me aparece categoría A, pero la credencial dice categoría B con saldo a pagar de $ 880. Cuando quiero hacer la modificación de datos como mencionas en la nota el sistema no me deja y emite el error “99999”.
    Que debería hacer?

  88. Martin 10 enero, 2017 at 10:47 Responder

    Estimados buenos dias, alguno reinscribió a un monotributista que habia sido excluido? Como es el procedimiento? Lo doy de Baja en IVA y de alta en monotributo???

      • Martin 10 enero, 2017 at 10:56 Responder

        Gracias, tengo un caso que me excluyeron con fecha noviembre pero la exclusion esta procesada el 29/12 y las preguntas que subió AFIP habla de los exluidos antes del 27/12.

        • Soledad 10 enero, 2017 at 18:43 Responder

          Me paso lo mismo que a vos. Tengo una exclusion con fecha 29-12-2016. Lo lógico seria dar de baja Autonomo e iva y darte de alta en monotributo nuevamente..

          Espero que alguno pueda ayudarnos!

        • Julieta 10 enero, 2017 at 22:58 Responder

          Intenta darlo de alta en monotributo. Si te lo permite automáticamente te va a dar de baja iva, ganancias y autónomos. Mi única duda es que el sistema te permite alta en monotributo a partir de 02/2017 y la ley deja en claro que tiene efecto a partir de enero de 2017. Entonces en enero tienen que seguir siendo RI? Y otro error que observe es que aquellos que vuelven a MT y tienen que tributar ganancias por ser socios de una sociedad por ejemplo, al ser automática la baja en IG y autónomos tenes que volver a dar el alta en ambos, pero una vez más te lo permite a partir de 02/2017 quedando fuera 01/2017. En IG se puede solicitar en agencia la retroactividad pero no se si tb la darán en autónomos.

        • Alexis 11 enero, 2017 at 08:03 Responder

          Ayer hice un caso asi..di de baja Iva, Ganancias y Autonomos al 31/12 y alta al 01/2017, lo habian excluido en Octubre/2016, no hubo problemas al respecto..

        • Jose Simes 11 enero, 2017 at 11:05 Responder

          En ese caso, averigüe, y hay que reinscribir en monotributo. No lo van a pasar de oficio, y se podría hacer según la AFIP, a partir de hoy 11/01

    • Beatriz 11 enero, 2017 at 09:22 Responder

      Para inscribirlo quise dar de baja los impuestos IVA, Ganancias y Autonomos desde el periodo 12/2016 en los que habia quedado despues de la exclusion, y el IVA no me dejo darlo de baja porque dice que esta inscripto en IVA Diferido (o trimestral) y que primero tengo que dar de baja este beneficio que no se como hacerlo.
      De todas formas probe inscribir al contribuyente en el monotributo y lo permitia solo desde el periodo 02/2017, no me dejaba optar por el periodo 01/2017.

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