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Ingreso Mínimo Global de Referencia UOM ¿Cómo se calcula?

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Desde ADIMRA enviaron algunos ejemplos de casos alcanzados por lo establecido en la Cláusula QUINTA “INGRESO MÍNIMO GLOBAL DE REFERENCIA” del acuerdo suscripto el día 19 de Mayo de 2011 entre ADIMRA y UOMRA.

EJEMPLO 1
Categoría: Operario
Antigüedad: 10 años
Modalidad de Pago: Suma de Remuneraciones sin Horas Extras de 1º y 2º quincena
Horas Mensuales Trabajadas: 189
Jornal Básico al 01/04/2011: $ 13,74
Ingreso Mínimo Global de Referencia: $ 3.200
Concepto
Salario Básico $ 2.596,86
Antigüedad $ 259,69
Premio Presentismo $ 200,00
Premio por Productividad $ 300,00
Plus Empresa $ 250,00
Total 3.606,55

En el Ejemplo 1, no corresponde integración en concepto de “Ingreso Mínimo Global de Referencia (Cláusula 5º Acuerdo 19/05/2011)”

EJEMPLO 2
Categoría: Operario
Antigüedad: 0
Modalidad de Pago: Suma de Remuneraciones sin Horas Extras de 1º y 2º quincena
Horas Mensuales Trabajadas: 189
Jornal Básico al 01/04/2011: $ 13,74
Ingreso Mínimo Global de Referencia: $ 3.200
Concepto
Salario Básico $ 2.596,86
Antigüedad $ 0,0
Premio Presentismo $ 0,0
Premio por Productividad $ 0,0
Plus Empresa $ 0,0
Total .596,86

Cálculo: $ 3.200 – $ 2.596,86 = $ 603,14
En el Ejemplo 2, se debe integrar la suma de $ 603,14 en concepto de “Ingreso Mínimo Global de Referencia”, bajo el rubro: “IMGR – Cláusula 5º Acuerdo 19/05/2011”.

Se recuerda que en caso de jornadas reducidas deberá proporcionarse el importe correspondiente al Ingreso Mínimo Global de Referencia (Ver Cláusula 5º párrafo 1º)

UOM

19 comments

  1. Horacio 25 agosto, 2016 at 09:31 Responder

    Debo pagar sindicato y obra social sobre minimo global de referencia ;si el personal trabaja media jornada ?
    La UOM intima el pago
    Gracias
    Que accion seguir

  2. Anonymous 24 septiembre, 2011 at 19:22 Responder

    Para los que trabajamos media jornada también?
    Yo trabajo 4 hs. diarias, y a veces ni siquiera de lunes a viernes, sino que menos.
    Me deben pagar el IMR?
    Gracias!

  3. Anonymous 15 junio, 2011 at 21:42 Responder

    hola!! quiero saber cómo debo proporcionar los 3200 si el empleado no trabajó el mes completo, se proporciona por 200 horas o las que trae el respectivo mes ??, gracias, Eliana

  4. Anonymous 7 junio, 2011 at 15:33 Responder

    Hola, les queria consultar si los $3200 tb son para los administrativos (trabajamos 10 hs, 2 hs extras las hacen hacer obligatoriamente).
    Y tb quisiera saber si los $3200 son retroactivos a abril, o si la diferencia estará dada entre la categoría + 15%, menos lo que efectivamente cobramos.
    Muchas gracias!
    Josefina

  5. jose 4 junio, 2011 at 22:36 Responder

    En el articulo 5 donde dice que es para todos los trabajadores comprendidos en el ambito de representacion de la uomra que significa???
    un compañero mme dijo que quiere decir que es para los delegados unicamente.
    alguien puede aclararlo???
    estoy medio perdido.

  6. Anonymous 4 junio, 2011 at 14:22 Responder

    Por favor quisiera que me digan qué opinan ustedes con respecto a los empleados que tuvieron inasistencias, si les corresponde cobrar o no los $ 16,00.
    Por lo que dice el punto quinto del acuerdo, pareciera que solo tienen derecho a cobrar el IMGR aquellos empleados que trabajaron todo el mes.
    Muchas gracias.

  7. José 2 junio, 2011 at 14:51 Responder

    Los acuerdos de convenios vienen siendo “cualquier cosa” desde hace mucho tiempo. Prueba de esto son las llamadas “contribueciones empresariales” en donde se obliga a las empresas a contribuir con hasta $600 por empleado para “fines sindicales”. Entiendase plata para el sindicato, en lugar de dinero para el trabajador….

  8. Rosana Frachia 1 junio, 2011 at 17:14 Responder

    Coincido con que no resulta justo ni equitativo, ya que una persona que cobrando el concepto “antiguedad” sobrepase los $ 3200 por poco dinero quizas cobre casi lo mismo que alguien que no tiene antiguedad y que por aplicación del “minimo garantizado” alcance los $ 3200.
    Se encontrarán cobrando lo mismo en diferentes condiciones.
    Es un tema muy complejo, además como piso ya existe el SMVM, si cada CCT va a establecer nuevos pisos adicionales a las escalas salariales, liquidar sueldos será una locura.

  9. Carla 1 junio, 2011 at 16:37 Responder

    Roberto y Silvina,
    El tema del Ingreso Minimo de referencia trae varias controversias en su aplicacion, sobre todo por no cumplir con principios constitucionales basicos como el de “igual remuneracion por igual trabajo”.
    Lamentablemente esto es lo que figura en el acuerdo y es un aumento encubierto. Publique lo que difundio ADIMRA sobre su aplicacion.

  10. Silvina Alicia 1 junio, 2011 at 16:30 Responder

    No comprendo la “legalidad” de este complemento, dado que para un operario de Uom que recién ingresa, no cobra lo que determina el convenio colectivo para su categoría sino MÁS. ¿es así o entiendo mal? ¿es obligartorio pagr esto?

    SILVINA

  11. Rodrigo 1 junio, 2011 at 13:41 Responder

    Pero el acuerdo menciona que es para los empleados que cumplan con la JORNADA LEGAL DE TRABAJO, entonces como puede ser que se calcule proporcional para los de media jornada?

  12. Marcelo Cafferata 31 mayo, 2011 at 15:49 Responder

    Entiendo que no es en mano. Es $ 3200.- BRUTO.
    El problema es que se complica cuando el empleado tuvo INASISTENCIAS porque el $ 3200.- es un valor de referencia en tanto y en cuanto haya laborado el mes completo.

    En el caso que haya inasistencias es realmente complicado, sobre todo de sistematizas para no andar calculando empleado por empleado.

  13. Anonymous 31 mayo, 2011 at 15:35 Responder

    Buenas, no puedo bajar el CCT de la página de la UOM porque está roto el archivo así que no entiendo bien de qué se trata el artículo. Esto quiere decir que si cobro en mano menos de $3200 voy a pasar a cobrar eso? en qué concepto se paga? Se agrega al básico o es un item no remunerativo?
    Muchas gracias!

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