Inspección General de Justicia prorroga hasta el 29/07/2011 el plazo establecido por la RG (IGJ) 5/10 para cumplimentar con lo previsto por la RG (IGJ) 1/10, que dispone la obligación de la presentación de una Declaración Jurada para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales como así también para las asociaciones civiles y fundaciones.
Carla, te hago una consulta. Sabes si se puede rectificar (o volver a generar la DDJJ) de la IGJ antes del 29 de Julio??? Gracias!