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FACTURA ELECTRONICA RG 3749. EMPADRONAMIENTO, COMPROBANTES EN LINEA Y CONTROLADOR FISCAL. ALGUNAS RESPUESTAS DE AFIP

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Cuando el lunes comente que los obligados a factura electrónica a partir del 1/7/2015 no debían empadronarse, varios colegas comenzaron a enviarme mails con consultas sobre este tema.
El siguiente es un resumen de las consultas que figuran en el ABC de AFIP y que pueden servir para despejar dudas sobre algunos temas.

EMPADRONAMIENTO Y REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES.

1. ¿Si me encuentro alcanzado por la emisión de Factura Electrónica por la RG 3749/15, debo realizar algún empadronamiento para adherirme al Régimen?
No. No se encuentran obligados realizar ningún empadronamiento.
ID 19054903 Evento 3725. Fuente: Art. 23 RG 3749/15

2. ¿Si me encuentro alcanzado por la obligación de emisión de Factura Electrónica por la RG 3749/15, debo habilitar los puntos de venta que utilizaré para el Régimen?
Si. Deben habilitarse los puntos de venta que se utilizarán para Factura Electrónica y deben ser distintos a los utilizados por otros métodos de emisión de comprobantes (por ejemplo, Controladores Fiscales de la RG 3561/13 o comprobantes con CAI por la RG 100/98)
ID 19056952 Evento 3726. Fuente: Art. 22 RG 3749/15 y Art. 25 RG 2485/08

3. ¿A partir del 1° de julio queda sin efecto el método de “Comprobantes en Línea” disponible por clave fiscal?
A partir del 01/07/2015 se deja sin efecto el denominado “R.C.E.L. – Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea” pero sigue vigente y habilitado el método de “Comprobantes en Línea” (Conocido como “Facturador en Línea”).
A partir de ese momento subsistirán, bajo “R.E.C.E. – Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos”, los tres métodos de emisión: Facturador en Línea – Programa Aplicativo – Web Services.
Los contribuyentes indicarán el método que han seleccionado, al momento de la habilitación de los Puntos de Venta.
ID 19065148 Evento 3729. Fuente: Art. 9 RG 3749/15

4. Si estoy incluido en el – “R.C.E.L. Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea” ¿tengo que adherirme al ¿Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos” (R.E.C.E.)” o habilitar nuevos puntos de venta?
Los responsables que se encuentran incluidos en el “R.C.E.L. Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea”, en carácter opcional u obligatorio, a partir del 1 de julio de 2015 serán migrados automáticamente al “Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos” (R.E.C.E.) como así también los puntos de venta que ya tiene habilitados.
ID 19067197 Evento 3730. Fuente: Art. 9 RG 3749/15

CONTROLADOR FISCAL Y FACTURA ELECTRONICA

1. ¿Si el contribuyente opta por emitir todos sus comprobantes por controlador fiscal, inclusive las facturas (impresora fiscal), queda exceptuado de emitir sus comprobantes originales en forma electrónica?
La utilización de Controlador Fiscal no es una opción, debe utilizarse para las actividades u operaciones alcanzadas por la RG 3561/13. Caso contrario, tratándose de un Responsable Inscripto en IVA, debe emitir Factura Electrónica.
ID 19048756. Fuente: Arts. 1, 2 y 3 RG 3749/15 y Anexo I RG 3561/13

2. Si estoy obligado al uso de controlador fiscal por las operaciones o actividades que realizo, ¿puedo optar por Factura Electrónica?
Las únicas excepciones para optar por Factura Electrónica cuando se encuentra obligado al uso de controlador fiscal, son:
– Las operaciones realizadas con quienes no revisten la calidad de consumidor final.
– Las ventas realizadas por Internet o en forma telefónica.
En ambos casos la factura electrónica que se emita deberá cumplir con los términos y condiciones de la RG 2904/10.
ID 19102030. Fuente: Art. 8 RG 3561/13 y Art. 20 RG 3749/15

3. ¿Cuál es el tratamiento de las operaciones “en mostrador” con Consumidores Finales?
Cuando las facturas, recibos, notas de débito y de crédito, clase “B”, respalden operaciones con consumidores finales no comprendidas por el Régimen de Emisión mediante el uso de Controlador Fiscal, en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o establecimiento, el emisor deberá entregar al consumidor la impresión de dichos comprobantes.
ID 19061050. Fuente: Art. 5 RG 3749/15

19 comments

  1. Yanina 17 marzo, 2017 at 12:19 Responder

    Hola! Si ya no estoy obligado a usar controlador fiscal, y por lo tanto decido empezar a hacer factura electrónica. Puedo mantener el controlador fiscal como respaldo o debo de darlo de baja?

  2. Susana 29 julio, 2015 at 14:08 Responder

    necesito habilitar el servicio de afip “facturacion electronica” , no me aparece este item, porque puede ser?, reempadrone a la empresa para este sistema y no me aparece.
    Gracias

  3. José Luis 21 julio, 2015 at 20:33 Responder

    Un entidad exenta realiza el servicio de albergue de ancianos. Como entidad exenta puede optar por la Fact Electrónica. El servicio es prestado a PAMI y a particulares. Puedo utilizar alternativamente la Fact Electr con las entidades que lo soliciten y al mismo tiempo entregar al “consumidor final” el Recibo C manual ? Gracias por tu opinión.

  4. Gabriela 29 junio, 2015 at 17:17 Responder

    Hola! Estoy dando de alta el punto de venta y presiono el botón “confirmar” pero no se mueve de ahí.
    Otra pregunta: una vez que di de alta el punto de venta, ¿que paso sigue? ¿puedo poner un logo en la factura electrónica? Gracias!

    • Paula 2 julio, 2015 at 22:47 Responder

      hay problemas de carga con la pagina de Afip, ese es un punto en estos días, esa colapsada. El otro punto es que la carga de punto de venta, como también los empadronamientos de los mismos hay que realizarla con Explorer o Mozila

  5. yesica 28 junio, 2015 at 14:37 Responder

    Hola Tengo el caso de un contribuyente que se dio de alta en marzo y esta facturando con “factura A con cbu informado”con cai, por lo que entiendo es necesario habilitar los puntos de ventas diferentes a los que tienen cai, esto es asi?
    Me surgen varias dudas, gracias yesica

  6. Claudia 24 junio, 2015 at 11:28 Responder

    Consulta, cómo debo pedir una prórroga por dificultades en la implementación de Factura electrónica, no lo hice al vencimiento debido a que el proveedor de mi sistema (a medida) me aseguró que no tenía inconvenientes. Ahora ya cercana a la fecha de la obligatoriedad me informa que está superado por la demanda de sus clientes y que tardará entre 15 y 20 días en instalármelo. En la pág. de Afip ya no figura el ítem “Dificultades de Implementación”/”Ingresar declaración”, por lo que no sé como y si se puede hacer tal pedido. Será que debo presentar una nota en la delegación?
    Gracias.-

  7. Juan Martin 23 junio, 2015 at 17:23 Responder

    Buenas tardes, como hago para dar de alta un responsable inscripto en el regimen de “Comprobantes en Linea”?? Ya me baje la relacion, cargue los datos, pero en el ABM pto de venta no me aparece la opcion, factura en linea…. Solo me aparece para factura de exportacion o factura web (imprenta)…. Muchas Gracias

  8. Raul 23 junio, 2015 at 09:14 Responder

    Necesito el diseño del registro del archivo, para presentar las Ventas. por el sistema de “lote”.
    Tambien si es posible utilizar el WebService, de forma gratuita, es decir como se hace una conexion sin tener que “abonar nada a nadie”.

    Gracias
    Raul

  9. francisco 23 junio, 2015 at 00:57 Responder

    En el colegio de mi hijo,les dicen de entrar,la afip,al regimen de pago de aranceles y cuotas mensuales a travez de boleta electronica,yo como padre que todos los años doy cuenta de mi situacion al afip y que me retienen parte de sueldo como impuestos a las ganancias;tendria alguna contemplacion de parte del afip si pago con boleta electronica el estudio de mi hijo?

  10. rambo2015 10 junio, 2015 at 14:10 Responder

    Hola! Buenas Tardes. Tengo un cliente que tiene un Kisco, donde la mayoría de las ventas es a Consumidores Finales, hoy en día esta haciendo facturas manuales, debo hacer que ponga un controlador fiscal?. Por que entiendo que lo arruino con el tema de factura electrónica. Desde ya muchas gracias por la respuesta y la ayuda! Saludos.

  11. nicorodriguez 4 junio, 2015 at 10:18 Responder

    consulta, si estoy obligado a utilizar el controlador fiscal desde el 2008; tengo que empadronarme y utilizar factura electrónica? y además debo presentar la ddjj informativa de compras y ventas?

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