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EMPLEADOS DE COMERCIO ESCALAS SALARIALES DESDE ABRIL 2015. HOMOLOGADO R. ST 727 y 728

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  Finalmente apareció publicado en la pagina de FAECYS el nuevo acuerdo salarial para Empleados de Comercio con vigencia a partir de abril de 2015 aunque el mismo se encuentran todavía pendiente de homologación.
En el acuerdo se conviene un incremento equivalente al 27% a efectivizarse en dos tramos de manera remunerativa y no acumulativa:
17% a partir de abril 2015; y
10% a partir de noviembre 2015.
Asimismo, se establece el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativa de $ 3048 en dos cuotas iguales de $ 1524 en los meses de julio y noviembre  septiembre de 2015, respectivamente.

Pueden bajar las escalas de abril 2015 desde ACA  y de noviembre 2015 desde ACA

Como ya es costumbre se establece también un aporte con destino a la obra social de la actividad mercantil (OSECAC) de $ 70 a cargo de los trabajadores.

Pueden ver el Acuerdo completo desde ACA.

18 comments

  1. Facundo fuentes 20 julio, 2015 at 14:10 Responder

    Hola… nos cambiaron de gremio ase un año y no tenemos ningun aumento. Nos dice de la patronal que hasta que no este homologado el aumento no pagara nada. Soy de la rioja trabajo en recoleta vertice. Grupo argentino de servucios s.r.l,a quien pedimos ayuda? ????? Quien ve esta accion ??? Con quien reclamamos..

  2. MONICA 8 julio, 2015 at 12:41 Responder

    Necesito si en SMATA hay algun acuerdo o normativa para cobro de adicional por manejo de dinero o se toma como empleado de comercio…. Gracias

  3. Carolina 16 junio, 2015 at 13:10 Responder

    Buenas tardes, alguien tiene novedades acerca de como se deben ingresar los 70$ de aporte a OSECAC , por 931 como lei que uds comentaban?
    Por otro lado, a partir de que mes se descuenta? con el sueldo de mayo que incluia el retroactivo a abril)? es decir 1404? o solo 70 de mayo?
    gracias
    saludos

  4. Yamila 15 junio, 2015 at 09:55 Responder

    Hola Gonzalo, el acuerdo dice claro que es para todos los que están encuadrados en el convenio y que están afiliados a osecac, ahora los $70 que tienen que aportar y que dice que se debe hacer desde mes de mayo, se esta refiriendo a comenzar a descontar los $70 desde la liquidación de recibos de sueldos de mayo o desde que comenzó el acuerdo y había que retenerle a los empleados en las liquidaciones de mayo $140 por el retroactivo de abril. Pregunto esto porque yo en los recibos de mayo les retuve a los empleados $70, y ya desde OSECAC me están reclamando los $70 de abril, según ellos (osecac zarate) es retroactivo, ya envié mail a todos los lugares que se me ocurrieron, pero todavía nadie me responde. Para mi están equivocados porque dice durante la vigencia del acuerdo y a partir del mes de mayo. Alguien que opine por favor…

  5. yamila 11 junio, 2015 at 19:57 Responder

    hola, tengo una duda con los benditos $70 de la obra social, el acuerdo dice a partir de mayo se deben pagar, se refiere a mayo con los sueldos de abril o a los sueldos de mayo que se pagan en junio?? cuanto había que descontar de los recibos de mayo $70 o $140. Porque ya me estoy peleando con el sindicato, ya me están reclamando los $70 correspondiente al mes de abril. Alguien sabe?? alguien lo tiene claro??

    • Cristian 10 julio, 2015 at 11:15 Responder

      Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional, durante la vigencia del Acuerdo suscripto por las partes y sin que ello implique sentar precedente alguno, un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y afiliados a la OSECAC. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de $ 70 (pesos setenta) mensuales. Dicha suma será retenida del monto de la remuneración mensual a percibir por cada trabajador, a partir del mes de mayo de 2015 y depositada a la orden de OSECAC.

      Teniendo en cuenta la naturaleza y destino de este aporte, en ningún caso el trabajador podrá solicitar que el empleador se haga cargo del pago directo de dicha obligación o reclamar su reintegro cualquiera sea la forma de liquidación de su remuneración.

      Las partes solicitan la homologación de la presente Acta Complementaria al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de conformidad a la normativa vigente

      En este estado se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, para constancia.

  6. Aromfre 3 junio, 2015 at 08:34 Responder

    Hola tengo una duda con el retroactivo, ¿a las horas extras de abril también se debe aplicarle el aumento? ¿o es a libre interpretación de la empresa?

  7. Mónica 30 mayo, 2015 at 18:49 Responder

    Hola
    Tengo que liquidar empleado de comercio pero de la rama turismo, hay alguna novedad o sigo con los valores del mes pasado???

  8. julieta 30 mayo, 2015 at 11:04 Responder

    Hola. Saben cuanto falta para que se homologue y cuando se empieza a pagar? Abril es rertroactivo? Apenas se homologue se cobra? Mas intereses. Gracias

  9. Contable 29 mayo, 2015 at 10:28 Responder

    – Gonzalo, coincido con vos
    – Alexis, no es así. Aun no esta homologado
    – David, en el 931 lo cargas en el apartado “aporte adicional” de obra social.
    Si le preguntas a los de OSecac te diran que lo tenes que pagar con el formulario 120. Pero te dicen esto para que Afip no les descuente el porcentaje correspondiente de Anssal. Entonces abonalo con el 931, así por lo menos no se la llevan tan de arriba estos ratones de Osecac.
    Quedate tranquilo, no te pueden reclamar nada.

  10. david 29 mayo, 2015 at 08:10 Responder

    A todo esto, como se refleja en el 931 el aporte a osecac ? mas que nada por el tema del pago, a menos que en el 931 no se tenga que mencionar y se tenga que ir a la obra social a pagar los $70

  11. Alexis 28 mayo, 2015 at 20:52 Responder

    Ya esta homologado el acuerdo, es retroactivo y solo se les descuenta el aporte solidario a osecac aquellos que son afiliados a la obra social

  12. Miriam 28 mayo, 2015 at 18:05 Responder

    Gonzalo, Carla, coincido con la interpretación de ustedes, les consulto, liquidaríamos retroactivo a Abril 2015?, por que como aún no está homologado, no se sabe que dirán sobre eso.

  13. Carla 28 mayo, 2015 at 16:31 Responder

    Gonzalo,
    Yo interpreto lo mismo que vos. Solo estarian obligados a aportar los que tengan como obra social OSECAC (a diferencia de años anteriores que eran todos y sobre lo cual se hablo y discutio bastante).
    Yo estoy liquidando asi, igualmente todo es muy reciente…habrá que esperar algunos dias para estar seguros (hasta que este homologado).

  14. Gonzalo Casas 28 mayo, 2015 at 12:48 Responder

    Hola, gracias por la info.
    A diferencia de los acuerdos anteriores, en este, el aporte a OSECAC dice: “un aporte a cargo exclusivamente de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75, y asociados a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)”.
    Segun mi criterio, aquellos empleados de Comercio que no esten afiliados a OSECAC, no pagarian los $70. A riesgo de futuras inspecciones y liquidaciones de deuda del sindicato/obra social. Que les parece a ustedes??

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