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Autónomo que se jubila y sigue en actividad ¿Cómo modificar la categoría de Autónomo?

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Cuando una persona se jubila por la Ley 24241 y se encuentra en actividad, debe abonar un aporte diferencial de $192,17.
Para realizar el empadronamiento se debe ingresar a través de la página de AFIP, al servicio “Sistema Registral”, opción “Empadronamiento/Autónomos“. Pero en el sistema no existe ninguna opción particular para jubilados, por lo cual deberán tener en cuenta que en el sistema figure dicha condición de jubilado, ya que sino, en vez de calcular el monto diferencial calculará el correspondiente al total de la categoría.
Como cambiar la categoría a jubilado:
Se deberá presentar en la dependencia de AFIP en la cual se encuentra inscripto y adjuntar:
1. F.460/F a fin de modificar dicho dato en el Padrón.

2. La documentación que acredite el efectivo inicio del trámite o la obtención del beneficio por parte de ANSES.
De esta manera, podrá realizar correctamente el empadronamiento.

Recuerden que los beneficiarios de prestaciones previsionales en el marco de la Ley 24241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma no tienen obligación de recategorizarse anualmente.

Autonomos

59 comments

  1. Nicolas 29 enero, 2024 at 16:25 Responder

    Tengo una persona que estuvo pagando autónomos por 5 años estando jubilado. Como puedo hacer para que me reimputen el dinero pagado de más por esos 5 años? Saludos

  2. Raúl 21 marzo, 2023 at 16:52 Responder

    Buenas tardes:
    Si un integrante de una sociedad de hecho se jubila, pero continúa trabajando en la misma sociedad, ¿en que categoría y cuánto debería pagar de Autónomos?

    Muchas gracias

  3. Jorgelina 10 marzo, 2023 at 10:27 Responder

    Buen día Contadores en Red. Tengo que realizar una inscripción en Monotributo de una jubilada docente de provincia de Santa Fe por ley Provincial N° 13.201/2011, y en la inscripción de Monotributo solo tengo las opciones: Jubilado Ley N° 24.241 y N°18.037/8 (ambas leyes Nacionales). Agradecería que me oriente en como puedo hacerlo. Muchas Gracias.-

  4. Antonella 3 febrero, 2022 at 18:13 Responder

    Buenas tardes, tengo un cliente que se jubilo como docente universitario (ley 26508). Pero sigue siendo presidente de la sociedad anónima. Mi pregunta es; ¿corresponde que comience a pagar autónomos como jubilado? o tiene que seguir como trabajador activo?
    Me surge la duda porque cuando cargo el f460 solo tiene la opción para tildar “Jubilado Ley 24.241”
    Gracias!

  5. macarena 26 enero, 2022 at 12:19 Responder

    Hola Carla, buenas tardes. En base a lo que dice Matilde tengo la misma duda… ya afip me cargo al contribuyente como jubilado asi que solo me queda re empadronarlo y el tenia T2 Categ II hasta 20.001$; entonces ¿lo vuelvo a poner en la misma? hice la prueba y cuando le doy siguiente me sale jubilado y el importe asi que estaria Ok estimo…solo mi duda es si debo respetar la categoria que tenia antes que va a cambiar de valor al ser jubilado. Espero los comentarios y gracias! muy util el foro…siempre googleo y me fijo las consultas y temas. 😉

    • carla 26 enero, 2022 at 12:51 Responder

      Si el contribuyente esta jubilado por la Ley 24.241 y continúa en la actividad, debe seguir aportando al régimen de autónomos en la categoría de jubilado.

  6. Dora Juarez 12 enero, 2022 at 12:06 Responder

    Hola, quisiera ver si alguien me ayuda con esta situacion: persona jubilada de Anses y de una Caaja Profesional es nombrada Gerente de una SRL, que Categoria de Autonomo paga? la determinada por ingresos o la de jubilado?
    Si alguien sabe por fvor me comenta algo?
    Gracias

    • carla 26 enero, 2022 at 12:52 Responder

      Si el contribuyente esta jubilado por la Ley 24.241 y continúa en actividad como socio gerente, debe seguir aportando al régimen de autónomos en la categoría de jubilado.

  7. Lula 13 agosto, 2021 at 10:18 Responder

    Buen dia, quisiera consultar acerca de un docente que se jubilo por el ips y continua en su actividad autonoma, mi consulta es al estar jubilado por el ips puede aportar como autonomo jubilado? Ya que nose si entraria como jubilado ley 24241

  8. Jorge Neres 28 junio, 2021 at 13:45 Responder

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  9. Olga C. Carrizo 7 mayo, 2021 at 18:33 Responder

    Soy trabajadora AUTONOMA y hacía mis aportes jubilatorios en la Categoría 302 T3 abonando $ 5.173,14-
    Recientemente me he jubilado pero quiero continuar con mi actividad. Mi pregunta es como debo actuar ante la AFIP y cuanto debo abonar mensualmente

  10. Sebastiian 7 febrero, 2021 at 17:44 Responder

    hola les consulto mi madre se tiene que jubilar y desde anses le informaron que se tiene que bajar de categoría para poder iniciar los tramites. Ella es monotributista ultima categoría

  11. Micaela 2 noviembre, 2020 at 10:58 Responder

    Cuando un contribuyente (una mujer) cumplio los 60 años ahora en octubre, e inicio los tramites jubilatorios en el ANSES

    ¿Como hago para categorizarla en autonomos como jubilada? Esta en la categoria tabla V
    Tiene que presentar el F460 en la dependencia de Afip en donde esta inscripta y luego yo recien puedo modificar en sistema registral modificacion/empadronamiento de autonomos?

    Al estar ahora cerradas las dependencias por la pandemia, la presentacion del formulario, es por presentaciones digitales?
    Desde ya muchas gracias

  12. Victoria 31 agosto, 2020 at 17:14 Responder

    Hola a todos!

    Tengo el caso de un cliente que le aprobaron la jubilacion en Enero 2019 pero lo informo en AFIP en Diciembre 2019.
    Por lo cual por todos los periodos 2019 le estan reclamando el concepto 024 de monotributo, excepto en Diciembre 2019 que ya estaba el cambio informado.

    Hay manera de solicitar en monotributo el alta retroactiva como jubilado mediante multinota como sucede en autonomos? De esta manera se evitaria abonar el concepto 024 de la cuota de monotributo de todos los periodos 2019.

    Espero puedan ayudarme.

    Muchisimas gracias.

  13. Andrea O 1 agosto, 2020 at 18:27 Responder

    hola consulta
    Por error una clienta se da de baja en el monotributo aportando segun ley 24241, quiero darle el alta nuevamente pero cuando elijo esa opcion no me lo permite .
    Leyendo un poco , veo que ya cumplio con los 5 años de aporte de su moratoria, y que si solo realizada la actividad de alquiler no deberia abonar previsonal ni obra social. Es correcto que realice la modificacion o insisto con lo de la ley 24241.

    Gracias espero ayudaaa!!

  14. DIANELA PRIDA 8 julio, 2020 at 08:44 Responder

    Buenos días, quería saber cuanto pagaría un jubilado autónomo luego de la modificación en el empadronamiento si sigue trabajando como tal, es un electricista mecánico que se jubila pero decide seguir trabajando en su taller.
    pertenece a la tabla II categoría II $4240.84.

  15. patricio 29 marzo, 2020 at 21:16 Responder

    Buenas noches, necesito ayuda por favor! tengo una cliente que estaba inscripta como autonomo caracterizada como jubilada de manera presencial en afip. se la dio de baja hace unos años y ahora necesito dar de alta nuevamente en autonomos. El tema es que no me permite dar de alta en ninguna tabla. solicite el alta via presentaciones digitales pero no obtengo respuestas. alguno sabe en q tabla ubicarla o si el tramite lo debe realizar el contribuyente en la agencia que corresponda? muchas gracias

    • Patricia 10 abril, 2020 at 22:31 Responder

      Hola tengo un caso similar al tuyo Patricio pero el punto es que no puedo pasar de la primera pantalla de la recategorizacion de autonomos no importa que tabla elija , ni monto ni nada! soy yo o lo pagina no funciona bien?

    • YANINA 9 junio, 2020 at 11:12 Responder

      Hola como estan? alguien me puede decir como hago esta jubilacio nque si bien le sobran aportes hay algunos años q no tiene pagos
      se puede meter en alguna moratoria o puedo descartar esos periodos q no pago? es AUTONOMO
      Historia de Categorias
      Categoría Período
      Desde Período
      Hasta Actividad
      Tipo de
      Contribuyente
      Categoría E 06/1975 06/1980 741
      Autonomo
      Categoría A 07/1980 12/1986 741
      Autonomo
      Categoría B 01/1987 03/2001 741
      Autonomo
      — 04/2001 06/2004 741-000
      Autonomo
      Categoría D 07/2004 12/2004 741-000
      Autonomo
      Categoría D 01/2005 02/2007 000-741
      Autonomo
      T2 CAT II INGRESOS DESDE $20.001 03/2007 04/2010 202
      Autonomo
      T2 CAT II INGRESOS DESDE $20.001 05/2010 202
      Autonomo

    • ANA 8 julio, 2020 at 08:21 Responder

      Hola Patricio estoy en idéntica situación. Estaba pensando darle de baja con fecha en que le salió la jubilación y ver si al quererlo dar de alta nuevamente me aparece la opción. Qué opinas? Vos lo pudiste resolver? Gracias

    • Carla Lombardi 9 julio, 2020 at 08:40 Responder

      Patricio,
      Si estaba jubilada deberia ser categoria jubilada.
      Proba hacer el reclamo mediante asistencia al ciudadano…

    • Fernando 28 julio, 2020 at 19:19 Responder

      Hola Patricio tengo un caso igual el tuyo imposible cambiar la situacion de jubilado a travez de las presentacion digitales , vos pudiste hacer algo? mi cliente no estaba inscripto pero como inicio actividad lo tengo que anotar como jubilado.saludos

  16. Maria 13 noviembre, 2019 at 11:17 Responder

    Carla,

    Buen día, en el 2011 mi papá se jubilo como autónomo, continuo con su actividad, pero nunca le informaron que debía seguir pagando.
    Hoy al entrar en la servicio de afip CCAM, le figura una deuda de mas de $500.000. Me llama la atención que siempre el monto de deuda capital es de $2.500, no importa el año. (entiendo que eso varia). Tampoco nunca lo intimaron y la deuda no figura en sistema registral… debería pedirle que lo incluyan en un plan de pago para evitar seguir generando deuda?
    Muchas gracias!

    • Carla Lombardi 14 noviembre, 2019 at 09:35 Responder

      María,
      Esta es una pagina para contadores y no realizamos asesoramiento.
      Brevemente te aconsejo que si tu papá no esta mas en actividad busque un contador por tu zona para que tramite la baja.

      • Pedro 15 noviembre, 2019 at 08:40 Responder

        Carla,

        Buen día, tengo un cliente nuevo con un caso similar, nunca lo recategorizaron al jubilarse (continua con actividad) por lo tanto dejo de pagar y ahora la deuda que le figura en CCMA aparece todos los años adeudados con el valor actual de la categoría la cual estaba pagando antes de jubilarse.

        La consulta es si puedo realizar una recategorizacion retroactiva, 10 años atras para que se actualicen los monto al valor reducido por ser jubilado y luego ver de incluirlo en el plan de pago vigente. Al tratarlo de hacerlo por medio de la web de afip, no te permite ponerle fecha, supongo que deberia realizarlo por multinota.

        Muchas gracias

        • Carla Lombardi 15 noviembre, 2019 at 09:44 Responder

          Pedro,
          Considero que se podría hacer ya que tenes medios mas que suficientes para demostrar la fecha exacta en la cual se jubilo, hast ahora el trámite para la modificación de la condición a jubilado sigue siendo presencial.
          Con respecto a realizar plan de pagos para autonomos, es un tema que tiene sus aristas…

          • Gisela 25 noviembre, 2019 at 12:54

            Buen dia, tengo un cliente nuevo, que cuando se jubilo dejo de pagar autonomos (pero siguio con actividad comercial). Por lo tanto tiene una deuda enorme de autonomos.
            Lo envie a la AFIP a realizar el cambio a categoria autonomo jubilado. En regimen tributario, ya aparece el cambio.
            La consulta es, cuando quiero reempadronarlo la fecha mas antigua que me permite es 06/2019 (él fue a realizar el tramite en 11/2019), pero él se jubilo en 03/2012, tengo miedo de ponerle la fecha 06/2019 y no me cambie el valor de la deuda desde 03/2012.
            Me pueden ayudar , para que el valor de la categoria autonomo jubilado me cambie desde 03/2012.
            Muchas gracias.

  17. Flor 16 julio, 2019 at 20:48 Responder

    Buenas noches: Soy jubilada desde mayo de 2019 de una caja provincial, como empleada pública, no por ANSES, pero a su vez hice y hago aportes autonomos por mi actividad de Directora de SA, categoria V, actividad que aun continuo. La pregunta es: corresponde recategorizarme por mi actividad de directora de SA como autonoma jubilada, o debo seguir pagando el mismo importe correspondiente a la categoria V?

  18. Mercedes Elizabet Pujal 11 julio, 2019 at 16:31 Responder

    Hola necesito me orienten , por favor.

    Quise empesar tramites jubilatorios y me encontre con una Gran sorpresa que me perjudica enormemente.

    Tengo aportes en Anses. Y en IPS , tengo mayor cantidad en IPS en la actividad en la que hoy me d aempeno, y cuando queria pasar los aportes
    de Anses a IPS me recomiendan que tambien haga el paso de los 3 meses de autonomos.

    Cuanto ingreso me encuentro que estan los 3 meses del ano 84 cuando trabaje como censista pero aparecen aportes has el 2007 inclusive.

    En definitiva este error, me cambiar la caja por la que me tendria que jubilar, pero eso me perjudica mucho.

    Los aportes de IPS son como docentes, me interesa jubilar horas de secundario y continuar en nivel superior.
    Ahora me encuentro que con estos aportes que nunca hice me jubilaria por Anses y no puedo continuar trabajando como docentes. Es decir, pierdo El derecho de ejercer mi profecion.

    tEsto es para mi un gran perjuicio, dado que mi intencion es continuar Activa en el area que mas satisfacciones me genera, por sobre odo para preservar mi salud.
    Por favor Como puedo reclamar y modificar esto??
    Saludos

    Mercedes

  19. Emmanuel 21 junio, 2019 at 12:29 Responder

    Hola Carla.
    Me comentaron que existe la posibilidad de que un responsable inscripto que además trabaja en relación de dependencia, no se vea obligado a pagar autónomos presentando un pedido en la agencia por multinota. Alguien sabe si es correcto? La verdad nunca leí nada al respecto ni he encontrado información.
    Gracias!

  20. Roberto 23 mayo, 2019 at 15:59 Responder

    Hola Carla. Podrías ayudarme. Me jubile a mediados 2012 y continúe como autónomo trabajando. El contador no me indicó nada y deje de pagar jubilación. En marzo de 2015 pasé a Monotributo.
    Viendo la página nueva de afip, me figura deuda que con los intereses llega a $256.000. Correspondiente desde mi jubilación hasta mi cambio a monotributo.
    NUNCA ME INTIMAR. Qué puedo hacer, ya que no podría pagar esto, si me intimaran. Gracias

  21. Lucas 4 abril, 2019 at 13:11 Responder

    Carla, muchas gracias como siempre por este lugar y tus valiosos aportes. Quería consultar un tema, un autónomo, se jubiló, en 01/2019, ahora le presentamos el f460 en AFIP, se lo tomaron y ya figura en Empadronamiento de Sistema Registral Como JUBILADO: SI y la fecha de jub. Ahora si consulto el DATOS REGISTRALES, también aparece Jubilación sí y la fecha de jub pero en categorías de Autónomo sigue estan la cat código 103. Les consulto, tengo que esperar a que ahi aparezca Cat. 501 Jubilado ? Si ahora pongo VEP desde Vencimiento, para el 08/04/2018, me aparece cat 103 y el importe normal, habría que pagar este, y el mes que viene ya aparecería correctamente o debo hacerlo manual indicando cat 501 Jubilado. Espero se haya comprendido mi duda.

    Muchas gracias Saludos

    • Carla Lombardi 5 abril, 2019 at 09:41 Responder

      Lucas,
      Tuve un caso parecido hace unos meses, lo que tenes que hacer ahora es entrar a Sistema Registral ir a Registro Tributario “Empadronamiento Autónomo” y allí realizar el reempadronamiento como jubilado. Te va a emitir nueva credencial con cat. 501.

      Tene en cuenta que desde esa fecha se corrige el importe que debía hacer abonado como jubilado y se genera un saldo a favor por los pagos hechos con la categoría de activo.

      Recuerdo que tardó un tiempito en corregirse la cuenta corriente de monotributistas y autónomos pero va a aparecerte un saldo a favor que podes utilizar para compensar el pago de autónomos de próximos períodos.

      • Noelia 5 noviembre, 2020 at 12:09 Responder

        Carla buenos dias! sabes que tengo el mismo caso pero cuando ingreso a empadronamiento no sale la opción de seleccionar jubilado para que me salga la nueva credencial, en ese caso como se procede? se genera el vep ingresando manual la categoria de jubilado?

  22. MARINA ROBLEDO 21 marzo, 2019 at 19:31 Responder

    buenas tardes contadores queria realizar la siguiente pregunta , dado que voy a dar de alta como responsable inscripto a un jubilado el beneficio obtenido me dice que es la ley 26970 , no me habla de la ley 24241 , tiene que pagar autonomo ? tiene que pagar una tasa diferencial ?

  23. Adrinana Gil 23 agosto, 2018 at 12:08 Responder

    buenos días, tengo un caso de un cliente que se jubilo , y ahora es responsable inscripto por su actividad economica y corresponde inscribirlo en autonomo, lo inscribí con la categoria de opción jubilado, pero esta persona no quiere pagar autonomo porque no lo beneficia en nada. que pasa si le doy la baja en autónomos? o si no paga? no lo perjudica en su jubilación? para mi no, ya que no tiene beneficios con estos aportes futuros
    espero su respuesta y ayuda, gracias!!!

    • Jorge Angel Dias 4 octubre, 2018 at 16:47 Responder

      Se que hiciste este comentario hace ya tiempo, pero no se si alguien te respondió.
      En caso a que nadie lo haya hecho y no hayas obtenido la respuesta por otro lado te comento yo.
      Toda persona que desarrolle actividad económica debe aportar a una caja previsional, ya sea como empleado en relacion de dependencia o como trabajador autónomo. Si no lo hace estará incumpliendo esta obligación y la AFIP se lo exigira y no de buenas maneras.
      De ahí que existe la posibilidad de hacer aportes como JUBILADO tributando un importe menor, que si no recuerdo mal, tiene que ver con el aporte adicional de PAMI, como el jubilado ya hace aportes desde su haber mensual, no está obligado a trabutar este concepto

  24. Graciela 20 diciembre, 2017 at 17:32 Responder

    Hola Buenas tardes, inicié los trámites de jubilación en octubre y soy monotributista A y quiero saber que documentación debo llevar a la AFIP además del formulario 460 f que creo que lo tengo que pedir ahi, para pasar a monotributo para jubilados.
    Tengo dudas si hace falta la liquidación del primer haber jubilatorio, y además que papel de ANSES hace falta??? Desde ya muchísimas gracias!!

  25. Diego Estevez 6 diciembre, 2017 at 10:15 Responder

    Hola. Inicie los trámites para jubilarme como autonomo el 1° de Diciembre del cte. año. Voy a continuar trabajando como autonomo. Tengo que seguir pagando el aporte que venia realizando hasta que me salga la jubilacion? O ya puedo pedir la recategorizacion en la AFIP?

  26. Analia 7 enero, 2017 at 18:34 Responder

    Buenas tardes.. quisiera saber si alguien me ayuda.. mi papá es jubilado y quiere hacer una moratorios sobre lo q debe en el monotributo y todavía no hizo el cambio que es jubilado como se puede hacer.. para cambiar a jubilado antes de hacer la moratoria??

  27. Analia 25 noviembre, 2016 at 14:41 Responder

    Hola!
    Ya estoy inscripta como autónoma hace un par de años y fui a la AFIP a cambiar los datos previsionales. Ya figuro como jubilada en Sistema Registral pero cuando voy a CCMA en el Histórico de categorías continúo teniendo la misma de antes. Tengo que recategorizarme para que me bajen el monto a aboanr con la categoría de jubilada?
    Gracias

  28. daniela 25 noviembre, 2016 at 14:09 Responder

    una consulta soy jubilado y soy presidente de una sociedad anonima, tengo que seguir pagando autonomos, y cuanto mas o menos deberia pagar

  29. CRISTINA 14 noviembre, 2016 at 07:14 Responder

    Hola, soy monotributista y fui exluida en abril/2016 por oficio, figuro autonomo, ganancias activo, IVA exento, categoria ingreso brutos menores a 15000.cuanto debo abonar ahora?, debere presentar declaracion jurada IVA?, agradesco su repuesta, gracias

  30. Soledad 13 noviembre, 2016 at 19:29 Responder

    Hola. Si una persona se jubiló en 05/2013 y recién ahora hace la presentación en AFIP del 460/F con los datos de ANSES, como hace luego en Sistema Registral – Empadronamiento Autónomos para cambiar a categoría JUBILADO con fecha 05/2013? Me deja hacerlo pero con fecha 10/2016 y no le desaparece la deuda en la Cuenta Cte. de autónomos (desde 05/2013 paga como Jubilada aunque no hizo trámite en AFIP)

  31. Oscar 28 septiembre, 2016 at 01:51 Responder

    Buenas tardes!
    Consulta, mi papá se jubilo a mediados de 2015. Hace un par de meses cambio de contador y le aparecen aportes autónomos impagos desde periodo 10/2013 a la fecha. Cabe aclarar que la persona que le tramito la jubilación lo jubilo como tratorista dado que como autónomo no reunía la cantidad suficiente de aportes. Como tratorista tampoco pero a la fecha le están descontando una moratoria. Que se puede hacer con la deuda que le aparece en AFIP? Si se presenta el 460F es retroactivo?
    Ojala puedan ayudarme.
    Muchas gracias.
    Oscar

    • Carla Lombardi 12 agosto, 2016 at 09:31 Responder

      Graciela,
      Disculpame, no hay que tildar, hay que presentar el F. 460 una vez que ya tiene la jubilacion otorgada en ANSES y el cambio lo hacen internamente en AFIP.
      Podes controlarlo entrando posteriormente por Sistema Registral, Empadronamiento/Categorizacion de Autonomos y vas a ver que arriba donde estan los datos del contribuyente dice “Jubilado Ley 24241: SI”.

      • david 21 septiembre, 2016 at 17:15 Responder

        Hola Carla: cada vez que entro acá veo tus aportes que son de mucha utilidad, así que gracias por ellos; yendo al tema, no te parece que AFIP tranquilamente podría actualizar ese dato sin molestar al contribuyente con la presentación de un 460 ya que es muy fácil para ellos obtenerlo, pueden averiguar si alguien tiene 2 centavos en alguna isla perdida y no cuando se jubiló en su país?? hay muchachos!!!.Usemos la tecnología. Chau

        • Carla Lombardi 22 septiembre, 2016 at 08:33 Responder

          David,
          Si coincido con vos que muchos tramites quedaron obsoletos ante los avances tecnologicos.
          Me alegra que la pagina te sea de utilidad.

          • Carlos 21 noviembre, 2016 at 13:30

            Cobre mi primera Jubilacion el 9 noviembre por el sistema nuevo PUAM de una ley de Macro de este año. Soy autónomo y director de empresa o sea que pago 4.620 mensuales La Anses por esta Jubilacion no entrega la Resolución Solo me entregó la liquidación haberes

            Ya fui a Afip y no me pueden recTegorizar ya que necesitan la Resolución y no tiene idea del PUAM

            No es pensión. Es Pensión Universal Adultos mayores
            Estoy casado y tengo esposa
            Saludos
            Carlos

  32. Matilde Heredia 27 julio, 2016 at 13:55 Responder

    Buenas tardes Contadores en red:
    de acuerdo a lo que uds dicen, una vez inscripto como jubilado en la AFIP, empadrono al contribuyente en la actividad en la que continúa trabajando? por ej, un contador lo empadrono como tal? Para ello la AFIP pide monto de ingresos: informo los ingresos según última ddjj de ganancias? en el ejemplo, del 2015?.
    Muchas gracias
    Saludos

    • Carla Lombardi 1 agosto, 2016 at 19:01 Responder

      Matilde,
      ¿Ya era contribuyente antes de ser jubilado? Fijate que para jubilados hay que marcar con un tilde la situacion del contribuyente.

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