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AFIP OBLIGA A MAS CONTRIBUYENTES A PAGAR SUS IMPUESTOS MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE FONDOS (VEP).

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Basándose en una norma del 2008 (RG  2463) que establece en su Art. 9 “Oportunamente esta Administración Federal establecerá el cronograma a través del cual el sistema “Cuentas Tributarias” resultará de uso obligatorio para dar cumplimiento a las obligaciones y ejercer los derechos tributarios…” AFIP comenzó a ampliar el universo de contribuyentes obligados al uso del sistema y al pago mediante transferencia electrónica de fondos (VEP).

Para ello esta enviando comunicaciones a los contribuyentes, en las cuales se les informa que en un plazo de 30 días corridos de recibida la misma deberán cumplir con sus nuevas obligaciones.

 

Los nuevos sujetos obligados deberán:
a) Utilizar todos los procedimientos y funcionalidades del sistema “Cuentas Tributarias”.
b) Cancelar sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social mediante transferencia electrónica de fondos, según RG 1778.

¿Qué prestador de servicios elegir para el pago por transferencia electrónica?

Existen 3 prestadores del servicio para abonar con VEP (Banelco, Interbanking y Red Link), en mi opinión la mas practica, dado el escaso tiempo para cumplir con esta obligación, es utilizar el servicio con el cual opera el banco donde el contribuyente tiene una cuenta abierta.

A continuación les dejo un listado en el que se puede consultar con que servicio opera cada banco.

Bancos que operan con VEP Vep transferencia electronica

VEP

15 comments

  1. CAROLINA 30 marzo, 2016 at 14:53 Responder

    QUE PASA CON LOS SALDOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD Y SALDOS TECNICOS DE IVA A PARTIR DE QUE QUEDAS OBLIGADO AL USO DEL CUENTAS TRIBUTARIAS, SE DEJAN DE TRANSLADAR DE UN MES A OTRO COMO DICE LA NORMATIVA O NO COMO DICE LA CONSULTA EN ABC CONSULTAS HASTA QUE SE ADAPTEN LOS SISTEMAS (DESDE 2008 QUE NO SE ADAPTAN)

    • Carla Lombardi 30 marzo, 2016 at 17:54 Responder

      Carolina,
      Excelente pregunta! Yo sigo trasladando los saldos en las DJ, ya que el sistema no esta “adaptado” todavía, pero para el tema de compensaciones hay que tener en cuenta que el sistema no arrastra los saldos.

    • MARCELA CLAUDIA BASIGALUPO 31 marzo, 2016 at 11:50 Responder

      Hola Carolina, para control vos podrás arrastrar los SLD en cada posicion mensual o anual (dependiendo del impuesto)pero si querés utilizarlo para compensación, tenés que entrar a la cuenta tributaria y fijarte en “estado de cumplimiento”, dónde está cada SLD, hacer clic sobre el ícono y a partir de allí compensar. Yo te digo “para control” porque en realidad creo que arrastrarlo sirve para que sepas el acumulado sin ponerte a sumar cada mes, por ejemplo en el caso del IVA, pero te reitero que en la cuenta tributaria se presenta por cada período… Espero que te sirva mi comentario, slds

  2. Noelia 30 marzo, 2016 at 10:12 Responder

    QUE PASA SI EL CONTRIBUYENTE SE NIEGA A PAGAR SUS OBLIGACIONES POR VEP?
    RECIBIÓ EL COMUNICADO LOS PRIMEROS DÍAS DE ENERO, PERO TODAVÍA NO REALIZO NINGÚN PAGO CON TRANF ELECTRÓNICA DE FONDOS. GRACIAS.

  3. Cristian 29 marzo, 2016 at 12:54 Responder

    En el fondo del cuadro marca que el banco comafi cobra en efectivo y ya eso no pasa, el unico banco que los acepta para cobrar en caja es el Superville y hay que optar por la cuarta opcion que da para los veps.
    Por experiencia propia los Superville de capital federal no los aceptan pero los de provincia si.
    Espero que le sea util a alguien

    • Reynaldo Molina 30 marzo, 2016 at 08:40 Responder

      Buen día Cristián.
      Tenés idea desde cuando el banco Comafi no está tomando pagos de VEP en efectivo? El último que mande a pagar fue a finales del 2015 y lo habían tomado sin problema. Con el que tuve problemas fue con el Superville, las últimas veces que mande a pagar ahí a mis clientes, les decían que para poder pagar con ese volante debían ser clientes del banco.
      Todo esto ocurrió en CABA?
      Desde ya muchas gracias.

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